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SBS modifica procedimiento administrativo para autorización de productos en régimen simplificado de debida diligencia

2511925-1 RESOLUCION · SUPERINTENDENCIA DE BANCA · El Peruano · 6 de mayo de 2026

Modifican el procedimiento administrativo N° 152 “Autorización para inclusión de productos bajo el régimen simplificado de debida diligencia en el conocimiento del cliente” del TUPA de la SBS

Resumen

Agrega formulario anexo y actualiza composición de unidades responsables en el procedimiento administrativo Nº 152 del TUPA. Rige desde el día siguiente de su publicación en El Peruano.

A quién impacta

Administrados que soliciten autorización bajo el procedimiento Nº 152 deben usar el formulario anexo actualizado conforme al TUPA vigente en www.sbs.gob.pe.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Lima, 4 de mayo de 2026
El Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
VISTO:
El Informe Nº 00005-2026-DPO, de fecha 29 de abril de 2026;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución SBS Nº 01581-2023 del 04 de mayo de 2023, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS);
Que, con Resolución SBS Nº 01103-2025 (y modificatorias) se aprobó la nueva estructura orgánica SBS, que realizó modificaciones en nombres de órganos y unidades de la Superintendencia, y en consecuencia se actualizaron algunos nombres de cargos;
Que, con la finalidad de facilitar el cumplimiento en la presentación de requisitos del procedimiento administrativo Nº 152 “Autorización para inclusión de productos bajo el régimen simplificado de debida diligencia en el conocimiento del cliente” del TUPA de la Superintendencia, se agrega un formulario anexo que servirá para la revisión de las solicitudes que presenten los administrados;
Que, para el referido procedimiento administrativo y con relación al sistema cooperativo se agrega a la Superintendencia Adjunta de Cooperativas en la sección de Unidad de organización responsable de aprobar la solicitud, junto con la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfinanzas, la Superintendencia Adjunta de Seguros y la Superintendencia Adjunta de Pensiones, retirándose a la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Modificar el procedimiento administrativo Nº 152 “Autorización para inclusión de productos bajo el régimen simplificado de debida diligencia en el conocimiento del cliente” del TUPA de la SBS, el mismo que se publica en el portal institucional (www.sbs.gob.pe).
Artículo Segundo.- La presente resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SERGIO JAVIER ESPINOSA CHIROQUE
Superintendente de Banca, Seguros y AFP
* El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.
2511925-1

debida diligenciaprocedimientos administrativossbs

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