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MVCS abre consulta pública sobre designación de directores en empresas de agua y saneamiento

CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO 2516171-1 · VIVIENDA · El Peruano · 17 de mayo de 2026

Disponen publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba las “Disposiciones para la elección, designación y conclusión del cargo de director, titular y suplente, de las Empresas Prestadoras de Servicios de Agua Potable y Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal”

Resumen

Publica proyecto de Resolución Ministerial que regulará procedimientos de elección, designación y conclusión del cargo de director en Empresas Prestadoras de Servicios de Agua Potable y Saneamiento de accionariado municipal. Rige desde su publicación en El Peruano.

A quién impacta

Ciudadanía e interesados: presentar comentarios, aportes u opiniones a través de la sede digital del MVCS dentro de quince días calendario desde el día siguiente de la publicación.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Lima, 15 de mayo de 2026
VISTOS:
Las Notas N°s. 231 y 274-2026-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento; los Informes N°s. 412 y 476-2026-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DS de la Dirección de Saneamiento; el Memorando N° 544-2026-VIVIENDA/SG-OGEI de la Oficina General de Estadística e Informática; el Informe N° 433-2026-VIVIENDA/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, los artículos 5 y 6 de la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establecen que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), tiene competencias, entre otras, en materia de saneamiento; y es el órgano rector de las políticas nacionales y sectoriales dentro del ámbito de su competencia, que son de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno en el marco del proceso de descentralización, y en todo el territorio nacional; asimismo, tiene entre sus competencias exclusivas, dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales;
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2025-VIVIENDA (en adelante, el TUO de la Ley de Servicio Universal), el MVCS es el Ente rector en materia de los servicios de agua potable y saneamiento, y como tal le corresponde planificar, diseñar, normar, ejecutar y hacer cumplir las políticas nacionales y sectoriales dentro de su ámbito de competencia, que son de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno, en el marco del proceso de descentralización, y en todo el territorio nacional;
Que, el numeral 54.2 del artículo 54 del TUO de la Ley de Servicio Universal establece que las empresas prestadoras de servicios de agua potable y saneamiento públicas de accionariado municipal (en adelante, EPM) se rigen por el régimen legal especial establecido por la mencionada Ley, su Reglamento y las normas sectoriales; por las normas que regulan los Sistemas Administrativos del Estado, en cuanto sean aplicables, y supletoriamente por las normas que rigen la actividad empresarial privada, principalmente por la Ley General de Sociedades y el Código Civil;
Que, el numeral 58.2 del artículo 58 del TUO de la Ley de Servicio Universal, establece que los directores de las EPM son elegidos y designados conforme a los requisitos, impedimentos, procedimientos, plazos y demás reglas establecidas en el Reglamento de la citada norma;
Que, mediante el numeral 57.2 del artículo 57 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2024-VIVIENDA (en adelante, el Reglamento de la Ley del Servicio Universal), se establece que el Ente Rector, mediante resolución ministerial, regula el alcance de los requisitos para ser director, la equivalencia de los cargos de nivel directivo y nivel gerencial, los documentos que contiene el expediente de los candidatos a director, así como las disposiciones complementarias que resulten necesarias;
Que, mediante la Resolución Ministerial N° 143-2025-VIVIENDA se aprueban las “Disposiciones y plazos para la elección, designación y conclusión de directores de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal”, que establecen las reglas aplicables para la elección, designación, conclusión y vacancia de directores de las EPM;
Que, el numeral 19.1 del artículo 19 del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2024-JUS, señala que sin perjuicio de la aplicación de los mecanismos de consulta pública previstos en el Reglamento que desarrolla el Marco Institucional que rige el Proceso de Mejora de la Calidad Regulatoria y establece los Lineamientos Generales para la aplicación del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante, aprobado por el Decreto Supremo N° 063-2021-PCM, o norma que lo sustituya, los proyectos de normas jurídicas de carácter general deben ser publicados en las sedes digitales de las entidades de la Administración Pública a cargo de su elaboración o en otro medio, asegurando su debida difusión y fácil acceso; asimismo, el plazo para la recepción de los comentarios, aportes u opiniones, no debe ser menor a quince (15) días calendario, contados desde el día siguiente de su publicación, salvo disposición normativa de rango superior que establezca lo contrario, conforme a lo señalado en el literal c) del párrafo 20.1 del artículo 20 del acotado Reglamento;
Que, a través de las Notas N° 231 y 274-2026-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS, sustentadas en los Informes N°s. 412 y 476-2026-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DS de la Dirección de Saneamiento, la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento propone la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba las “Disposiciones para la elección, designación y conclusión del cargo de director, titular y suplente, de las Empresas Prestadoras de Servicios de Agua Potable y Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal” y sus anexos, a efectos de recibir comentarios, aportes u opiniones de la ciudadanía en general;
Que, mediante el Informe N° 433-2026-VIVIENDA/SG-OGAJ, desde el punto vista legal, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable a la emisión de la presente Resolución Ministerial, que dispone la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba las “Disposiciones para la elección, designación y conclusión del cargo de director, titular y suplente, de las Empresas Prestadoras de Servicios de Agua Potable y Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal”, del texto de las citadas disposiciones y de sus anexos;
Que, en consecuencia, corresponde disponer la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba la “Disposiciones para la elección, designación y conclusión del cargo de director, titular y suplente, de las Empresas Prestadoras de Servicios de Agua Potable y Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal”, del texto de las citadas disposiciones y de sus anexos;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2025-VIVIENDA; el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2024-VIVIENDA; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA; y, el Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2024-JUS;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Publicación
Disponer la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba las “Disposiciones para la elección, designación y conclusión del cargo de director, titular y suplente, de las Empresas Prestadoras de Servicios de Agua Potable y Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal”, del texto de las citadas disposiciones y de sus anexos, en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano, a efectos de recibir los comentarios, aportes u opiniones de la ciudadanía, dentro del plazo de quince (15) días calendario, contados desde el día siguiente de su publicación.
Artículo 2.- Recepción, Sistematización y análisis de información
Encargar a la Dirección de Saneamiento de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento, la recepción, sistematización y análisis de los comentarios, aportes u opiniones que se presenten respecto del proyecto normativo señalado en el artículo precedente, a través de la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), en el siguiente enlace: “Proyecto de Disposiciones para la elección, designación y conclusión del cargo de director, titular y suplente, de las Empresas Prestadoras de Servicios de Agua Potable y Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
WILDER ALEJANDRO SIFUENTES QUILCATE
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
2516171-1

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