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Municipalidad de Santa Anita prorroga incentivos y vencimientos tributarios hasta setiembre 2026

DECRETO DE ALCALDÍA N° 00012-2026/MDSA · MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA · El Peruano · 25 de julio de 2026

Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 00383/MDSA que establece el Régimen de Incentivos por Pronto Pago 2026 y establece fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio fiscal 2026

Resumen

Prorroga hasta el 30 de setiembre de 2026 el Régimen de Incentivos por Pronto Pago 2026 y los vencimientos de cuotas de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales de enero a agosto. Rige desde su publicación en El Peruano.

A quién impacta

Contribuyentes de Santa Anita: verificar los nuevos vencimientos de cuotas 1.ª, 2.ª y 3.ª para acceder a incentivos hasta el 30 de setiembre de 2026.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Santa Anita, 21 de julio de 2026
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE SANTA ANITA
VISTO:
El Informe N° 0141-2026-SGRCRT-GSATDE/MDSA, de fecha 14 de julio 2026 de la Subgerencia de Registro, Control y Recaudación Tributaria; el Informe N° 066-2026-GSATDE/MDSA, de fecha 20 de julio de 2026 de la Gerencia de Administración Tributaria y Desarrollo Económico; el Informe N° 390-2026-OGAJ/MDSA, de fecha 21 de julio de 2026 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; el Memorando N° 1456-2026-GM/MDSA de fecha 21 de julio de 2026 de la Gerencia Municipal; y,
CONSIDERANDO:
Que, las Municipalidades son órganos de Gobierno Local, con personería jurídica de derecho público, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6) del artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, es atribución del Alcalde dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas; asimismo, el artículo 42° del mismo cuerpo normativo establece que los decretos de alcaldía son normas de carácter general y reglamentario, mediante los cuales se establecen disposiciones para la adecuada aplicación de las ordenanzas, la organización interna y la prestación de los servicios públicos locales;
Que, mediante Ordenanza N° 383/MDSA, se establece el Régimen de Incentivos por Pronto Pago y fechas de vencimientos 2026 de obligaciones tributarias, a fin de incentivar el pago voluntario y adelantado de las obligaciones tributarias del Impuesto Predial, Arbitrios Municipales y Derecho de Emisión 2026, estableciéndose en la Primera Disposición Complementaria Final facultar al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía prorrogue la vigencia y/o dicte las disposiciones reglamentarias y/o complementarias que sean necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza;
Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 00009-2026-ALC/MDSA, publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 30 de abril del 2026, se dispone en su artículo 1°, prorrogar la vigencia de la Ordenanza N° 383/MDSA, que establece el Régimen de Incentivos por Pronto Pago 2026, hasta el 31 de julio del 2026, y, en su artículo 2°, prorroga la vigencia de la citada Ordenanza en lo referente a las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales del ejercicio fiscal 2026, prorrogando el plazo de vencimiento de la primera y segunda cuota del pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales de las cuota correspondientes a los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo y junio hasta el 31 de julio del 2026;
Que, mediante Informe N° 066-2026-GSATDE/MDSA, la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria y Desarrollo Económico remite a la Gerencia Municipal, el Informe N° 0141-2026-SGRCRT-GSATDE/MDSA de la Subgerencia de Registro, Control y Recaudación Tributaria a fin que avalúe la viabilidad de la propuesta de prórroga de la Ordenanza N° 00383/MDSA, en el extremo de otorgar incentivos por pronto pago y fechas de vencimientos 2026, para incentivar el pago voluntario y adelantado de las obligaciones tributaria del Impuesto Predial, Arbitrios Municipales y Derechos de Emisión 2026, y el vencimiento de la 1ra y 2da cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales de los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto hasta el 30 de setiembre del 2026;
Que, mediante el Informe N° 390-2026-OGAJ/MDSA, la Oficina General de Asesoría Jurídica, emite opinión favorable para la aprobación de la prórroga del Régimen de Incentivos por Pronto Pago 2026 y fechas de vencimiento 2026 en el distrito de Santa Anita, hasta el 30 de setiembre de 2026, de acuerdo con lo sustentado en el Informe N° 0141-2026-SGRCRT-GSATDE/MDSA, emitido por la Subgerencia de Registro, Control y Recaudación Tributaria, sobre la Ordenanza N° 00383/MDSA, recomendando la emisión del correspondiente Decreto de Alcaldía, conforme a las atribuciones establecidas en el numeral 6) del artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, mediante el Memorando N° 1456-2026-GM/MDSA, la Gerencia Municipal, remite los actuados a la Oficina General de Secretaría para continuar con su trámite respectivo;
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 6) del artículo 20° y el artículo 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
SE DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza N° 00383/MDSA que establece el Régimen de Incentivos por Pronto Pago 2026 a fin de incentivar el pago voluntario y adelantado de las obligaciones tributarias del Impuesto Predial, Arbitrios Municipales y derechos de emisión 2026, hasta el 30 de setiembre de 2026.
Articulo Segundo.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza N° 00383/MDSA que establece las fechas de vencimiento 2026 para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio fiscal 2026, prorrogando el vencimiento de la primera, segunda y tercera cuota del pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales de la cuota del mes de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto hasta el 30 de setiembre del 2026.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria y Desarrollo Económico, a la Oficina General de Administración y Finanzas, a la Subgerencia de Registro, Control y Recaudación Tributaria y a la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicación y a las demás unidades orgánicas competentes el estricto y oportuno cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina General de Secretaría la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano, y a la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicación su publicación en el Portal Institucional (www.munisantanita.gob.pe).
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
RUTH ELSA CUNO CHURA
Alcaldesa
2537398-1

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