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Municipalidad de Carabayllo prorroga regularización de licencias hasta el 31 de diciembre de 2026

DECRETO DE ALCALDÍA N° 009-2026/MDC · MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO · El Peruano · 2 de julio de 2026

Prorrogan el plazo de vigencia de la Ordenanza N° 523-MDC, que aprueba el procedimiento de Regularización de Licencia de Edificación, Conformidad de Obra y Declaratoria de Edificación en el distrito de Carabayllo

Resumen

Prorroga la vigencia de la Ordenanza N° 523-MDC que regula regularización de licencias de edificación, conformidad de obra y declaratoria de edificación. La prórroga rige hasta el 31 de diciembre de 2026.

A quién impacta

Propietarios de edificaciones sin licencia: completar regularización ante Carabayllo antes del 31 de diciembre de 2026; después pierden acceso al procedimiento especial.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Carabayllo, 9 de junio de 2026
VISTO: El Informe N° 47-2026-SOP-GDUR/MDC de la Subgerencia de Obras Privadas, el Informe N° 039-2026-GDUR/MDC de la Gerencia de Desarrollo Urbano – Rural, Informe N° 210-2026-GAJ/MDC de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorándum N° 425-2026-GM/MDC de la Gerencia Municipal, referidos a la prórroga de la Ordenanza N° 523-MDC.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 30305, establece que, “Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (...)”, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo Il del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el cual señala que, “(...) La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico”.
Que, el numeral 6) del artículo 20 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece como atribuciones del alcalde: “Dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas”; asimismo, el artículo 42 del mismo cuerpo normativo, menciona que: “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal”.
Que, mediante la Ordenanza N° 523-MDC, publicada en el diario oficial” El Peruano” con fecha 22 de diciembre de 2025, se aprobó el procedimiento para la REGULARIZACIÓN DE LICENCIAS DE EDIFICACIÓN, CONFORMIDAD DE OBRA Y DECLARATORIA DE EDIFICACIÓN EN EL DISTRITO DE CARABAYLLO, dirigido a las edificaciones existentes que no cuentan con dichos documentos, con termino de vigencia hasta el 30 de junio de 2026.
Que, la Cuarta Disposición Final de la referida Ordenanza, faculta al Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones necesarias y complementarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza, así como para determinar y aprobar la prórroga de su vigencia.
Que, mediante Informe N° 47-2026-SOP-GDUR/MDC, la Subgerencia de Obras Privadas propone la prórroga de la vigencia de la Ordenanza N° 523/MDC, hasta el 31 de diciembre del 2026, precisando que la ampliación de su vigencia contribuirá a la formalización de edificaciones y al cumplimiento de las disposiciones municipales e ingresos para el área de recaudación; propuesta que es suscrita por la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural a través del Informe N° 039-2026-GDUR-MDC,emitiendo opinión favorable respecto a la viabilidad de la citada prorroga.
Que, mediante Informe N° 210-2026/MDC, la Gerencia de Asesoría Jurídica, emite opinión favorable para que se suscriba y emita el Decreto de Alcaldía que prórroga de la vigencia de la Ordenanza N° 523-MDC, hasta el 31 de diciembre del 2026.
Estando a lo expuesto, y en ejercicio de las facultades conferidas en el numeral 6) del articulo 20 y el artículo 42 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; así como la Cuarta Disposición Final de la Ordenanza N° 523-MDC.
DECRETА:
Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de diciembre de 2026, el plazo de vigencia de la Ordenanza N° 523-MDC, que aprueba el procedimiento de Regularización de Licencia de Edificación, Conformidad de Obra y Declaratoria de Edificación en el Distrito de Carabayllo.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y Gerencia de Desarrollo Urbano – Rural; a través de sus respectivas unidades orgánicas el cumplimiento de la presente norma.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación del presente Decreto en el diario oficial “El Peruano”; así como a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Estadística la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Carabayllo: (https://web.municarabayllo.gob.pe/normas-legales); y a la Subgerencia de Imagen Institucional su más amplia difusión a nivel distrital.
Regístrese, comuníquese, publiquese y cúmplase.
Pablo Mendoza Cueva
Alcalde
2530651-1

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