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Municipalidad de San Martín de Porres prorroga beneficios tributarios hasta julio 2026

DECRETO DE ALCALDÍA N° 07-2026/MDSMP · MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES · El Peruano · 28 de junio de 2026

Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 589/MDSMP, que aprueba beneficios tributarios para el periodo 2026 en el distrito de San Martín de Porres

Resumen

Extiende la vigencia de la Ordenanza N° 589/MDSMP hasta el 31 de julio de 2026, manteniendo los beneficios tributarios vigentes para el distrito. Aplica a contribuyentes con deudas tributarias.

A quién impacta

Contribuyentes morosos: continúan acogidos a beneficios de cumplimiento voluntario durante la prórroga; unidades municipales: mantener vigentes las condiciones establecidas en la ordenanza prorrogada.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

San Martín de Porres, 24 de junio de 2026
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES
VISTOS: El Informe N° 259-2026-SGRTYCD/GAT/MDSMP de fecha 11 de junio de 2026 emitido por la Subgerencia de Recaudación Tributaria y Control de la Deuda; el Informe N° 028-2026-GAT-MDSMP de fecha 22 de junio de 2026 de la Gerencia de Administración Tributaria; el Informe N° 269-2026-OGAJ/MDSMP de fecha 23 de junio de 2026 de la Oficina General de Asesoría Jurídica, Memorándum N° 686-2026-MDSMP/GM de fecha 24 de junio de 2026 de la Gerencia Municipal; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que se encuentra reconocida en la Constitución Política del Perú y que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente;
Que, el artículo 39° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, establece que, el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante Decretos de Alcaldía;
Que, mediante Ordenanza N° 589-MDSMP, se aprobaron beneficios tributarios a favor de los contribuyentes de la Municipalidad Distrital de San Martin de Porres que mantengan deudas tributarias en cualquier estado de cobranza;
Que, mediante Informe N° 259-2026-SGRTYCD/GAT/MDSMP, de fecha 11 de junio de 2026, la Subgerencia de Recaudación Tributaria y Control de la Deuda, remite a la Gerencia de Administración Tributaria, propone la ampliación de la vigencia de los beneficios tributarios establecidos en la Ordenanza N° 589/MDSMP hasta el 31 de julio del presente año, considerando la necesidad de continuar promoviendo el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias, reducir los índices de morosidad y fortalecer la recaudación municipal;
Que, a través del Informe N°028-2026-GAT-MDSMP de fecha 22 de junio de 2026, la Gerencia de Administración Tributaria hace suyo el Informe N° 259-2026-SGRTYCD/GAT/MDSMP de la Subgerencia de Recaudación Tributaria y Control de la Deuda;
Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica mediante Informe N° 269-2026-OGAJ/MDSMP de fecha 23 de junio de 2026, emite opinión legal favorable respecto a la aprobación del Decreto de Alcaldía que prorroga la vigencia de la Ordenanza N° 589/MDSMP, mediante la cual se establecen beneficios tributarios para el ejercicio fiscal 2026 en el distrito de San Martin de Porres; asimismo, señala que la prórroga debe extenderse hasta el 31 de julio de 2026;
Que, mediante Memorándum N° 686-2026-MDSMP-GM, de fecha 24 de junio de 2026, la Gerencia Municipal remite los actuados a la Secretaría General, a efectos que en el marco de sus competencias se emita el acto administrativo correspondiente para la aprobación de la prórroga de la Ordenanza N° 589/MDSMP, conforme a lo dispuesto en el artículo 42° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del artículo 20° y el artículo 42° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;
DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza N° 589/MDSMP hasta el 31 de julio de 2026, que aprueba beneficios tributarios para el periodo 2026 en el distrito de San Martín de Porres, manteniéndose vigentes las condiciones y beneficios establecidos en la citada norma.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria, Subgerencia de Recaudación Tributaria y Control de la Deuda y, a las demás unidades orgánicas competentes el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y a la Oficina de Desarrollo de Tecnología de la Información y Estadística, la publicación del presente Decreto en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de San Martin de Porres (www.gob.pe/munisanmartindeporres).
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
HERNAN TOMAS SIFUENTES BARCA
Alcalde
2529675-1

tributación municipalbeneficios tributariosgobierno local

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