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Municipalidad de Breña ordena izar bandera nacional en predios durante julio de 2026

Decretos de Alcaldía N° 004–2026–MDB · MUNICIPALIDAD DE BREÑA · El Peruano · 1 de julio de 2026

Disponen el embanderamiento general del distrito durante el mes de julio

Resumen

Obliga a propietarios y administradores de predios privados, públicos y comerciales del Distrito de Breña a izar la Bandera Nacional durante todo julio de 2026 como acto cívico por el 205° Aniversario de la Independencia. Rige desde su publicación en El Peruano (01 de julio de 2026).

A quién impacta

Propietarios y administradores de predios en Breña deben izar banderas en buen estado con astas propias durante julio de 2026; la norma no establece régimen sancionador explícito.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Breña, 23 de junio de 2026
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley N° 30305 – “Ley de Reforma Constitucional”, precisa que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y, dicha autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el artículo 42° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, señala que “los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal;
Que, el 28 de julio del presente año se celebra el 205° aniversario de la proclamación de la Independencia del Perú, acontecimiento importante que es propicio para remarcar nuestra identidad y conciencia cívica a través de la participación conjunta de los vecinos, instituciones públicas y privadas, clubes, iglesias y establecimientos comerciales e industriales del Distrito de Breña;
Que, es política de la actual gestión municipal reforzar y promover la conciencia cívica y el amor y respeto por los símbolos patrios, por lo que resulta necesario disponer el embanderamiento general en todo el Distrito de Breña, durante todo el mes de Julio de 2026;
Estando a lo expuesto y en ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 6) del Artículo 20° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades.
SE RESUELVE
Artículo Primero.- DISPONER el EMBANDERAMIENTO GENERAL de todos los predios privados, públicos y comerciales en el Distrito de Breña durante todo el mes de julio del presente año, como acto cívico al conmemorarse los 205° Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú.
Artículo Segundo.- PRECISAR que, de conformidad con el Decreto Ley N° 11323 del 31 de marzo de 1950, el uso de la Bandera Nacional es aquella forma rectangular con los colores nacionales, sin escudo de armas, encontrándose reservado el Pabellón Nacional, (con escudo Nacional al Centro), para el uso de los edificios del estado; asimismo, las banderas que sean izadas deben contar con sus respectivas astas y encontrarse en buen estado de conservación y limpieza.
Artículo Tercero.- RECOMENDAR la limpieza, arreglo de jardines, el resane y pintado de las fachadas de las viviendas, instituciones públicas y privadas, locales comerciales y demás predios del Distrito de Breña que lo requieran para su mejor presentación y ornato.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina de Transformación Digital y Tecnologías de la Información, la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el Portal Web del Estado Peruano www.gob.pe/munibrena.gob.pe.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
Luis Felipe De la Mata Martínez
Alcalde
Eduardo Enrique Villafranca Cifuentes
Jefe de la Oficina General de Secretaría
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