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Municipalidad de Carmen de La Legua - Reynoso ordena embanderamiento de predios durante julio de 2026

Decretos de Alcaldía N° 005-2026-MDCLR · MUNICIPALIDAD DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO · El Peruano · 9 de julio de 2026

Disponen el embanderamiento general de predios del distrito de Carmen de La Legua-Reynoso

Resumen

Dispone colocar banderas patrias en todos los predios privados, públicos y comerciales del distrito durante julio de 2026 como acto conmemorativo del 205º Aniversario de la Independencia. Rige desde el día siguiente de su publicación en El Peruano.

A quién impacta

Propietarios y responsables de predios privados, públicos y comerciales en Carmen de La Legua - Reynoso: exhibir banderas durante julio de 2026. Sin sanción explícita por incumplimiento.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Carmen de La Legua - Reynoso, 7 de julio del 2026
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL CARMEN DE LA LEGUA - REYNOSO
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo único de la Ley Nº 30305 (Ley de Reforma Constitucional) concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, las Municipalidades son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia.
Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que “los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal”.
Que, estando próximo a celebrarse el 205º Aniversario Patrio, siendo una fecha de suma importancia, constituye una oportunidad para fomentar entre los vecinos del distrito los sentimientos de identidad nacional y revalorización de principios cívicos y el respeto y amor a la patria.
Que, es deber del Gobierno Local incentivar la participación cívica de la población carmelina, resaltando los valores nacionales y promoviendo la veneración de los símbolos patrios.
Que, el 28 de julio del presente año se celebrará el 205º Aniversario de la proclamación de la Independencia del Perú, acontecimiento importante que es propicio para remarcar nuestra identidad y conciencia cívica a través de la participación conjunta de los vecinos, instituciones públicas y privadas, clubes, iglesias y establecimientos comerciales e industriales del Distrito Carmen de La Legua - Reynoso.
Que, es política de la actual gestión municipal reforzar y promover la conciencia cívica, el amor y respeto por los símbolos patrios, por lo que resulta necesario disponer el embanderamiento general en todo el Distrito Carmen de La Legua - Reynoso, durante todo el mes de julio del 2026.
Que, el numeral 6 del artículo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades señala que, son atribuciones del Alcalde: Dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas.
Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas en el artículo 20º y artículo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y sus modificatorias.
SE DECRETA:
Artículo Primero.- DISPONER EL EMBANDERAMIENTO GENERAL, de todos los predios privados, públicos y comerciales en el distrito Carmen de La Legua - Reynoso durante todo el mes de julio del presente año, como acto cívico al conmemorarse los 205º Aniversario de Proclamación de la Independencia del Perú.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Oficina de Imagen Institucional, Gerencia de Desarrollo Humano y demás áreas que correspondan, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial “El Peruano”, entrando en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.
Artículo Cuarto.- DISPONER a la Unidad de Tecnología de la Información la publicación y difusión del presente Decreto en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital Carmen de La Legua - Reynoso.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
Edwards Javier Infante López
Alcalde
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