Municipalidad de San Juan de Lurigancho aprueba Protocolo de Actuación para atención de canes

Decretos de Alcaldía N° 008-2026-MDSJL · MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO · El Peruano · 12 de junio de 2026

Aprueban el “Protocolo de Actuación Municipal para la atención de casos relacionados a canes en el distrito de San Juan de Lurigancho”

Resumen

Aprueba el Protocolo de Actuación Municipal que estandariza procedimientos para casos de canes en abandono, agresión, maltrato o riesgo a la salud pública. Rige desde el día siguiente de su publicación en El Peruano.

A quién impacta

Gerencia de Desarrollo Humano y unidades intervinientes: ejecutar el Protocolo conforme a los lineamientos y procedimientos establecidos en el Anexo del Decreto.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

San Juan de Lurigancho, 4 de junio de 2026
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO
VISTOS: el Informe N° D000465-2026-MDSJL/GDH-SSS de la Subgerencia de Servicios Sociales, el Informe Legal N° D000162-2026-MDSJL/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica y el Proveído N° D001615-2026-MDSJL/GM de la Gerencia Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 27596, Ley que regula el régimen jurídico de canes, establece el régimen jurídico que regula la crianza, adiestramiento, comercialización, tenencia y transferencia de canes, especialmente aquellos considerados potencialmente peligrosos, dentro del territorio nacional, con la finalidad de salvaguardar la integridad, salud y tranquilidad de las personas;
Que, la Ordenanza N° 497-MDSJL, Ordenanza que regula el régimen de tenencia, protección, bienestar de animales mayores, menores y/o domésticos en el distrito de San Juan de Lurigancho, tiene como objeto regular el régimen de protección, bienestar, tenencia de animales menores y/o domésticos y animales mayores en el distrito de San Juan de Lurigancho, con la finalidad de salvaguardar la seguridad, salud y tranquilidad de los seres humanos, estableciendo los requisitos exigibles para lograr el bienestar y calidad de vida de los animales que convivan en armonía con los seres humanos, teniendo en cuenta la preservación del ornato y limpieza, así como fomentar la educación, respeto y cuidado hacia los animales;
Que, los artículos 20.6 y 42 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, disponen que es atribución del Alcalde dictar Decretos y Resoluciones de Alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas, y que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal, respectivamente;
Que, en el sistema de fuentes de la Ley Orgánica de Municipalidades los Decretos de Alcaldía constituyen manifestación de la potestad reglamentaria de la Alcaldía en su calidad de órgano ejecutivo del gobierno local; en tal sentido, el Alcalde puede ejercer tal potestad a efectos de desarrollar o concretizar una Ordenanza;
Que, resulta pertinente aprobar un instrumento técnico-administrativo que establezca lineamientos y procedimientos para la atención de casos relacionados con canes en situación de riesgo, abandono, agresión, presunto maltrato o afectación a la salud pública y seguridad ciudadana, delimitando las competencias de las unidades orgánicas intervinientes;
Que, a través del Informe N° D000465-2026-MDSJL/GDH-SSS, la Subgerencia de Servicios Sociales eleva a la Gerencia Municipal el Proyecto de “Protocolo de Actuación Municipal para la atención de casos relacionados a canes en el distrito de San Juan de Lurigancho”;
Que, por medio del Informe Legal N° D000162-2026-MDSJL/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable respecto del Proyecto de “Protocolo de Actuación Municipal para la atención de casos relacionados a canes en el distrito de San Juan de Lurigancho”;
Estando a lo expuesto, contando con los vistos de la Gerencia Municipal, la Oficina General de Asesoría Jurídica, la Gerencia de Desarrollo Humano y la Subgerencia de Servicios Sociales, en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
DECRETA:
Artículo 1.- APROBAR el “PROTOCOLO DE ACTUACIÓN MUNICIPAL PARA LA ATENCIÓN DE CASOS RELACIONADOS A CANES EN EL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO”, el mismo que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía.
Artículo 2.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Humano el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía.
Artículo 3.- ENCARGAR a la Oficina General de Secretaría General y la Oficina de Gobierno Digital e Innovación la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la entidad con su respectivo Anexo, respectivamente.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
JESÚS MALDONADO AMAO
Alcalde
EDGAR MOISÉS MENDOZA VELARDE
Jefe de la Oficina General de Secretaría General
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seguridad públicagobierno localbienestar animal

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