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Municipalidad de Pachacámac amplía plazo de inscripción en Presupuesto Participativo 2027

Decretos de Alcaldía N° 017-2026-MDP/A · MUNICIPALIDAD DE PACHACAMAC · El Peruano · 20 de mayo de 2026

Aprueban la reprogramación del Cronograma de Actividades del Proceso del Presupuesto Participativo 2027 Basado en Resultados del distrito de Pachacámac

Resumen

Reprograma el cronograma de actividades del Presupuesto Participativo 2027 Basado en Resultados, extendiendo el plazo para que agentes participantes se inscriban. Rige desde su publicación en El Peruano.

A quién impacta

Organizaciones sociales del distrito: inscribirse en el proceso participativo antes de la fecha ampliada que consta en el anexo del decreto.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Pachacámac, 18 de mayo del 2026
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACÁMAC
VISTOS: El Informe N° 000110-2026-MDP/GDHYPV, de fecha 15 de mayo de 2026, emitido por la Gerencia de Desarrollo Humano y Participación Vecinal; el Informe N° 000139-2026-MDP/OGPPM, de fecha 15 de mayo de 2026, emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° 000124-2026-MDP/OGAJ, de fecha 18 de mayo de 2026, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica; el Memorando N° 000576-2026-MDP/GM, de fecha 18 de mayo de 2026, cursado por la Gerencia Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que, estando a lo establecido en el artículo 194 de la Constitución Política del Perú modificado por la Ley N° 30305, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; lo que se encuentra en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias, que señala que la autonomía de la Constitución Política del Perú otorga a las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, de conformidad con el artículo 53 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdicción; asimismo, la Ley N° 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, y el Instructivo N° 001-2010-EF/76.01, aprobado por Resolución Directoral N° 007-2010-EF/76.01, establecen disposiciones aplicables al Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados; marco bajo el cual se aprobó la Ordenanza Municipal N° 388-2026-MDP/C, que reglamenta el Proceso del Presupuesto Participativo 2027 Basado en Resultados del distrito de Pachacámac, cuyo artículo 2 faculta al alcalde para que, mediante decreto de alcaldía, emita las disposiciones complementarias que sean necesarias para su adecuado cumplimiento;
Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 162-2026-MDP/A, se conformó el Equipo Técnico Municipal encargado del desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo 2027 Basado en Resultados del distrito de Pachacámac;
Que, mediante Informe N° 000110-2026-MDP/GDHYPV, la Gerencia de Desarrollo Humano y Participación Vecinal sustenta la necesidad de ampliar el plazo de inscripción de agentes participantes en el Proceso del Presupuesto Participativo 2027 Basado en Resultados del distrito de Pachacámac, ya que durante el desarrollo de las acciones de convocatoria y sensibilización, se ha evidenciado un creciente interés de diversas organizaciones sociales por participar en el presente proceso participativo; asimismo, precisa que dicha ampliación permitirá fortalecer las acciones de sensibilización, promoción y difusión del proceso participativo, favoreciendo una mayor participación ciudadana;
Que, mediante Acta de Reunión del Equipo Técnico Municipal, de fecha 15 de mayo de 2026, se acordó aprobar la reprogramación del cronograma de actividades para la ampliación del plazo de inscripción en el Proceso del Presupuesto Participativo 2027 Basado en Resultados del distrito de Pachacámac, recomendando su aprobación mediante decreto de alcaldía;
Que, mediante Informe N° 000139-2026-MDP/OGPPM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, estando a lo informado por la Gerencia de Desarrollo Humano y Participación Vecinal mediante Informe N° 000110-2026-MDP/GDHYPV y contando con la aprobación unánime del Equipo Técnico Municipal del Proceso del Presupuesto Participativo 2027, de fecha 15 de mayo de 2026, emite opinión técnica favorable al proyecto de Decreto de Alcaldía que aprueba la reprogramación del cronograma de actividades para la ampliación del plazo de inscripción en el Proceso del Presupuesto Participativo 2027 Basado en Resultados del distrito de Pachacámac;
Que, mediante Informe N° 000124-2026-MDP/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable, señalando que resulta jurídicamente viable aprobar, mediante decreto de alcaldía, la reprogramación del cronograma de actividades para la ampliación del plazo de inscripción en el Proceso del Presupuesto Participativo 2027 Basado en Resultados del distrito de Pachacámac, al encontrarse sustentada en el marco legal vigente y orientada a garantizar los principios de participación ciudadana, transparencia y eficacia administrativa;
En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6 del artículo 20 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
DECRETA:
Artículo 1.- APROBAR la reprogramación del Cronograma de Actividades del Proceso del Presupuesto Participativo 2027 Basado en Resultados del distrito de Pachacámac, para la ampliación del plazo de inscripción de agentes participantes, conforme al Anexo que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía.
Artículo 2.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Humano y Participación Vecinal y a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, en el marco de sus competencias, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía.
Artículo 3.- PUBLICAR el presente decreto en el diario oficial El Peruano y el decreto y su anexo en la sede digital de la Municipalidad Distrital de Pachacámac (www.munipachacamac.gob.pe)
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
ENRIQUE V. CABRERA SULCA
Alcalde
2517101_1

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