Ministerio de Relaciones Exteriores ratifica tratado sobre propiedad intelectual y recursos genéticos

DECRETO SUPREMO N° 027-2026-RE · RELACIONES EXTERIORES · El Peruano · 21 de junio de 2026

Decreto Supremo que ratifica el Tratado sobre Propiedad Intelectual, los Recursos Genéticos y los Conocimientos Tradicionales Asociados

Resumen

Ratifica internamente el Tratado sobre Propiedad Intelectual, los Recursos Genéticos y los Conocimientos Tradicionales Asociados adoptado en Ginebra el 24 de mayo de 2024. Rige desde su publicación en El Peruano.

A quién impacta

República del Perú: iniciar procedimientos internos para aceptar futuras modificaciones al tratado conforme a sus procedimientos constitucionales, sin plazo específico determinado.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el “Tratado sobre Propiedad Intelectual, los Recursos Genéticos y los Conocimientos Tradicionales Asociados” fue adoptado en Ginebra, Confederación Suiza, el 24 de mayo de 2024 y aprobado por el Congreso de la República con Resolución Legislativa N.º 32591 del 12 de mayo de 2026;
Que, en virtud del numeral 41.2 del artículo 41 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1565, Decreto Legislativo que aprueba la Ley General de Mejora de la Calidad Regulatoria, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2025-PCM, el presente Decreto Supremo se encuentra excluido del alcance del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante (AIR Ex Ante) por la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria (CMCR) de la Presidencia del Consejo de Ministros;
Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratificación interna del citado tratado;
Estando al Informe (DGT-EPT) Nº 11-2025, del Ministerio de Relaciones Exteriores, y de conformidad con lo dispuesto por los artículos 56 y 118, inciso 11, de la Constitución Política del Perú y por el primer párrafo del artículo 2 de la Ley Nº 26647;
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto
Se ratifica el “Tratado sobre Propiedad Intelectual, los Recursos Genéticos y los Conocimientos Tradicionales Asociados” adoptado en Ginebra, Confederación Suiza, el 24 de mayo de 2024, con la siguiente declaración:
“La República del Perú formula la siguiente declaración:
En relación con lo establecido en el párrafo 4 del artículo 15 del ‘Tratado sobre Propiedad Intelectual, los Recursos Genéticos y los Conocimientos Tradicionales Asociados’, de 24 de mayo de 2024, respecto de la entrada en vigor de las modificaciones al Tratado adoptadas por la Asamblea, la República del Perú declara que iniciará prontamente sus procedimientos internos respectivos a fin de aceptar las modificaciones referidas antes de que estas entren en vigor”.
Artículo 2.- Publicación
El Ministerio de Relaciones Exteriores proceda a publicar en el Diario Oficial “El Peruano”, de conformidad con los artículos 4 y 6 de la Ley Nº 26647, el texto íntegro de la Convención y la fecha de su entrada en vigor.
Artículo 3.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de junio del año dos mil veintiséis.
JOSÉ MARÍA BALCÁZAR ZELADA
Presidente de la República
CARLOS JOSÉ PAREJA RÍOS
Ministro de Relaciones Exteriores
2527954-2

propiedad intelectualrecursos genéticosconocimientos tradicionalesrelaciones exteriores

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