relevantegobierno

PCM transfiere acervo y personal a SEDENA en sesenta días hábiles

DECRETO SUPREMO N° 103-2026-PCM · PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS · El Peruano · 9 de julio de 2026

Decreto Supremo que aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Secretaría de Seguridad y Defensa Nacional - SEDENA

Resumen

Aprueba la estructura orgánica y funciones de la Secretaría de Seguridad y Defensa Nacional. La PCM debe transferir documentación y personal en plazo no mayor a sesenta días hábiles desde la publicación en El Peruano.

A quién impacta

SEDENA: emitir disposiciones complementarias mediante Resolución de su Titular. PCM: conformar Comisión de Transferencia dentro de cinco días hábiles y concluir transferencia dentro de sesenta días hábiles.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, establece que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; con el objeto de alcanzar un Estado, entre otros, al servicio de la ciudadanía y transparente en su gestión;
Que, según lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, los Organismos Públicos son entidades desconcentradas del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de Derecho Público, con competencias de alcance nacional y están adscritos a un Ministerio; asimismo, señala que los Reglamentos de Organización y Funciones respectivos se aprueban por decreto supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Que, mediante el artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1684, Decreto Legislativo que crea la Secretaría de Seguridad y Defensa Nacional – SEDENA, se crea dicha entidad como organismo público ejecutor adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con personería jurídica de derecho público y autonomía administrativa, técnica, funcional y financiera; constituyendo un pliego presupuestal;
Que, el artículo 43 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados con Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, establece que el Reglamento de Organización y Funciones es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la entidad; contiene las competencias y funciones generales de la entidad; las funciones específicas de sus unidades de organización, así como sus relaciones de dependencia; asimismo, el numeral 45.1 del artículo 45 de la citada norma señala que el Reglamento de Organización y Funciones de las entidades del Poder Ejecutivo se aprueba por Decreto Supremo y se estructura de acuerdo a lo dispuesto en la sección primera del artículo 44;
Que, el literal d) del numeral 46.1 del artículo 46 de los referidos Lineamientos de Organización del Estado, prescribe que se requiere la aprobación o modificación de un Reglamento de Organización y Funciones, según corresponda, entre otros supuestos, por creación o fusión de una entidad con personería jurídica;
Que, en virtud a lo señalado en el literal e) del numeral 41.1 del artículo 41 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1565, Decreto Legislativo que aprueba la Ley General de Mejora de la Calidad Regulatoria, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2025-PCM, no corresponde que se realice el Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante por la materia que comprende el presente Decreto Supremo, consistente en la aprobación de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Secretaría de Seguridad y Defensa Nacional – SEDENA;
Que, bajo dicho marco normativo, resulta necesario aprobar la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Secretaría de Seguridad y Defensa Nacional - SEDENA;
Con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros;
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; y, los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM; y,
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
DECRETA:
Artículo 1.- Aprobación de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Secretaría de Seguridad y Defensa Nacional
Se aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Secretaría de Seguridad y Defensa Nacional – SEDENA, la cual consta de tres (3) títulos, veintisiete (27) artículos y dos (2) anexos que contienen la estructura orgánica y el organigrama de la SEDENA, la que forma parte integrante del presente Decreto Supremo.
Artículo 2.- Financiamiento
La implementación de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo se financia con cargo al presupuesto institucional de la Secretaría de Seguridad y Defensa Nacional – SEDENA, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
Artículo 3.- Publicación
El presente Decreto Supremo y la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Secretaría de Seguridad y Defensa Nacional – SEDENA, aprobada mediante el artículo 1, son publicados en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de la publicación del presente Decreto Supremo en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 4.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros.
Primera.- Implementación del Reglamento de Organización y Funciones
Se faculta a la Secretaría de Seguridad y Defensa Nacional para que, mediante Resolución de su Titular, emita las disposiciones necesarias para la adecuada implementación de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la SEDENA, aprobado en el artículo 1 del presente Decreto Supremo.
Segunda.- Transferencia de la PCM a la SEDENA
2.1 En un plazo no mayor a sesenta (60) días hábiles, contado desde el día siguiente de publicado el presente Decreto Supremo en el Diario Oficial El Peruano, se transfiere el acervo documentario y personal de la Presidencia del Consejo de Ministros a su cargo para la implementación de la Secretaría de Seguridad y Defensa Nacional – SEDENA, al referido Organismo Público, conforme a la normatividad vigente.
2.2 En un plazo de cinco (5) días hábiles, contado desde el día siguiente de publicado el presente Decreto Supremo en el Diario Oficial El Peruano, se conforma, mediante Resolución Ministerial de la Presidencia del Consejo de Ministros, la Comisión para la transferencia regulada en el numeral precedente.
2.3 La Resolución Ministerial que conforma la Comisión de Transferencia determina sus funciones, integrantes, plazo de instalación, mecanismos de designación y otros aspectos constitutivos necesarios para su funcionamiento.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de julio del año dos mil veintiséis.
JOSÉ MARÍA BALCÁZAR ZELADA
Presidente de la República
LUIS ENRIQUE ARROYO SÁNCHEZ
Presidente del Consejo de Ministros
2533178-2

sedenaseguridaddefensa nacional

Normas relacionadas

informativogobiernoEl Peruano

Designan Jefe de la Oficina de Seguridad y Defensa Nacional

RESOLUCIÓN JEFATURAL D000018-2026-RENIEC/JNAC

Designación del Jefe de la Oficina de Seguridad y Defensa Nacional del RENIEC. Movimiento administrativo de personal en institución de registro.

relevanteconstrucciónEl Peruano

MVCS abre consulta pública sobre modificación de Norma Técnica A.130 de seguridad en edificaciones

CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO 2535457-1 · VIVIENDA

Publica el proyecto de modificación de la Norma Técnica A.130 del Reglamento Nacional de Edificaciones para recibir comentarios de la ciudadanía durante treinta días hábiles desde el día siguiente de su publicación en El Peruano.

relevantesaludEl Peruano

MINSA aprueba Hoja de Ruta de establecimientos de salud seguros ante emergencias al 2030

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 605-2026/MINSA · SALUD

Se aprueba documento técnico para reducir vulnerabilidad y aumentar resiliencia de establecimientos de salud del MINSA ante emergencias y desastres. Rige desde su publicación en El Peruano el 8 de julio de 2026.

relevantegobiernoEl Peruano

Municipalidad de Carabayllo crea Comisión Distrital Multisectorial contra la Trata de Personas

ORDENANZA N° 533-MDC · MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO

Crea órgano permanente de coordinación interinstitucional integrado por 23 numerales de entidades públicas, privadas y sociedad civil para desarrollar políticas y estrategias locales contra trata de personas y tráfico ilícito de migrantes. Rige al día siguiente de su publicación.

urgentegobiernoEl Peruano

Policía Nacional mantiene control del orden interno en 19 distritos de Ayacucho, Cusco y Junín por 60 días

DECRETO SUPREMO N° 098-2026-PCM · PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS

Prórroga el Estado de Emergencia en diecinueve distritos de tres provincias hasta el 4 de septiembre de 2026. La PNP, con apoyo de Fuerzas Armadas, continúa enfrentando tráfico de drogas y violencia conforme a protocolos de uso de la fuerza.