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Poder Ejecutivo y gobiernos locales coordinan ejecución del proyecto Cachi II

LEY N° 32632 · CONGRESO DE LA REPÚBLICA · El Peruano · 6 de junio de 2026

Ley que declara de interés nacional la ejecución del proyecto de irrigación Cachi II en el departamento de Ayacucho

Resumen

Declara de interés nacional la irrigación Cachi II en Ayacucho para ampliar frontera agrícola y abastecer agua potable a Huamanga. Rige desde su publicación en El Peruano (6 de junio de 2026).

A quién impacta

Ministerios y gobiernos regionales/municipales: coordinar ejecución según competencias en el marco de la programación multianual de inversiones, sin plazo específico.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

LEY Nº 32632
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL
LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO DE
IRRIGACIÓN CACHI II EN EL
DEPARTAMENTO DE AYACUCHO
Artículo único. Declaración de interés nacional
Se declara de interés nacional la ejecución del proyecto de irrigación Cachi II en el departamento de Ayacucho, a fin de ampliar la frontera agrícola en las provincias de Huamanga, Huanta, Vilcashuamán y Cangallo; así como de afianzar los recursos hídricos para el abastecimiento de agua potable de la ciudad de Huamanga. Para tal efecto, el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, el Ministerio de Economía y Finanzas, y el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, junto con el Gobierno Regional de Ayacucho y las municipalidades del ámbito de influencia del referido proyecto de irrigación, realiza las coordinaciones necesarias, de acuerdo con sus competencias y atribuciones, en el marco de la programación multianual de inversiones (PMI).
Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los veintiséis días del mes de mayo de dos mil veintiséis.
FERNANDO MIGUEL ROSPIGLIOSI CAPURRO
Presidente encargado del Congreso de la República
WALDEMAR JOSÉ CERRÓN ROJAS
Segundo Vicepresidente del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de junio del año dos mil veintiséis.
JOSÉ MARÍA BALCÁZAR ZELADA
Presidente de la República
ALDO MARTÍN PRIETO BARRERA
Ministro de Transportes y Comunicaciones
Encargado del Despacho de la
Presidencia del Consejo de Ministros
2522998-5

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