Ministerio de Cultura inicia saneamiento físico legal del sitio arqueológico Huayrayna

RESOLUCION DIRECTORAL N° 000012-2026-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC · CULTURA · El Peruano · 26 de abril de 2026

Disponen el inicio del procedimiento de saneamiento físico legal del bien inmueble prehispánico denominado “Huayrayna”, ubicado en el distrito de Amarilis, provincia y departamento de Huánuco

Resumen

Dispone el procedimiento de primera inscripción de dominio a favor del Estado del bien inmueble prehispánico Huayrayna, ubicado en Amarilis, Huánuco. Rige desde el 27 de abril de 2026.

A quién impacta

Terceros interesados u opositores: formular oposición fundamentada dentro de treinta días calendario desde el día siguiente de la publicación en El Peruano.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

San Borja, 21 de abril del 2026
Vistos, el Informe N° 000050-2026-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú establece que los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares y otros bienes que constituyen Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad pública o privada, están protegidos por el Estado;
Que, conforme a la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, es de interés social y de necesidad pública la identificación, registro, delimitación, protección, conservación y puesta en valor de los bienes integrantes del patrimonio cultural, siendo el Ministerio de Cultura la autoridad competente para su gestión y protección;
Que, de acuerdo con la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, corresponde a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal identificar, registrar, delimitar y ejecutar acciones de saneamiento físico legal de los bienes inmuebles prehispánicos integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación;
Que, mediante Resolución Directoral Nacional N° 441/INC de fecha 23 de mayo de 2002, se declaró como Patrimonio Cultural de la Nación al sitio arqueológico “Huayrayna”, ubicado en el distrito de Amarilis, provincia y departamento de Huánuco;
Que, mediante Resolución Directoral N° 00090-2019-DGPA-VMPCIC/MC y Resolución Directoral N° 000220-2024-DGPA-VMPCIC/MC, se determinó la protección provisional del citado bien inmueble prehispánico;
Que, mediante Informe N° D000042-2019-DSFL-JRG/MC, se sustentó técnicamente la delimitación del bien inmueble prehispánico “Huayrayna”, conforme al plano perimétrico N° PP-036-MC_DGPA-DSFL-2019 WGS84, con un área de 22 937.74 m² (2.2937 ha) y perímetro de 718.38 m;
Que, mediante Informe N° 000034-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-MYM/MC, se elaboró el diagnóstico técnico legal del citado bien, determinándose que el ámbito del mismo se encuentra en condición de predio sin antecedente registral;
Que, dicha situación ha sido corroborada por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales mediante Oficio N° 10594-2025/SBN-DGPE-SDAPE, en el cual se señala que el predio se ubica en un ámbito sin antecedentes registrales y sin procedimientos de primera inscripción en trámite;
Que, asimismo, mediante Informe N° 00061-2026-MIDAGRI-DVPSDA/DIGESPACR-JIOP, el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego ha proporcionado información técnica sin advertirse interferencias que impidan el saneamiento físico legal del bien;
Que, de acuerdo con el Informe N° 000013-2023-DCP-MLQ/MC, la Dirección de Consulta Previa concluye que no se ha identificado la presencia de pueblos indígenas u originarios en el ámbito del bien, por lo que no corresponde la aplicación del derecho a la consulta previa;
Que, el Decreto Legislativo N° 1661 regula el saneamiento físico legal automático de bienes inmuebles prehispánicos integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, estableciendo que el Ministerio de Cultura, a través de su órgano competente, se encuentra facultado para ejecutar las acciones necesarias para su formalización registral a favor del Estado;
Que, en ese contexto, y conforme al Informe N° 000050-2026-DSFL-DGPA-VMPCIC-MVE/MC, se ha concluido que el bien inmueble prehispánico “Huayrayna” se encuentra debidamente declarado, cuenta con expediente técnico y no presenta antecedentes registrales, configurándose el supuesto normativo para la ejecución del saneamiento físico legal mediante la primera inscripción de dominio a favor del Estado, representado por el Ministerio de Cultura;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley N° 29565, el Decreto Legislativo N° 1661 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 003-2025-MC, así como el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- DISPONER el inicio del procedimiento de saneamiento físico legal del bien inmueble prehispánico denominado “Huayrayna”, ubicado en el distrito de Amarilis, provincia y departamento de Huánuco, en el marco de lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1661.
Artículo Segundo.- ESTABLECER que el saneamiento físico legal del bien inmueble prehispánico señalado en el artículo precedente se realizará mediante el acto de primera inscripción de dominio a favor del Estado, representado por el Ministerio de Cultura, conforme a la normativa vigente.
Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el portal Web institucional del Ministerio de Cultura.
Artículo Cuarto.- OTORGAR el plazo de treinta (30) días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución, a efectos de que los interesados puedan formular oposición debidamente sustentada respecto del procedimiento de saneamiento físico legal iniciado.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
GILBERTO MARTIN CORDOVA HERRERA
Director de la Dirección de Catastro
y Saneamiento Físico Legal
2509710-1

patrimonio culturalsaneamiento legalbienes inmuebles prehispánicos

Normas relacionadas

relevanteregistro públicoEl Peruano

Ministerio de Cultura inicia saneamiento físico legal de Paredones de Nasca – Sector 1

RESOLUCIÓN DIRECTORAL 000032-2026-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC

Inscribe carga cultural sobre predios privados e independiza predios estatales a favor del Ministerio de Cultura en la zona arqueológica. Rige desde su publicación en El Peruano; propietarios privados tienen 30 días para oponerse.

relevanteculturaEl Peruano

Ministerio de Cultura declara patrimonio cultural inmaterial la Fiesta del agua y culto al Apu Komayle

RESOLUCIÓN VICE MINISTERIAL 000231-2026-VMPCIC/MC

Reconoce como Patrimonio Cultural de la Nación la manifestación cultural del distrito de Ticaco, Tacna, con prohibición expresa de prácticas de maltrato animal. Rige desde su publicación el 21 de agosto de 2026.

informativogobiernoEl Peruano

Declaran Patrimonio Cultural de la Nación al Carnaval de Candarave vigente en el ámbito del distrito y provincia de Candarave, departamento de Tacna

RESOLUCIÓN VICE MINISTERIAL 000225-2026-VMPCIC/MC

Declara el Carnaval de Candarave (Tacna) como Patrimonio Cultural de la Nación.

informativogobiernoEl Peruano

Ministerio de Cultura declara Patrimonio Cultural de la Nación las Memorias de Presidentes de la Corte Suprema 1888-1895

RESOLUCIÓN VICE MINISTERIAL 000226-2026-VMPCIC/MC

Incorpora al catálogo nacional de Patrimonio Cultural un conjunto documental de la Corte Suprema custodiado por el Centro de Investigaciones Judiciales del Poder Judicial. Rige desde su publicación en El Peruano del 19 de agosto de 2026.

informativogobiernoEl Peruano

Designan Asesora II del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales

RESOLUCIÓN MINISTERIAL 000281-2026-MC

Designación de Asesora II en el Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural. Es un cambio en la estructura administrativa del sector cultura.