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Ministerio de Cultura inicia declaratoria de Jagüey Negro como Patrimonio Cultural de la Nación

RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 000019-2026-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC · CULTURA · El Peruano · 31 de mayo de 2026

Inician procedimiento de declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación y aprueban expediente técnico de delimitación de bien inmueble prehispánico “Jagüey Negro”, ubicado en el distrito de Motupe, provincia y departamento de Lambayeque

Resumen

Aprueba el expediente técnico de delimitación del bien inmueble prehispánico Jagüey Negro (29.918,43 m²) ubicado en Motupe, Lambayeque, e inicia formalmente su procedimiento de declaratoria. Rige desde la publicación en El Peruano.

A quién impacta

Administrados interesados: presentar alegaciones, documentación u observaciones dentro de diez días hábiles contados desde el día siguiente de la publicación en El Peruano.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

San Borja, 27 de mayo del 2026
Vistos, el Informe N° 000019-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-MDR/MC; el Informe de Diagnóstico Técnico Legal N° 000035-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-MYM/MC; el Informe N° 000063-2026-DSFL-DGPA-VMPCIC-MVE/MC; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú establece que los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográficos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública, encontrándose protegidos por el Estado;
Que, los artículos IV y VII del Título Preliminar de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, establecen que es de interés social y necesidad pública la identificación, registro, delimitación, declaración, protección, conservación y puesta en valor de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, siendo el Ministerio de Cultura la autoridad encargada de su registro, declaración y protección;
Que, mediante Ley N° 29565 se creó el Ministerio de Cultura, estableciéndose como competencia exclusiva de este sector la realización de acciones de declaración, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación;
Que, conforme al literal a) del artículo 14 de la Ley N° 29565 y el numeral 9.1 del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2013-MC, corresponde al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales formular, coordinar, ejecutar y supervisar las políticas relacionadas con el fomento y difusión del patrimonio cultural;
Que, asimismo, de conformidad con el artículo 62 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal es la unidad orgánica encargada de elaborar y mantener actualizado el catastro de bienes inmuebles prehispánicos, así como de ejecutar las acciones técnico-legales necesarias para su registro, declaración, delimitación, saneamiento físico legal y protección;
Que, mediante Informe N° 000019-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-MDR/MC, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal informó sobre los resultados del registro y delimitación del bien inmueble prehispánico “Jagüey Negro”, ubicado en el distrito de Motupe, provincia y departamento de Lambayeque, recomendándose la aprobación del expediente de declaratoria y delimitación que comprende la Ficha Catastral, la Memoria Descriptiva, y el Plano Perimétrico N° PP-023-MC_DGPA-DSFL-2025 WGS84, con un área de 29 918.43 m² (2.9918 ha) y un perímetro de 708.79 m;
Que, mediante Informe de Diagnóstico Técnico Legal N° 000035-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-MYM/MC, se identificó que el ámbito del referido bien inmueble prehispánico se superpone con la Partida Electrónica N° 02291685 del Registro de Predios de la Oficina Registral Chiclayo, inscrita a favor de la Comunidad Campesina San Julián de Motupe;
Que, mediante Carta N° 000124-2026-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, se intentó notificar a la Comunidad Campesina San Julián de Motupe el inicio del procedimiento administrativo de declaratoria y delimitación del bien inmueble prehispánico “Jagüey Negro”; sin embargo, conforme consta en el cargo de devolución N° 4429-1-1, dicha notificación no pudo diligenciarse válidamente debido a que el domicilio consignado no se ubica, dejándose constancia de que la comunidad no registra domicilio conocido;
Que, en atención a la imposibilidad de efectuar válidamente la notificación personal a la Comunidad Campesina San Julián de Motupe, corresponde disponer la publicación de la presente Resolución Directoral, conforme a lo establecido en el numeral 20.1.3 del artículo 20 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que prevé la notificación mediante publicación en el Diario Oficial El Peruano, así como la publicación adicional del acto en el portal institucional de la entidad;
Que, asimismo, conforme a lo señalado en el Informe N° 900035-2018-DCP/DGPI/VMI/MC y Memorando N° 900035-2018-DCP/DGPI/VMI/MC, emitidos por la Dirección de Consulta Previa, la provincia de Lambayeque corresponde a una zona clasificada como Tipo 1, respecto de la cual no corresponde la realización de proceso de consulta previa;
De conformidad con la Constitución Política del Perú; la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2013-MC;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- INICIAR el procedimiento de declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación y aprobación del expediente técnico de delimitación del bien inmueble prehispánico “Jagüey Negro”, ubicado en el distrito de Motupe, provincia y departamento de Lambayeque, conforme al expediente de declaratoria y delimitación que comprende la Ficha Catastral, la Memoria Descriptiva, y el Plano Perimétrico N° PP-023-MC_DGPA-DSFL-2025 WGS84, con un área de 29 918.43 m² (2.9918 ha) y un perímetro de 708.79 m.
Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Oficial El Peruano y en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), conjuntamente con el expediente de declaratoria y delimitación del bien inmueble prehispánico “Jagüey Negro”, la cual surtirá efectos de notificación a la Comunidad Campesina San Julián de Motupe, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Artículo Tercero.- OTORGAR a los administrados interesados el plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente de publicada la presente Resolución Directoral, para la presentación de alegaciones, documentación u observaciones que consideren pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS DIEGO MILLA SIMON
Director de la Dirección de Catastro
y Saneamiento Físico Legal
2520652-1

patrimonio culturalarqueologíabienes inmuebles prehispánicos

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