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MINEM otorga concesión eléctrica rural a acciona.org Perú en Cajamarca

RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0083-2026-MINEM-DGE · ENERGÍA Y MINAS · El Peruano · 10 de julio de 2026

Otorgan a favor de acciona.org Perú la concesión eléctrica rural para desarrollar el proyecto Sistema Eléctrico Rural Fotovoltaico Cajamarca (SERF Cajamarca), ubicado en diversos distritos del departamento de Cajamarca

Resumen

Autoriza a acciona.org Perú operar un sistema fotovoltaico descentralizado en 18 distritos cajamarquinos para abastecer 592 viviendas. Rige desde su publicación en El Peruano conforme al Contrato de Concesión N° 201-2026.

A quién impacta

acciona.org Perú debe desarrollar la dotación de energía mediante generación autónoma con fuentes no convencionales en el ámbito geográfico delimitado; el Director General de Electricidad suscribe la minuta y Escritura Pública dentro de cinco días hábiles de notificación.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Lima, 9 de junio de 2026
VISTOS: El Expediente N° 65426525, sobre la solicitud de otorgamiento de concesión eléctrica rural (CER) para desarrollar la actividad de dotación de energía eléctrica mediante generación autónoma con fuentes no convencionales en el “Sistema Eléctrico Rural Fotovoltaico Cajamarca (SERF Cajamarca)”, ubicados en los distritos de Asunción, Cajamarca, Cospán, Jesús, La Encañada, Los Baños del Inca, Magdalena, Namora, San Juan, Oxamarca, Sucre, Gregorio Pita, Catilluc, Llapa, San Silvestre de Cochan, San Bernardino, San Pablo y Tumbaden, provincias de Cajamarca, Celendín, San Miguel, San Marcos y San Pablo, departamento de Cajamarca (en adelante, PROYECTO), presentada por la empresa acciona.org Perú (en adelante, acciona.org) y el Informe N° 170-2026-MINEM/DGE-DCE elaborado por la Dirección de Concesiones Eléctricas de la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas;
CONSIDERANDO:
Que, mediante carta Acciona.org-250407-0002 con Registro N° 3966094 (MPD), de fecha 08 de abril de 2025, acciona.org solicita la concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de dotación de energía eléctrica mediante generación autónoma con fuentes no convencionales en el PROYECTO, lo que permitirá el acceso al servicio básico de electricidad a 592 viviendas, distribuidas en 42 localidades, cuyas coordenadas UTM WGS84 figuran en el Expediente;
Que, acciona.org mediante Registro N° 3966094 (MPD) adjunta el Informe N° 00416-2024-MINAM/VMGA/DGPIGA/DGEIA, emitido por la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental, del Ministerio del Ambiente, en cuyas conclusiones señala que, por no encontrarse el proyecto, sujeto al SEIA, y por encontrarse en curso, el titular no requiere gestionar un instrumento de adecuación o corrección; respecto al otorgamiento de Calificación como Sistema Eléctrico Rural (SER), asimismo, acciona.org ha presentado las Resoluciones Directorales N° 300-2015-MEM/DGE, de fecha 24 de noviembre de 2015, N° 014-2020-MINEM/DGE, de fecha 03 de febrero de 2020, N° 017-2020-MINEM/DGE, de fecha 12 de febrero de 2020, N° 081-2020-MINEM/DGE, de fecha 02 de setiembre de 2020, N° 086-2020-MEM/DGE, de fecha 2 de setiembre de 2020, y N° 145-2020-MINEM/DGE, de fecha 11 de diciembre de 2020, conforme al Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2020-EM;
Que, según el Informe de Vistos, la Dirección de Concesiones Eléctricas, en el marco de sus competencias, ha verificado que acciona.org ha cumplido con los requisitos establecidos en el artículo 20 de la Ley N° 28749, Ley General de Electrificación Rural, y los artículos 48 al 52 de su Reglamento, por lo que ha emitido el Informe N° 170-2026-MINEM/DGE-DCE, y recomienda otorgar la concesión eléctrica rural a favor de acciona.org Perú para desarrollar la actividad de dotación de energía eléctrica mediante generación autónoma con fuentes no convencionales, en el PROYECTO;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28749, Ley General de Electrificación Rural, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2020-EM, y su modificatoria aprobada mediante Decreto Supremo N° 003-2026-EM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Otorgar a favor de acciona.org Perú la concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de dotación de energía eléctrica mediante generación autónoma con fuentes no convencionales en el proyecto: “Sistema Eléctrico Rural Fotovoltaico Cajamarca (SERF Cajamarca)”, ubicado en los distritos de Asunción, Cajamarca, Cospán, Jesús, La Encañada, Los Baños del Inca, Magdalena, Namora, San Juan, Oxamarca, Sucre, Gregorio Pita, Catilluc, Llapa, San Silvestre de Cochan, San Bernardino, San Pablo y Tumbaden, provincias de Cajamarca, Celendín, San Miguel, San Marcos y San Pablo, departamento de Cajamarca, lo que permitirá el acceso al servicio básico de electricidad a 592 viviendas distribuidas en 42 localidades, en los términos y condiciones de la presente Resolución Directoral y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución.
Artículo 2.- La concesión otorgada comprende las coordenadas UTM WGS84, zona 17, donde se ubican referencialmente los sistemas fotovoltaicos domiciliarios o usuarios, obrantes en el Expediente.
Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión Eléctrica Rural N° 201-2026 a suscribirse con acciona.org Perú, el que consta de 18 Cláusulas y 03 Anexos.
Artículo 4.- Suscribir como Director General de Electricidad, en representación del Estado, la Minuta que contiene el Contrato de Concesión Eléctrica Rural N° 201-2026, aprobado en el artículo que antecede, así como la Escritura Pública correspondiente o cualquier minuta aclaratoria que se requiera, según lo dispuesto en el artículo 53 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM, en aplicación de la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento de Ley General de Electrificación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2020-EM.
Artículo 5.- Insertar el texto de la presente Resolución Directoral en la Escritura Pública que origine el Contrato de Concesión Eléctrica Rural N° 201-2026, aprobado en el artículo 3 de la presente Resolución, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM en aplicación de la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento de Ley General de Electrificación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2020-EM.
Artículo 6.- Notificar la presente Resolución Directoral a acciona.org Perú dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a su expedición, la cual deberá ser publicada para su vigencia en el diario oficial El Peruano por una sola vez, conforme al artículo 52 del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2020-EM, y su modificatoria aprobada mediante Decreto Supremo N° 003-2026-EM.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ADRIAN ZAPATA SERNAQUÉ
Director General
Dirección General de Electricidad
2530676-1

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