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Dirección General de Aeronáutica Civil aprueba RAP 91 Tercera Edición, Enmienda 1

RESOLUCION DIRECTORAL N° 0216-2026-MTC/12 · TRANSPORTES Y COMUNICACIONES · El Peruano · 10 de mayo de 2026

Aprueban texto de la Regulación Aeronáutica del Perú – RAP 91 “Reglas de Vuelo y Operación General” Parte I: Aeronaves y Parte II: Aviones Grandes y Turborreactores, Tercera Edición, Enmienda 1

Resumen

Reemplaza regulación técnica de operación y vuelo de aeronaves, incorporando estándares ICAO. Aplica a operadores, pilotos y empresas de aviación civil; rige desde su publicación en plataforma estatal.

A quién impacta

Operadores aéreos, fabricantes y pilotos: deberán informarse sobre las nuevas disposiciones técnicas en navegación, equipamiento y procedimientos operacionales conforme a su entrada en vigor tras la publicación en la plataforma estatal.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Lima, 27 de abril del 2026
VISTO: El Informe N° 0241-2026-MTC/12.08 de la Dirección de Regulación, Promoción y Desarrollo Aeronáutico;
CONSIDERANDO:
Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones es la encargada de ejercer la Autoridad Aeronáutica Civil del Perú, siendo competente para aprobar, modificar y dejar sin efecto, entre otras, las Regulaciones Aeronáuticas del Perú (RAP) y las directivas técnicas, conforme lo señala el literal c) del artículo 9 de la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú;
Que, el artículo 2 del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC, señala que los aspectos de orden técnico y operativo que regulan las actividades aeronáuticas civiles se rigen entre otros, por las normas técnicas complementarias;
Que, el numeral 19.1 del artículo 19 del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado con Decreto Supremo N° 009-2024-JUS, dispone que los proyectos de normas jurídicas de carácter general deben ser publicados en las sedes digitales de las entidades de la Administración Pública a cargo de su elaboración o en otro medio, asegurando su debida difusión y fácil acceso;
Que, el artículo 7° del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil señala que la Dirección General de Aeronáutica Civil pone en conocimiento público los proyectos sujetos a aprobación o modificación de las RAP con una antelación de quince (15) días calendario;
Que, el literal a) del numeral 11.005 de la Regulación Aeronáutica del Perú - RAP 11 “Reglas Generales de Elaboración de la Reglamentación”, aprobada por Resolución Directoral N° 512-2024-MTC/12, señala que todo proyecto de reglamentación de la Dirección General de Aeronáutica Civil debe ser sujeto a un periodo de difusión para ser sometida a la opinión pública, periodo que tratándose de las RAP corresponde a quince (15) días calendarios;
Que, mediante Resolución Directoral N° 0780-2022-MTC/12, del 02 de diciembre de 2022, se aprobó el texto de modificación de la RAP 91 “Reglas de Vuelo y Operación General” Parte I y Parte II Tercera Edición (TE);
Que, dentro del proceso de elaboración normativa, mediante Resolución Directoral N° 0077-2026-MTC/12, del 06 de febrero de 2026, se aprobó la difusión del texto del proyecto de modificación de la RAP 91 “Reglas de Vuelo y Operación General” Parte I y Parte II Tercera Edición, que pasará a ser RAP 91 “Reglas de Vuelo y Operación General” Parte I: Aeronaves y Parte II: Aviones Grandes y Turborreactores, Tercera Edición, Enmienda 1; el cual no ha recibido comentarios;
Que, la modificación planteada tiene base, principalmente, en las Enmiendas 40, 41 y 42 de la Parte II y las Enmiendas 24, 25 y 26 de la Parte III, del Anexo 6 al Convenio sobre Aviación Civil Internacional; las Enmiendas 109 y 110, del Anexo 8; las Enmiendas 47 y 48 del Anexo 2 al citado convenio y la Enmienda 2 al Anexo 19 del mismo instrumento internacional;
Que, la propuesta normativa cuenta con las opiniones favorables de la Dirección de Regulación, Promoción y Desarrollo Aeronáutico, la Dirección de Seguridad Aeronáutica y la Dirección de Certificaciones y Autorizaciones, así como la conformidad para su aprobación de la asesoría legal de esta Dirección General, emitidas mediante Informe N° 0241-2026-MTC/12.08, Memorando N° 0725-2026-MTC/12.04, Memorando N° 0278-2026-MTC/12.07 y Memorando N° 0410-2026-MTC/12.00.03, respectivamente;
De conformidad con la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; y, la Regulación Aeronáutica del Perú - RAP 11 “Reglas Generales de Elaboración de la Reglamentación”, aprobada por Resolución Directoral N° 512-2024-MTC/12;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el texto de la Regulación Aeronáutica del Perú - RAP 91 “Reglas de Vuelo y Operación General” Parte I: Aeronaves y Parte II: Aviones Grandes y Turborreactores, Tercera Edición, Enmienda 1, el cual forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Directoral N° 0780-2022-MTC/12, del 02 de diciembre de 2022.
Artículo 3.- El texto de la Regulación Aeronáutica del Perú - RAP 91 “Reglas de Vuelo y Operación General” Parte I: Aeronaves y Parte II: Aviones Grandes y Turborreactores, Tercera Edición, Enmienda 1, es publicado en la Plataforma digital única del Estado peruano (https://www.gob.pe/institucion/mtc/colecciones/193).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PAOLA MARIELLA MARIN UGARTE
Directora General de la Dirección
General de Aeronáutica Civil
2513802-1

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