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MTC deroga norma técnica de helipuertos para aeronaves menores a 5,700 kg

RESOLUCION DIRECTORAL N° 0238-2026-MTC/12 · TRANSPORTES Y COMUNICACIONES · El Peruano · 16 de mayo de 2026

Derogan la Resolución Directoral N° 566-2017-MTC/12 y dejan sin efecto la Norma Técnica Complementaria (NTC) 002-2017 “Helipuertos para operación de helicópteros menores a 5,700 kg.”

Resumen

Deroga la Resolución Directoral N° 566-2017-MTC/12 que aprobaba la NTC 002-2017 sobre helipuertos. Los operadores se regirán por el Apéndice 11 de la RAP 139; rige desde el día siguiente de su publicación en El Peruano.

A quién impacta

Operadores de helipuertos: informarse sobre los nuevos estándares técnicos del Apéndice 11 de la RAP 139 aplicables desde la vigencia de esta resolución.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Lima, 6 de mayo del 2026
VISTO: El informe N° 0286-2026-MTC/12.08 de la Dirección de Regulación, Promoción y Desarrollo Aeronáutico;
CONSIDERANDO:
Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones es la encargada de ejercer la Autoridad Aeronáutica Civil del Perú, siendo competente para aprobar, modificar y dejar sin efecto, entre otros, las directivas técnicas, conforme lo señala el literal c) del artículo 9 de la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú;
Que, el artículo 2 del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC, señala que los aspectos de orden técnico y operativo que regulan las actividades aeronáuticas civiles se rigen, entre otras, por las Normas Técnicas Complementarias;
Que, al amparo de dichas competencias, mediante la Resolución Directoral N° 566-2017-MTC/12, del 14 de setiembre de 2017, fue aprobado el texto de Norma Técnica Complementaria (NTC) 002-2017 “Helipuertos para operación de helicópteros menores a 5,700 kg.”;
Que, mediante el memorando N° 0846-2026-MTC/12.04, del 23 de abril de 2026, la Dirección de Seguridad Aeronáutica, con base en el Informe N° 0262-2026-MTC/12.04.01 de la Coordinación Técnica de Aeródromos, manifiesta, entre otros, que la NTC 002-2017 presenta deficiencias en las exigencias técnicas que pueden afectar significativamente la seguridad operacional en los helipuertos donde operen helicópteros menores a 5,700 kg. y que los requisitos relativos a la autorización de funcionamiento de helipuertos se encuentran establecidos en el Apéndice 11 de la Regulación Aeronáutica del Perú (RAP) 139 “Certificación de Aeródromos”; aprobada mediante Resolución Directoral N° 649-2018-MTC/12, del 01 de agosto de 2018;
Que, de acuerdo al artículo 110 del Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01, la Dirección de Regulación, Promoción y Desarrollo Aeronáutico es la unidad orgánica dependiente de la Dirección General de Aeronáutica Civil encargada de la formulación de normas, reglamentos y demás disposiciones relacionadas con las actividades de aeronáutica civil e infraestructura aeroportuaria;
Que, dentro de sus funciones están las de formular y proponer las normas de carácter técnico, legal y administrativas para el desarrollo de las actividades de aeronáutica civil; así como proponer su actualización, modificación o derogación;
Que, con base en lo manifestado por la Dirección de Seguridad Aeronáutica mediante el memorando N° 0846-2026-MTC/12.04, la Dirección de Regulación, Promoción y Desarrollo Aeronáutico, luego del análisis correspondiente, ha solicitado efectuar el trámite para dejar sin efecto la NTC 002-2017 “Helipuertos para operación de helicópteros menores a 5,700 kg.”;
De conformidad con la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; y estando a lo opinado por las áreas competentes;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Derogar la Resolución Directoral N° 566-2017-MTC/12, del 14 de setiembre de 2017 y, en consecuencia, dejar sin efecto la Norma Técnica Complementaria (NTC) 002-2017 “Helipuertos para operación de helicópteros menores a 5,700 kg.”, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese
PAOLA MARIELLA MARÍN UGARTE
Directora General de la Dirección General
de Aeronáutica Civil
Ministerio de Transportes y Comunicaciones
2515814-1

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