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Municipalidad de Mi Perú aprueba licencia sin goce de haber del Alcalde

Acuerdo de Concejo N° 040-2026-MDMP · MUNICIPALIDAD DE MI PERÚ · El Peruano · 10 de junio de 2026

Aprueban licencia sin goce de haber de alcalde de la Municipalidad Distrital de Mi Perú para ser candidato en las Elecciones Regionales y Municipales 2026

Resumen

Aprueba licencia sin remuneración al Alcalde desde el 5 de junio al 4 de octubre de 2026 para ejercer derecho a ser candidato en elecciones. El Teniente Alcalde asume el Despacho durante ese período conforme a ley.

A quién impacta

Teniente Alcalde encargado del Despacho de Alcaldía entre el 5 de junio y 4 de octubre de 2026; administración municipal continúa bajo su responsabilidad.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Mi Perú, 1 de junio de 2026
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE MI PERÚ
VISTO:
En Sesión Ordinaria de la fecha, el Memorando N° 798-2026-GM/MDMP de la Gerencia Municipal y la carta S/N signada con el Numero de Expediente 05467-2026, presentada por el señor alcalde Irvin T. Chávez León
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú modificada por la Ley de Reforma Constitucional N° 27680, señala que las Municipalidades como órgano de gobierno local tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando dicha autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico.
Que, el numeral 27 del artículo 9° de la Ley N° 27972 establece que corresponde al Concejo Municipal, aprobar las licencias solicitadas por el alcalde o los regidores, no pudiendo concederse licencias simultáneamente a un número mayor del 40% (cuarenta por ciento) de los regidores.
Que, mediante Carta s/n presentada por el Titular de la Entidad, mediante la cual solicita al Concejo Municipal se le conceda licencia sin goce de haber desde el 05 de junio al 4 de octubre de 2026, para participar en las elecciones regionales y municipales 2026, convocadas para el 04 de octubre del 2026.
Que, conforme el literal b) del numeral 4 del artículo 14 de la Ley de Elecciones Regionales, no pueden ser candidatos en las elecciones de gobiernos regionales, salvo que soliciten licencia sin goce de haber ciento veinte (120) días antes de la fecha de elecciones, los alcaldes que deseen postular al cargo de vicepresidente o consejero regional
Siendo que, conforme la Resolución N° 00746- 2025-JNE, en estos casos, las licencias sin goce de haber deben hacerse efectivas ciento veinte (120) días calendario antes de la elección; en relación a ello, se advierte que la fecha que corresponde a los ciento (120) días de anticipación a las elecciones es el sábado 6 de junio de 2026.
En ese sentido, por ser participe en estas próximas elecciones regionales y municipales 2026, corresponde se otorgue al Alcalde de Mi Perú, la licencia respectiva; y, se disponga la correspondiente encargatura del Despacho de Alcaldía, conforme a la sucesión establecida en el artículo 24° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 35 del artículo 9° y el artículo 41° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y sus modificatorias, con el voto de regidores que conforman el Concejo: Ángel Rolando Merino Miranda, Keiko Clara Campo Motta, Karla Gianina Montalván García, Ederson Julián Herrera Najarro, Karen Elizabeth Silva Yupanqui de Arroyo y José Luis Hurtado Duran y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta:
ACUERDA:
Artículo Primero.- APROBAR la Licencia sin goce de haber solicitada por el señor IRVIN TEODORICO CHAVEZ LEON, Alcalde de la Municipalidad de Mi Perú, desde el 5 de junio al 4 de octubre del 2026, para poder ejercer su derecho a ser candidato en las próximas elecciones regionales y municipales 2026, de conformidad con la Resolución N 00746-2025-JNE del Jurado Nacional de Elecciones y demás normativa aplicable.
Artículo Segundo.- ENCARGAR el Despacho de Alcaldía, al Teniente Alcalde ANGEL ROLANDO MERINO MIRANDA, conforme a lo establecido en el artículo 24° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, por el período comprendido entre del 05 de junio al 04 de octubre del 2026.
Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Oficina General de Asuntos Jurídicos la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano y la notificación quien corresponda y a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto la publicación, de la misma, en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Mi Perú (www.munimiperu.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
IRVIN T. CHÁVEZ LEÓN
Alcalde
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