Gobierno Regional Huánuco adecúa la Comisión Ambiental Regional al reglamento de 2024

ORDENANZA N° 056-2026-GRH-CR · GOBIERNO REGIONAL DE HUANUCO · El Peruano · 14 de mayo de 2026

Ordenanza Regional que aprueba la adecuación de la Comisión Ambiental Regional – CAR HUÁNUCO al Decreto Supremo N° 014-2024-MINAM que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental

Resumen

Deroga la Ordenanza Regional N° 093-2018-GRHCO e implementa la adecuación de la CAR Huánuco conforme al Decreto Supremo N° 014-2024-MINAM. Rige a partir del día siguiente de su publicación en El Peruano.

A quién impacta

Gerencia Regional de Recursos Naturales debe informar al Consejo Regional sobre las acciones de implementación ejecutadas; la Oficina de Atención al Ciudadano debe publicar la Ordenanza en el portal regional.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL HUÁNUCO
POR CUANTO:
El Consejo Regional de Huánuco, en Sesión Ordinaria, celebrada en la provincia de Huánuco, el día 10 de abril del 2026;
VISTO:
El Dictamen N° 00002-2026-GRH/CR-CORNGMAyDC, de fecha 31 de marzo del 2026, de la COMISIÓN ORDINARIA DE RECURSOS NATURALES, GESTIÓN DEL MEDIO AMBIENTE Y DEFENSA CIVIL DEL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL HUÁNUCO, Y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú y sus modificatorias, Ley de Reforma Constitucional N° 27680 y Ley N° 28607, establece que: “Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”; dispositivo que es concordante con el artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias;
Que, el artículo 8° de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, expresa que: “La Autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia, determinando en ese sentido, que los gobiernos regionales gozan de autonomía administrativa para aprobar su organización interna, determinar y reglamentar los servicios públicos de su responsabilidad”;
Que, el artículo 13° de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, preceptúa que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas; el inciso a) del artículo 15°, indica que son atribuciones del Consejo Regional: “Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”;
Que, los artículos II y IV del Título Preliminar del Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 012-2019-GRH-CR, modificado por Ordenanza Regional N° 022-2020-GRH-CR, disponen que, “El Consejo Regional, es el órgano representativo del departamento de Huánuco, encargado de realizar las funciones normativas, fiscalizadoras y de control político y constituye el máximo órgano deliberativo”; y “La función normativa del Consejo Regional, se ejerce mediante la aprobación, derogación, modificación e interpretación de normas de carácter regional, que regulan o reglamentan los asuntos y materias de competencia del Gobierno Regional”;
Que, el literal b) del artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, señala que el Ministerio del Ambiente tiene la función de dirigir el Sistema Nacional de Gestión Ambiental; en concordancia con lo establecido en el artículo 15 de la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente, el cual establece que, el Sistema Nacional de Gestión Ambiental integra los sistemas de gestión pública en materia ambiental, tales como los sistemas sectoriales, regionales y locales de gestión ambiental, así como otros sistemas específicos relacionados con la aplicación de instrumentos de gestión ambiental;
Que, la Ley N° 28245, aprueba la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, con el objeto de asegurar el más eficaz cumplimiento de los objetivos ambientales de las entidades públicas; fortalecer los mecanismos de transectorialidad en la gestión ambiental, el rol que le corresponde al Consejo Nacional del Ambiente - CONAM, y a las entidades sectoriales, regionales y locales en el ejercicio de sus atribuciones ambientales a fin de garantizar que cumplan con sus funciones y de asegurar que se evite en el ejercicio de ellas superposiciones, omisiones, duplicidad, vacíos o conflictos;
Que, el Decreto Supremo N° 014-2024-MINAM, aprueba el Reglamento de la Ley N° 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, con la finalidad de lograr el adecuado funcionamiento del SNGA y la coherencia de las intervenciones de las entidades que conforman dicho sistema en la implementación de la política nacional del Ambiente, sin afectar sus autonomías, contribuyendo a la protección del ambiente y la conservación y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales. con aplicación a todas las entidades públicas del gobierno nacional, regional y local, que ejercen competencias, atribuciones y funciones ambientales y sobre los recursos naturales;
Que, con Ordenanza Regional N° 093-2018-GRHCO, promulgado con fecha 10 de septiembre de 2018, se aprobó la actualización de la conformación y funciones de la Comisión Ambiental Regional - CAR Huánuco, como instancia de coordinación y articulación de la gestión ambiental regional;
Que, con Acta N° 003-2025-CAR-GOREHCO, de fecha 05 de septiembre de 2025, los miembros integrantes de la Comisión Ambiental Regional - CAR Huánuco aprobaron la adecuación de la Comisión Ambiental Regional - CAR Huánuco al Decreto Supremo N° 014-2024- MINAM, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental;
Que, con Informe N° 594-2025-GRH-GRPPAT/SGMTD, la Sub Gerencia de Modernización y Transformación Digital remite el Informe Técnico N° 0017-2025-GRH-GRPPAT/SGMTD-GACB, en atención al Informe N° 1651-2025-GRH-GRRNGA/SGGA, de la Sub Gerencia de Gestión Ambiental e Informe Técnico N° 104-2025-GRH-GRRNGA/SGGA-EEDM, emitiendo opinión técnica para la aprobación de la normativa que aprueba la adecuación de la CAR - HUANUCO;
Que, con Informe N° 001242-2025-GRH-GRRNGA/SGGA de fecha 12 de setiembre del 2025, la Subgerencia de Gestión Ambiental, solicita a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental del Gobierno Regional Huánuco, que a través de una Ordenanza Regional se apruebe la Implementación del Sistema Regional de Gestión Ambiental (SRGA);
Que, con Informe Legal N° 004-2025-GRH/GRAJ-JRD de fecha 11 de diciembre del 2025, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional Huánuco, OPINA por su APROBACIÓN, de la ADECUACION de la Comisión Ambiental Regional - CAR HUANUCO al Decreto Supremo N° 014- 2024-MINAM, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, en atención a la normatividad y sustento técnico expuesto precedentemente;
Que, de igual modo, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, al amparo de lo dispuesto en el artículo 27°, también de la Primera y Segunda Disposición Complementaria Transitoria del D.S. N° 014-2024-MINAM, OPINA por la derogatoria en su totalidad de la Ordenanza Regional N° 093-2018-GRHCO, que aprueba la Actualización de la Conformación y Funciones de la Comisión Ambiental Regional - CAR HUANUCO”.
Que, con Informe N° 000054-2026-GRH-GRRNGA/SGGA-YGPA, de fecha 03 de marzo del 2026, la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental del Gobierno Regional Huánuco, solicita la reiteración de la aprobación de la adecuación de la Comisión Ambiental Regional - CAR Huánuco al Decreto Supremo N° 014-2024-MINAM, que Aprueba el Reglamento de la Ley N° 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental;
Que, con Oficio N° 000209-2026-GRH/GRRNGA, de fecha 04 de marzo del 2026, la Gerencia Regional de Recursos Naturales, y Gestión Ambiental del Gobierno Regional Huánuco, reitera a la Secretaria del Consejo Regional de Huánuco, para la aprobación de la adecuación de la Comisión Ambiental Regional - CAR Huánuco al Decreto Supremo N° 014-2024-MINAM que Aprueba el Reglamento de la Ley N° 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental;
Que, con Oficio N° 00005-2026-GRH/CR-CORNGMAyDC de fecha 11 de marzo del 2026, la Comisión Ordinaria de Recursos Naturales, Gestión del Medio Ambiente y Defensa Civil del Consejo Regional de Huánuco, convoca a los técnicos de la Gerencia de Recursos Naturales y Gestión Ambiental del Gobierno Regional Huánuco, a fin de tratar respecto a la viabilidad de los documentos técnico legal para la aprobación de la adecuación de la Comisión Ambiental Regional - CAR Huánuco al Decreto Supremo N° 014-2024-MINAM, que Aprueba el Reglamento de la Ley N° 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental. En la cual se llegó al siguiente acuerdo; la Subgerencia de Gestión Ambiental del Gobierno Regional Huánuco, deberá proporcionar información a la Comisión Ordinaria de Recursos Naturales, Gestión del Medio Ambiente y Defensa Civil, respecto de las funciones y cuáles son las entidades que integran el CAR Huánuco, a fin de conocer los resultados de su funcionamiento;
Que, con Oficio N° 241-2026-GRH/GRRNG, de fecha 13 de marzo del 2026, la Gerencia de Recursos Naturales y Gestión Ambiental del Gobierno Regional Huánuco, remite el Informe N° 000345 2026-GRH-GRRNGA/SGGA de fecha 13 de marzo del 2026, en atención al Informe N° 000075 2026-GRH-GRRNGA/SGGA-YGP, emitido por la especialista de la Subgerencia de Gestión Ambiental, en el cual informa conforme a lo acordado en la mesa de trabajo de fecha 12 de marzo del 2026, correspondiente a la relación de los actores que conforman la Comisión Ambiental Regional (CAR), así como indicar cuáles son sus respectivas funciones;
Que, la Comisión Ordinaria de Recursos Naturales, Gestión del Medio Ambiente y Defensa Civil del Consejo Regional de Huánuco, luego de analizar y debatir el tema, procedió a emitir el Dictamen N° 00002-2026-GRH/CR-CORNGMAyDC, de fecha 31 de marzo de 2026, que aprueba la ADECUACIÓN DE LA COMISIÓN AMBIENTAL REGIONAL - CAR HUÁNUCO AL DECRETO SUPREMO N° 014-2024-MINAM, QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE LA LEY N° 28245, LEY MARCO DEL SISTEMA NACIONAL DE GESTIÓN AMBIENTAL;
Que, habiéndose tratado en la Sesión Ordinaria de Consejo Regional de fecha 10 de abril de 2026, el Dictamen N° 00002-2026-GRH/CR-CORNGMAyDC, de la Comisión Ordinaria de Recursos Naturales, Gestión del Medio Ambiente y Defensa Civil del Consejo Regional del Gobierno Regional Huánuco. El máximo Órgano Colegiado aprueba el dictamen precitado en los términos expuestos;
Que, el artículo 38° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamenta materias de su competencia”;
Estando a lo expuesto, conforme a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; el Reglamento Interno del Consejo Regional de Huánuco, y a lo dispuesto por el Pleno del Consejo Regional, con dispensa de trámite de lectura y aprobación del acta, aprueba por UNANIMIDAD la siguiente;
ORDENANZA REGIONAL:
Artículo Primero.- APROBAR, la ADECUACION de la Comisión Ambiental Regional - CAR HUANUCO al Decreto Supremo N° 014- 2024-MINAM que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental.
Artículo Segundo.- DEROGAR, en su totalidad la Ordenanza Regional N° 093-2018-GRHCO, que aprueba la Actualización de la Conformación y Funciones de la Comisión Ambiental Regional - CAR HUANUCO.
Artículo Tercero.- ENCARGAR, al Órgano Ejecutivo Regional a través de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental, el cumplimiento e implementación de la presente norma regional; informando y dando cuenta posteriormente al pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional Huánuco, sobre todas las acciones ejecutadas con tal fin.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental del Gobierno Regional Huánuco, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Portal Electrónico de la institución, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.
Artículo Quinto.- DERÓGUESE, las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza Regional.
Artículo Sexto.- La presente Ordenanza Regional, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Comuníquese al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional Huánuco para su promulgación. En Huánuco a los 27 días del mes de abril del año dos mil veintiséis.
NICOLÁS NIEVES INGA ESTEBAN
Consejero Delegado
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Sede Central del Gobierno Regional Huánuco, a los 6 días del mes de mayo del año dos mil veintiséis.
ANTONIO L. PULGAR LUCAS
Gobernador Regional
2514788-1

gestión ambientalgobiernos regionales

Normas relacionadas

relevantemineríaEl Peruano

MINEM abre consulta pública sobre información de pueblos indígenas en evaluaciones ambientales mineras

RESOLUCIÓN MINISTERIAL 361-2026-MINEM/DM

Incorpora requisitos de información sobre pueblos indígenas u originarios en instrumentos de gestión ambiental para proyectos de exploración minera. Ciudadanía y entidades pueden presentar opiniones en 15 días calendario a partir del día siguiente de su publicación.

relevanteambienteEl Peruano

Gobierno Regional Lambayeque implementa Plan Maestro del Área de Conservación Regional Bosque Huacrupe La Calera 2025-2030

ORDENANZA 000008-2026-GR.LAMB/CR · sede central consejo regional ORDENANZA REGIONAL

Aprueba el Plan Maestro que orienta la gestión del ACR Bosque Huacrupe La Calera durante 2025-2030, incluyendo visión, objetivos, estrategias y zonificación. Vincula al Gobierno Regional a asignar recursos presupuestales para su implementación en ese período.

relevantegobiernoEl Peruano

SENAMHI publica Texto Integrado de su Reglamento de Organización y Funciones

RESOLUCIÓN DE JEFATURA 010-2026-SENAMHI/JF

Consolida en un único documento las dos secciones del Reglamento de Organización y Funciones del SENAMHI. Se publica en plataformas digitales del Estado el mismo día de su aparición en El Peruano.

informativogobiernoEl Peruano

Autorizan al Gobernador Regional la renovación de la afectación en uso de terreno a favor del Gobierno Regional de Ayacucho para la ejecución de proyecto de inversión deportiva

ACUERDO 131-2026-GRA/CR

Autoriza al Gobernador Regional de Ayacucho a renovar la afectación de un terreno para ejecutar un proyecto de inversión deportiva. Trámite administrativo de gestión de bienes regionales.

relevantegobierno municipalEl Peruano

Municipalidad de San Martín de Porres aprueba Plan de Manejo de Residuos Sólidos 2026-2030

ORDENANZA 593/MDSMP · ORDENANZA

Aprueba el instrumento de planificación ambiental para la gestión integral de residuos sólidos en el distrito durante 2026-2030. Deroga la Ordenanza 522/MDSMP; rige desde su publicación en El Peruano.