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Municipalidad Metropolitana de Lima incorpora cambio de zonificación a comercio vecinal

Ordenanzas N° 2824 · MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA · El Peruano · 24 de mayo de 2026

Ordenanza que modifica el plano de zonificación del distrito de Santa Anita – Área de Tratamiento Normativo I (ATN I) aprobado por Ordenanza N° 2359-2021

Resumen

Incorpora a plano de zonificación distrital el cambio de un predio en Santa Anita de Residencial Densidad Media a Comercio Vecinal. Rige desde su publicación en El Peruano el 14 de mayo de 2026.

A quién impacta

Instituto Metropolitano de Planificación debe actualizar plano de zonificación; municipalidad publica en El Peruano y Portal de Transparencia el mismo día de promulgación.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

LA TENIENTE ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA, ENCARGADA DEL
DESPACHO
POR CUANTO:
El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión ordinaria de la fecha; en uso de las facultades previstas en los 9 y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, en su Dictamen N° 020-2026-MML-CMDUVN; por mayoría y con dispensa del trámite de aprobación del acta, para su inmediata ejecución;
Ha dado la ordenanza siguiente:
Artículo 1.- Aprobar el cambio de zonificación: de Residencial de Densidad Media (RDM) a Comercio Vecinal (CV), solicitado por la sociedad conyugal conformada por Ana Luz Montes Aguilar y Raúl Fortunato Pucuhuaranga Espinoza, para el predio de 180.00 m2 ubicado en la avenida A, lote 6, Mz. E, urbanización Villa Santa Anita, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida N° 44729261 del Registro de Predios de Lima; en el plano de zonificación del distrito de Santa Anita, aprobado por Ordenanza N° 2359-2021, conforme al gráfico que, como anexo, forma parte de la presente ordenanza.
Artículo 2.- Disponer que el Instituto Metropolitano de Planificación - IMP incorpore en el plano de zonificación del distrito de Santa Anita, el cambio de zonificación aprobado en el artículo precedente.
Artículo 3.- Disponer la notificación de la presente ordenanza a los administrados y a la municipalidad distrital de la jurisdicción.
Artículo 4.- Encargar a la Oficina General de la Secretaría del Concejo la publicación de la presente ordenanza en el diario oficial “El Peruano” y, a la Oficina de Gobierno Digital, su publicación, incluido su anexo, en el Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Metropolitana de Lima: https://transparencia.munlima.gob.pe, el mismo día de su publicación en el diario oficial.
POR TANTO:
Al promulgarla, mando se registre, publique, comunique y cumpla.
Dada en el Palacio Municipal de Lima, a los catorce días de mayo de dos mil veintiséis.
FABIOLA MARÍA MORALES CASTILLO
Teniente Alcalde
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