relevantegobierno

Municipalidad Metropolitana de Lima aprueba zonificación como Zona de Densidad Media del Fundo Pampas de Canto Grande

Ordenanzas N° 2836 · MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA · El Peruano · 23 de julio de 2026

Ordenanza que aprueba el Plan Específico "Fundo Pampas de Canto Grande"

Resumen

Aprueba la clasificación urbanística de un predio de 1.10 hectáreas en San Juan de Lurigancho como Zona de Densidad Media, fijando parámetros edificatorios y requisitos técnicos para su habilitación. Rige desde su publicación en El Peruano (16 de julio de 2026).

A quién impacta

Interesado solicitante: presentar proyecto de habilitación urbana con estudios técnicos integrales dentro de tres años; vencido el plazo sin aprobación, la zonificación se revierte.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
POR CUANTO:
El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión ordinaria de la fecha; en uso de las facultades previstas según los artículos 9 y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura en su Dictamen N° 35-2026-MML/CMDUVN; por mayoría y con dispensa del trámite de aprobación del acta, para su inmediata ejecución:
Ha dado la ordenanza siguiente:
Artículo 1.- Aprobar el Plano de Zonificación con la asignación de: Zona de Densidad Media (ZDM), que conforma la Zona de Reglamentación Especial - ZRE del PLAN ESPECÍFICO: “FUNDO PAMPAS DE CANTO GRANDE” como parte del Área de Tratamiento Normativo I - ATN I, ubicado en el distrito de San Juan de Lurigancho, sobre un ámbito de 1.10 ha., conforme al gráfico que, como Anexo N° 1, forma parte de la presente ordenanza; solicitado por Ana Milagros Salas Castillo, a través del Expediente N° 1826-2025-IMP.
Artículo 2.- Aprobar el Cuadro de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios, y las Especificaciones Normativas que, como Anexo N° 2, que forma parte de la presente ordenanza.
Artículo 3.- En la etapa de habilitación urbana deberá de respetar la sección vial aproximada de 30 m. de la Av. Del Parque, a fin de mantener su conectividad directa con vías del Sistema Vial Metropolitano, correspondiendo realizar las coordinaciones con la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, sobre la vía local indicada.
Artículo 4.- Los proyectos a realizarse dentro de la Zona de Reglamentación Especial deberán considerar, en la etapa de habilitación urbana o edificación, presentar los estudios requeridos respecto de los componentes viales, ambientales, de gestión de riesgos, estructurales y urbano (informe de evaluación de riesgo - EVAR, estudio de impacto ambiental - EIA, estudio de impacto vial - EIV, entre otros estudios complementarios) según señala la normativa nacional y sectorial vigente.
Artículo 5.- En un plazo no mayor de tres años se debe cumplir con la aprobación del proyecto de habilitación urbana, de acuerdo con las especificaciones técnicas indicadas, caso contrario se procederá a revertir la zonificación y especificaciones normativas asignadas en la presente ordenanza.
Artículo 6.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planificación - IMP, incorporar en el Plano de Reajuste Integral de Zonificación del distrito de San Juan de Lurigancho aprobado por Ordenanza N° 1081, la calificación normativa aprobada en el artículo 1 de la presente ordenanza.
Artículo 7.- Disponer la notificación de la presente ordenanza a la administrada y a la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho.
Artículo 8.- Encargar a la Oficina General de la Secretaría del Concejo, la publicación de la presente ordenanza en el diario oficial El Peruano; y a la Oficina de Gobierno Digital la publicación de la misma, incluido sus anexos, en el Portal de Transparencia Estándar - PTE de la Municipalidad Metropolitana de Lima: https://transparencia.munlima.gob.pe.
ÚNICA.- El ámbito de intervención colindante, aprobado por Ordenanza N° 2688 que aprobó el Plan Específico: “Lote 1-F y Sub-lote 1-DA del fundo Pampas de Canto Grande”, corresponde a la calificación de Zona de Densidad Media - ZDM, y no a Zona de Intensidad Media, como obra consignado en la referida ordenanza, realizándose, a través de la presente disposición, la modificación de la referida calificación.
POR TANTO:
Al promulgarla, mando se registre, publique, comunique y cumpla.
Dada en el Palacio Municipal de Lima, a los dieciséis días de julio de dos mil veintiséis.
RENZO ANDRÉS REGGIARDO BARRETO
Alcalde
2537133_1

planificación urbanaterritoriogobierno local

Normas relacionadas

relevantemunicipalEl Peruano

Municipalidad de San Isidro incorpora Mastología y Medicina Física al tarifario de servicios

RESOLUCIÓN D000028-2026-02.0.0-GM/MSI

Se agregan las especialidades de Mastología y Medicina Física y Rehabilitación al Tarifario de Servicios No Exclusivos. Las nuevas tarifas rigen desde su publicación en El Peruano (27 de agosto de 2026) y en el portal institucional.

relevantemunicipalEl Peruano

Municipalidad Distrital de Islay actualiza su estructura orgánica y funciones

ORDENANZA MUNICIPAL 501-MDI

Reemplaza el Reglamento de Organización y Funciones vigente desde 2023. Establece nueva estructura, competencias y funciones de órganos municipales; rige al día siguiente de su publicación en El Peruano.

relevantemunicipalEl Peruano

Municipalidad Distrital de Pilcuyo aprueba TUPA con 227 procedimientos administrativos

ORDENANZA MUNICIPAL 005-2025-MDP/CM

Aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos que establece 227 procedimientos y servicios con sus requisitos, costos y plazos. Rige desde el día siguiente de su publicación en El Peruano.

informativoelectoralEl Peruano

Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Yanama, provincia de Yungay, departamento de Áncash

RESOLUCIÓN 1282-2026-JNE · RESOLUCIóN

Se convoca a un ciudadano para asumir el cargo de regidor en el Concejo Distrital de Yanama. Es una designación electoral para llenar una vacante de cargo municipal.

informativogobiernoEl Peruano

Modifican el D.A. N° 007-2026-MDB, en extremo referido al lugar donde se realizará la Segunda Audiencia Pública de Rendición de Cuentas 2026 de la Municipalidad Distrital de Barranco

DECRETO DE ALCALDÍA 011-2026-MDB

Modificación de decreto anterior que cambia la sede de la Segunda Audiencia Pública de Rendición de Cuentas 2026 de Barranco. Ajuste logístico de trámite administrativo.