Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.
VISTO:
Dictamen N° 004-2025-GRJ-CPRNyMA, de fecha 15.12.2025.
POR CUANTO:
De conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú modificada por Ley de Reforma Constitucional Nº27680; en la Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº27783; en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº27867 y sus modificatorias - Ley Nº27902, Ley Nº28013, Ley Nº28926, Ley Nº28961, Ley Nº28968, Ley Nº29053 y demás normas complementarias y;
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley Nº27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, concordante con el artículo 2° de la Ley Nº27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que señala, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 2, numeral 22, consagra el derecho fundamental de la persona a la paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso, así como a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida;
Que, el artículo 23 de la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental - Ley N° 28245, establece que las Comisiones Ambientales Regionales son las instancias de gestión ambiental, de carácter multisectorial, encargadas de coordinar y concertar la política ambiental regional;
Que, el numeral 27.1 del artículo 27 del Reglamento de la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, aprobado mediante Decreto Supremo N° 014-2024-MINAM establece que la Comisión Ambiental Regional es un espacio de participación, de carácter multisectorial, creada por el gobierno regional Junín, que tiene por objeto la concertación, planificación y seguimiento de las prioridades ambientales regionales, a fin de contribuir con el cumplimiento de la Política Nacional del Ambiente;
Que, según la Segunda disposición complementaria transitoria del precitado reglamento, las CAR Junín, creadas con anterioridad a su vigencia deben adecuarse a dicha norma en el plazo máximo de dos (2) años, contados desde la entrada en vigencia de la misma.
Que, según la Segunda disposición complementaria transitoria del precitado reglamento, las Comisión Ambiental Regional – CAR Junín, creadas con anterioridad a su vigencia deben adecuarse a dicha norma en el plazo máximo de dos (2) años, contados desde la entrada en vigencia de la misma.
Que, mediante Ordenanza Regional N°118/2011/GRJ/CR, de fecha 09 de agosto del año 2011 se creó la Comisión Ambiental Regional (CAR).
Que en sesión del pleno de la CAR Junín, de fecha 20 de enero del 2025, se acordó su adecuación al Reglamento de la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, aprobado mediante Decreto Supremo N° 014-2024-MINAM y se aprobó su reglamento interno. Ratificado el contenido del documento, en la reunión de la CAR Junín, de fecha 19 de agosto de 2025.
Que, mediante Informe Técnico N°52-GRJ/GRRNGA, de fecha 21 de octubre de 2025, se sustentó la pertinencia de aprobar la adecuación de la CAR Junín, al Reglamento de la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, aprobado mediante Decreto Supremo N° 014-2024-MINAM.
Que, la Comisión Permanente de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, en reunión de Comisión, aprobó el Dictamen N°004-2025-GRJ-CPRNyMA, el cual después de un análisis y debate correspondiente en el Pleno del Consejo Regional, fue sometido a votación, contando con el voto UNÁNIME, y se aprobó la siguiente;
“ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA ADECUACIÓN DE LA COMISIÓN AMBIENTAL REGIONAL (CAR) DE JUNÍN”
Artículo Primero.- El Consejo Regional aprueba la ADECUACIÓN de la Comisión Ambiental Regional Junín - CAR JUNÍN.
Aprobar la adecuación de la CAR Junín, al Reglamento de la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, aprobado mediante Decreto Supremo N° 014-2024-MINAM.
Artículo Segundo.- Conformación
La Comisión Ambiental Regional - CAR Junín, del Gobierno Regional de Junín, estará conformada por los representantes siguientes: (instituciones, organizaciones o empresas)
Presidente de la CAR Junín: Gerente General del Gobierno Regional Junín
Secretaria Técnica: Gerente Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental del Gobierno Regional Junín.
Los miembros que integran la Comisión Ambiental Regional CAR Junín son:
INSTITUCIONES PÚBLICAS
Municipalidad Provincial de Chanchamayo
Municipalidad Provincial de Chupaca
Municipalidad Provincial de Concepción
Municipalidad Provincial de Huancayo
Municipalidad Provincial de Jauja
Municipalidad Provincial de Junín
Municipalidad Provincial de Satipo
Municipalidad Provincial de Tarma
Municipalidad Provincial de Yauli - La Oroya
Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre Selva Central SERFOR- SELVA CENTRAL
Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre Sierra Central SERFOR
Autoridad Administrativa del Agua - AAA Mantaro
Autoridad Local del Agua - Mantaro
Autoridad Local del Agua - ALA Perene - Autoridad Administrativa del Agua - IX AAA UCAYALI
Autoridad Local del Agua - Tarma
AGRORURAL
Director de la Dirección Desconcentrada de Cultura Junín
DEVIDA Oficina Zonal La Merced - Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas
Pdte. De la Comisión de RR.MM. Y Medio Ambiente de Consejo Regional de la Región Junín
Fiscal de la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental
Instituto Geofísico del Perú - IGP
Director del Instituto Nacional de Innovación Agraria (INIA)
Coordinador de la Mesa de Concertación de Lucha Contra la Pobreza MCLCP
Reserva Paisajística Nor Yauyos Cochas RPNYC. SERNANP - Ministerio del Ambiente
Santuario Pampa Hermoza - Selva - SERNANP - Ministerio del Ambiente
Reserva Chacamarca - SERNANP - Ministerio del Ambiente
Reserva Nacional de Junín - SERNANP - Ministerio del Ambiente
Bosque de Protección Pui Pui - SERNANP - Ministerio del Ambiente
ANP - Parque Nacional Otishi - - SERNANP - Ministerio del Ambiente
Reserva de Biosfera Bosques de Neblina Selva Central – MD San Ramón.
Jefa Zonal de la Oficina Descentralizada OEFA
CENEPRED
SENAMHI
Policía Nacional del Perú -Junín
Director de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - SUNASS
INEI HUANCAYO
SENASA JUNIN
ELECTROCENTRO
ELECTROPERU
Gerente General de la EPS SEDAM Huancayo S.A.
Dirección Regional de Agricultura
Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo
Dirección Regional de Educación
Dirección Regional de Energía y Minas
Dirección Regional de Producción
Dirección Regional de Salud
Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo
Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones
Director Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento
INSTITUCIONES PRIVADAS
Consejo Regional de Decanos de Colegios Profesionales de Junín
Asociación en Defensa y Protección del Medio ambiente - AMEPMAT
Asociación Ecosistemas Andinos ECOAN
Pastoral Social de Dignidad Humana - PASSDIH
Consejo Regional de la Juventud (COREJU) O.R. Nº 247-GRJ/CR.
Plataforma por Salud Ambiental y Humana
Asociación - Servicios Educativos y Promoción Rural - SEPAR - Huancayo Perú
ONG. FOVIDA
ONG ENVOL VERT SUCURSAL
ODS Peru.
COREMUCC Junín
ONG. ATIYCUY PERU
TERRA NUOVA
Asociación Andinus
INSTITUCIONES ACADEMIA
Universidad Nacional del Centro del Perú
Universidad Nacional Autónoma Altoandina de Tarma.
Universidad Nacional Intercultural de la Selva Central Juan Santos Atahualpa – UNISCJSA
Universidad Peruana Los Andes – UPLA.
Universidad Continental
Universidad UTP
INSTITUCIONES – EMPRESAS
Sociedad Nacional de Industrias
UNACEN Perú S.A.
Artículo Tercero.- Funciones de la Comisión Ambiental Regional CAR Junín
La Comisión Ambiental Regional CAR Junín, tiene las funciones siguientes:
a) Establecer compromisos entre sus integrantes para mejorar la gestión ambiental.
b) Aprobar mediante acta la propuesta de Matriz Regional de Prioridades Ambientales y Climáticas.
c) Efectuar el seguimiento al cumplimiento de las acciones establecidas en la Matriz Regional de Prioridades Ambientales y Climáticas.
d) Crear Grupos Técnicos Especializados para atender determinadas materias ambientales.
e) Participar en la elaboración o actualización de la estrategia regional de cambio climático, estrategia regional de diversidad biológica, entre otros que contribuyan a cumplir la Política Nacional del Ambiente.
f) Elaborar propuestas para implementar políticas ambientales y otros instrumentos de gestión ambiental de alcance regional.
Artículo Cuarto.- Establecer que la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano” y se publique en el portal virtual del Gobierno Regional Junín (https://www.regionjunin.gob.pe/index.php), de acuerdo con lo establecido en el Decreto Supremo N° 009-2024-JUS.
Artículo 5.- Dejar sin efecto Ordenanza Regional N° 118-2011-GRJ/GR, que aprueba la Comisión Ambiental Regional Junín.
Dado en la Sala de Sesiones del Gobierno Regional de Junín a los 17 días del mes de marzo del año 2026.
GOBIERNO REGIONAL JUNIN
Consejo Regional
Luis Fernando Morales Nieva
Presidente del Consejo Regional de Junín
Por lo tanto:
Mando, Promúlguese, Comuníquese y Cúmplase.
Dado en el Despacho de Gobernación del Gobierno Regional Junín, a los 23 días del mes de marzo del 2026.
GOBIERNO REGIONAL JUNIN
Consejo Regional
ZÓSIMO CÁRDENAS MUJE
Gobernador Regional
2501155-1