relevantegobierno

Gobierno Regional de Arequipa crea Instancia de Articulación Regional de Desarrollo e Inclusión Social

ORDENANZA Nº 554-AREQUIPA · GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA · El Peruano · 25 de junio de 2026

Ordenanza Regional que aprueba la creación de la Instancia de Articulación Regional de Desarrollo e Inclusión Social (IAR-DIS) de la Región Arequipa

Resumen

Agrega espacio de coordinación interinstitucional para alineamiento de intervenciones públicas de desarrollo e inclusión social. Designa representantes en veinte días hábiles y aprueba reglamento en treinta días hábiles; rige al día siguiente de su publicación.

A quién impacta

Gobierno Regional, gobiernos locales y MIDIS: instalar la Instancia dentro de treinta días hábiles contados desde el día siguiente de la aprobación de la Ordenanza.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en sesión ordinaria de fecha 09 de junio de 2026, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:
POR CUANTO:
Estando a las consideraciones desarrolladas en la Exposición de Motivos y en ejercicio de las atribuciones que le confieren la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, sus modificatorias y el Reglamento Interno del Consejo Regional, y la Ordenanza Regional N 154-AREQUIPA y sus modificatorias dispuestas por Ordenanzas Regionales N° 342-AREQUIPA, N° 392-AREQUIPA, N° 393-AREQUIPA y N° 403-AREQUIPA.
SE HA APROBADO LO SIGUIENTE:
Artículo 1.- APROBAR la creación de la Instancia de Articulación Regional de Desarrollo e Inclusión Social (IAR-DIS) de Arequipa como un espacio de coordinación y articulación, además de brindar el seguimiento de las acciones que aseguren la provisión eficiente, eficaz, efectiva y de calidad de las intervenciones públicas de desarrollo e inclusión social en el territorio, generando consensos, intercambiando información, efectuando acciones conjuntas, impulsando el cumplimiento de acuerdos, entre otros. La coordinación es permanente y continua para el logro de sus objetivos.
Artículo 2.- FINALIDAD. Ser una instancia de articulación regional de carácter interinstitucional e intergubernamental, que cuente con participación de representantes en el territorio, tales como: gobierno nacional, gobiernos locales, sector privado, academia y sociedad civil organizada; para contribuir al logro de los objetivos prioritarios de la Política Nacional de Desarrollo e Inclusión Social al 2030, a fin de cerrar las brechas sociales para la reducción de la pobreza en el ámbito regional.
Artículo 3.- ESTABLECER la prioridad de atención de los siguientes objetivos prioritarios:
1. Mejorar el desarrollo infantil temprano.
2. Mejorar el desarrollo físico, cognitivo y socioemocional de niñas, niños y adolescentes.
3. Incrementar las capacidades para la inclusión económica de jóvenes y adultos.
4. Mejorar la calidad de vida de las personas adultas mayores.
5. Mejorar las condiciones del entorno de la población para asegurar su inclusión social.
Artículo 4.- ESTABLECER las siguientes funciones para la IAR-DIS, sin ser limitativas
1. Promover el alineamiento de prioridades, objetivos, metas y recursos del gobierno regional para la implementación de la Política nacional de desarrollo e inclusión social, a través de una gestión articulada con los gobiernos locales de su jurisdicción, cuando corresponda.
2. Proponer recomendaciones orientadas a la mejora de los instrumentos de gestión del gobierno regional, para efectivizar el logro de resultados.
3. Realizar el seguimiento a las acciones que aseguren las condiciones para la entrega oportuna de intervenciones públicas priorizadas de desarrollo e inclusión social, fortaleciendo sinergias en el territorio; y reportar su cumplimiento al ente rector.
4. Hacer de conocimiento del gobierno regional, las alertas presentadas por las IAL-DIS de la jurisdicción, respecto de aquellos compromisos que no han sido cumplidos por el gobierno local o por la entidad pública a cargo, con relación a las intervenciones públicas priorizadas de desarrollo e inclusión social, para la adopción de medidas correctivas.
Artículo 5.- Conformación del IAR - DIS
1. Gobernador/a del Gobierno Regional de Arequipa, quien preside
2. Gerente/a Regional de Desarrollo e Inclusión Social, quien ejerce la Secretaría Técnica de la IAR-DIS.
3. Alcalde/sa de la provincia con mayor densidad poblacional de la Región de Arequipa.
4. Coordinador(a) de Enlace del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social MIDIS
5. Gerente Regional de Educación.
6. Gerente Regional de Salud.
7. Gerente Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
8. Gerente Regional de Trabajo y Promoción del Empleo.
Artículo 6.- De la estructura de los grupos de trabajo, quienes abordarán ejes temáticos vinculantes a los servicios de la PNDIS, analizando dificultades en la prestación oportuna de intervenciones y proponiendo sinergias con enfoque multisectorial para el adecuado seguimiento de la implementación efectiva de los Objetivos Prioritarios
• Grupo de trabajo Objetivo Prioritario 1 (Gestantes y Primera Infancia)
• Grupo de trabajo Objetivo Prioritario 2 (Niños, Niñas y Adolescentes)
• Grupo de trabajo Objetivo Prioritario 3 (Inclusión Económica)
• Grupo de trabajo Objetivo Prioritario 4 (Adultos Mayores)
• Grupo de trabajo Objetivo Prioritario 5 (Entorno)
Artículo 7.- ESTABLECER COMO FUNCIÓN a la Secretaría Técnica de la IAR-DIS ser la responsabilidad administrativa y las coordinaciones operativas del funcionamiento de la IAR-DIS; así como, reportar al presidente de la IAR DIS y al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, las acciones y resultados obtenidos de la ejecución de los acuerdos en las sesiones de la Instancia.
Artículo 8.- DESIGNACIÓN DE REPRESENTANTES, Los representantes señalados en el Artículo 5° deberán ser designados mediante documento escrito dirigido a la Secretaría Técnica, dentro del plazo máximo de veinte (20) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Ordenanza.
Artículo 9.- FACULTAR a la secretaria técnica, la elaboración del Reglamento Interno de la Instancia de Articulación Regional de Desarrollo e Inclusión Social (IAR-DIS) de la Región de Arequipa, en un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles posteriores a la aprobación de la presente Ordenanza Regional, la misma que será aprobada mediante acuerdo de Consejo Regional.
Artículo 10.- DISPONER, en un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles contados a partir del día siguiente de la aprobación de la presente Ordenanza, la instalación de la Instancia de Articulación Regional de Desarrollo e Inclusión Social de la Región de Arequipa.
Artículo 11.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Arequipa.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Arequipa para su Promulgación.
En Arequipa, a los nueve días del mes de junio del dos mil veintiséis.
NORMA ALEJANDRA ORTEGA VALDIVIA
Presidenta del Consejo Regional de Arequipa
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los veintitrés días del mes de junio del dos mil veintiséis.
ROHEL SÁNCHEZ SÁNCHEZ
Gobernador del Gobierno Regional de Arequipa
2529184-1

gobiernos regionalesinclusión socialarticulación institucional

Normas relacionadas

informativogobiernoEl Peruano

Designan Director Ejecutivo del Programa Nacional “Plataformas de Acción para la Inclusión Social - PAIS”

RESOLUCIÓN MINISTERIAL D000230-2026-MIDIS

Designación del Director Ejecutivo del Programa Nacional PAIS del MIDIS. Nombramiento de funcionario en cargo directivo de inclusión social.

informativogobiernoEl Peruano

Autorizan al Gobernador Regional la renovación de la afectación en uso de terreno a favor del Gobierno Regional de Ayacucho para la ejecución de proyecto de inversión deportiva

ACUERDO 131-2026-GRA/CR

Autoriza al Gobernador Regional de Ayacucho a renovar la afectación de un terreno para ejecutar un proyecto de inversión deportiva. Trámite administrativo de gestión de bienes regionales.

urgentegobiernoEl Peruano

JNE convoca provisionalmente a servidores públicos para cargos en Gobierno Regional de Tacna

RESOLUCIÓN 1836-2026-JNE · RESOLUCIóN

Convoca a la vicegobernadora, un consejero y un accesitario para asumir provisionalmente los cargos de gobernadora, vicegobernador y consejero regional respectivamente, durante la licencia sin goce de haber del gobernador por participación en elecciones 2026. Rige desde el 4 de setiembre al 4 de octubre de 2026.

relevantegobiernoEl Peruano

Conadis abre consulta pública sobre modelo de residencia de vida independiente

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA D000142-2026-CONADIS-PRE

Publica proyecto de modelo de residencia de vida independiente en plataformas digitales. Recibe aportes, sugerencias y comentarios durante treinta días hábiles desde el día siguiente de la publicación en El Peruano (1 de agosto de 2026).

informativogobiernoEl Peruano

Designan Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio

RESOLUCIÓN MINISTERIAL D000186-2026-MIDIS

Designación del Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Inclusión Social. Cambio de responsable en asesoría legal ministerial.