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Municipalidad Distrital de Ancón incorpora procedimiento de regularización de transferencia de dominio de inmuebles municipales al TUPA

ORDENANZA N° 556-2026/MDA · MUNICIPALIDAD DE ANCON · El Peruano · 8 de mayo de 2026

Ordenanza que modifica el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Ancón

Resumen

Incorpora al TUPA vigente el procedimiento administrativo "Regularización de Transferencia de Dominio de Bienes Inmuebles de Dominio Privado Municipal", a cargo de la Subgerencia de Planeamiento Urbano, Obras Privadas y Catastro. Rige desde el día siguiente de su publicación en El Peruano.

A quién impacta

Administrados que requieran regularizar transferencia de dominio de inmuebles municipales: acudir a la Subgerencia de Planeamiento Urbano, Obras Privadas y Catastro conforme al procedimiento incorporado al TUPA.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Ancón, 8 de abril de 2026
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANCÓN.
VISTOS: En Sesión Ordinaria de fecha 08 de abril de 2026; el Acuerdo de Concejo Nº 021-2026-AC/MDA, de fecha 08 de abril de 2026; la Ordenanza Nº 538-2025-MDA, de fecha 14 de julio de 2025; el Informe Nº 0502-2025-SGPUOPYC-GDU/MDA, de fecha 18 de diciembre de 2025, emitido por la Subgerencia de Planeamiento Urbano, Obras Privadas y Catastro; el Memorándum Nº 0358-2025-GDU/MDA, de fecha 22 de diciembre de 2025, emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano; el Informe Nº 064-2026-OGPPPI/MDA, de fecha 23 de febrero de 2026, emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones; el Memorándum Nº 0630-2026-GM/MDA, de fecha 25 de febrero de 2026, emitido por la Gerencia Municipal; el Informe Nº 0161-2026-OGSGYAJ/MDA, de fecha 05 de marzo de 2026, emitido por la Oficina General de Secretaría General y Asuntos Jurídicos; el Memorándum Nº 711-2026-GM/MDA, de fecha 05 de marzo de 2026, emitido por la Gerencia Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme al artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305, establece que, las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual resulta concordante con lo dispuesto en el artículo Il del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, ya que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante aprobación de ordenanzas y acuerdos; asimismo, el numeral 8 del artículo 9º de la referida Ley, señala que corresponde al Concejo Municipal “Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos”;
Que, el numeral 3 del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local; lo cual resulta concordante con lo establecido en el artículo 40º de la acotada norma que señala que las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa;
Que, el numeral 9 del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que es atribución del Concejo Municipal crear, modificar, suprimir o exonerar contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley;
Que, el artículo 40.3º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que los procedimientos administrativos deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), el cual es aprobado para cada entidad; asimismo, el artículo 44.1º señala que, en el caso de los gobiernos locales, el TUPA se aprueba mediante Ordenanza Municipal;
Que, mediante Ordenanza Nº 538-2025-MDA, se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Ancón, el cual fue ratificado por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Acuerdo de Concejo Nº 344; ambas normas fueron publicadas en el diario oficial El Peruano con fecha 22 de noviembre de 2025;
Que, mediante Ordenanza Nº 422-2019-MDA y sus modificatorias, Ordenanza Nº 504-2023-MDA y Ordenanza Nº 550-2025-MDA, se aprueban los procedimientos de saneamiento físico-legal individual, regularización de transferencia y subasta de los bienes inmuebles de dominio privado de propiedad de la Municipalidad Distrital de Ancón;
Que, mediante Informe Nº 0502-2025-SGPUOPYC-GDU/MDA, de fecha 18 de diciembre de 2025, la Subgerencia de Planeamiento Urbano, Obras Privadas y Catastro solicita a la Gerencia de Desarrollo Urbano la inclusión en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del procedimiento de “Regularización de Transferencia de Dominio de Bienes Inmuebles de Dominio Privado Municipal”, a fin de otorgar predictibilidad a los administrados, asegurar la correcta tramitación administrativa del procedimiento y garantizar su exigibilidad y aplicación efectiva, conforme a los principios que rigen el procedimiento administrativo;
Que, mediante Memorándum Nº 0358-2025-GDU/MDA, de fecha 22 de diciembre de 2025, la Gerencia de Desarrollo Urbano traslada a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones los actuados, señalando que la incorporación de dicho procedimiento permitirá uniformizar criterios de atención, optimizar la gestión administrativa y asegurar que su tramitación se realice conforme a los principios de legalidad, eficiencia y debido procedimiento, contribuyendo a una adecuada administración del patrimonio municipal, en concordancia con lo dispuesto en la Ley Nº 27972, así como en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444;
Que, mediante Informe Nº 064-2026-OGPPPI/MDA, de fecha 23 de febrero de 2026, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones informa a la Gerencia Municipal que considera necesaria la incorporación en el TUPA vigente del procedimiento administrativo “Regularización de Transferencia de Dominio de Bienes Inmuebles de Dominio Privado Municipal”, a cargo de la Subgerencia de Planeamiento Urbano, Obras Privadas y Catastro; en ese sentido, remite el proyecto de Ordenanza que modifica el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Ancón, así como su anexo correspondiente;
Que, mediante Memorándum Nº 0630-2026-GM/MDA, de fecha 25 de febrero de 2026, la Gerencia Municipal solicita a la Oficina General de Secretaría General y Asuntos Jurídicos que proceda a emitir el informe técnico-legal correspondiente respecto a la incorporación en el TUPA vigente del procedimiento administrativo “Regularización de Transferencia de Dominio de Bienes Inmuebles de Dominio Privado Municipal”:
Que, mediante Informe Nº 0161-2026-OGSGYAJ/MDA, de fecha 05 de marzo de 2026, la Oficina General de Secretaría General y Asuntos Jurídicos informa a la Gerencia Municipal que emite opinión favorable para la incorporación en el TUPA vigente de la Municipalidad Distrital de Ancón del procedimiento administrativo “Regularización de Transferencia de Dominio de Bienes Inmuebles de Dominio Privado Municipal”, conforme a lo establecido en la Ordenanza Nº 422-2019-MDA;
Que, mediante Memorándum Nº 711-2026-GM/MDA, de fecha 05 de marzo del 2026, la Gerencia Municipal deriva los actuados a la Oficina General de Secretaría General y Asuntos Jurídicos a fin de que se eleven al concejo para su evaluación, revisión y de corresponder, su aprobación;
Que, estando a lo expuesto y, en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 8 y 9 del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD lo siguiente:
Artículo Primero.- APROBAR la modificación del TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANCÓN, aprobado mediante Ordenanza Nº 538-2025/MDA, procediéndose a incluir en la Subgerencia de Planeamiento Urbano, Obras Privadas y Catastro el procedimiento administrativo denominado: “Regularización de Transferencia de Dominio de Bienes Inmuebles de Dominio Privado Municipal”, ello en el marco de lo establecido en la Ordenanza Nº 422-2019-MDA y sus modificatorias Ordenanza Nº 504-2023/MDA y Ordenanza Nº 550-2025/MDA, para cuyo efecto se adjunta el Anexo TUPA, el cual forma parte integrante de la presente ordenanza.
Artículo Segundo.- DISPONER que la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, ello en razón de tratarse de un procedimiento administrativo con carácter de gratuito, en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo Segundo de la Ordenanza Nº 550-2025/MDA, y que por tanto no requiere de la ratificación por parte del Municipalidad Metropolitana de Lima.
Artículo Tercero.- DISPONER que las unidades orgánicas involucradas de la Municipalidad se encarguen en dar estricto cumplimiento a la presente Ordenanza.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina General de Secretaria General y Asuntos Jurídicos la publicación íntegra de la presente ordenanza en el diario oficial “El Peruano” conforme a ley, y a la Oficina de Comunicaciones y Atención al Ciudadano, la publicación de la presente ordenanza en el portal web institucional: https://www.gob.pe/muniancon.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
SAMUEL MARCOS DAZA TAYPE
Alcalde
* El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.
2513218-1

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