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IPD transfiere S/ 125,363.00 a la Contraloría para auditoría financiera 2026

RESOLUCIÓN N° 000083-2026-P/IPD · INSTITUTO PERUANO DEL DEPORTE · El Peruano · 1 de julio de 2026

Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República

Resumen

Autoriza transferencia de recursos ordinarios del Instituto Peruano del Deporte a la Contraloría General de la República para financiar auditoría financiera del período 2026, incluido IGV. Rige desde su publicación en El Peruano.

A quién impacta

Oficina General de Administración del IPD: monitorear ejecución de la transferencia y destino de fondos conforme a fines autorizados.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Lima, 30 de junio del 2026
VISTOS: El Oficio N° 001176-2026-CG/GAD, remitido por la Contraloría General de la República; el Memorando Nº 003699-2026-OGA/IPD, emitido por la Oficina General de Administración; el Memorando Nº 003450-2026-UPTO-OPP/IPD, emitido por la Oficina de Presupuesto y Planificación; el Informe N° 000611-2026-OAJ/IPD, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme al artículo 7 de la Ley N° 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, el Instituto Peruano del Deporte (IPD) es el ente rector del Sistema Deportivo Nacional y constituye un organismo público ejecutor que cuenta con autonomía técnica, funcional y administrativa, constituyéndose, además, en un pliego presupuestal;
Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 000001-2026-P-CD/IPD, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2026 del Pliego 342: Instituto Peruano del Deporte, por la suma de S/ 354,452,392.00 (Trescientos cincuenta y cuatro Millones Cuatrocientos cincuenta y dos Mil Trescientos noventa y dos y 00/100 Soles), por toda Fuente de Financiamiento, sujeto a habilitaciones y anulaciones durante el año fiscal 2026;
Que, el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias, dispone que “[l]as entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego”;
Que, el mismo artículo, también señala que las “[t]transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, o por acuerdo de consejo regional o concejo municipal en el caso de los gobiernos regionales o gobiernos locales, respectivamente, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego y el acuerdo de consejo regional se publican en el Diario Oficial El Peruano y el acuerdo del concejo municipal se publica en su página web”;
Que, en virtud a lo dispuesto por la antes referida normativa, la Contraloría General de la República mediante Resolución de Contraloría Nº 237-2021-CG, aprueba el Tarifario que establece el monto por retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría, que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago de las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo;
Que, mediante Oficio Nº 001176-2026-CG/GAD, la Contraloría General de la República solicita al IPD efectuar la transferencia financiera a su favor para efectuar la Auditoría Financiera Gubernamental por el periodo 2026, por el monto de S/ 125,363.00 (Ciento Veinticinco Mil Trescientos sesenta y tres con 00/100 soles), por concepto del (100% Retribución económica incluye Impuesto General a las Ventas - IGV del periodo 2026).
Que, con Memorando Nº 003699-2026-OGA/IPD, la Oficina General de Administración solicitó la aprobación de la Certificación de Crédito Presupuestario N° 3407, por el importe de S/ 125,363.00 (Ciento Veinticinco Mil Trescientos sesenta y tres con 00/100 soles) por la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, a fin de atender la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República por el periodo auditado 2026;
Que, la Oficina de Presupuesto y Planificación, mediante Memorando N° 003450-2026-UPTO-OPP/IPD, por el cual emite opinión favorable a la Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República, debido a que se aprobó la Certificación de Crédito Presupuestario correspondiente y se encuentra acorde a la normativa vigente”; comunicando a su vez, la aprobación de la Certificación de Crédito Presupuestario N° 3407 por el monto solicitado;
Que, mediante Informe N° 000611-2026-OAJ/IPD, la Oficina de Asesoría Jurídica emite opinión favorable respecto a la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, según lo solicitado y sustentado por la Oficina General de Administración, considerando que se encuentra acorde a lo establecido en el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias, por lo que corresponde a la Presidencia del IPD, en su calidad de Titular del Pliego, emitir el acto resolutivo correspondiente;
De conformidad con las facultades previstas en la Ley Nº 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte y sus modificatorias; la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y sus modificatorias; Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 202; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y la Directiva N° 0001-2024-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada con Resolución Directoral Nº 0009-2024-EF/50.01, y modificatorias;
Con el visto de la Oficina General de Administración, de la Unidad de Finanzas, de la Oficina de Presupuesto y Planificación, de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General del Instituto Peruano del Deporte;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- AUTORIZAR TRANSFERENCIA FINANCIERA
Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 342: Instituto Peruano del Deporte, Unidad Ejecutora 001: Instituto Peruano del Deporte, por la suma de S/ 125 363.00 (Ciento Veinticinco Mil Trescientos sesenta y tres y 00/100 soles), por la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, a favor de la Contraloría General de la República, para financiar el 100% de la retribución económica que incluye el IGV del periodo 2026.
Artículo 2°.- DESTINO DE LOS RECURSOS
Precisar que los recursos de la transferencia financiera a la que hace referencia el artículo precedente no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 3º.- RESPONSABILIDAD
Encargar a la Oficina General de Administración, como responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras, para los cuales se realiza la presente transferencia financiera, en el ámbito de su competencia.
Artículo 4º.- NOTIFICACIÓN
Notificar la presente resolución a la Oficina General de Administración y a la Oficina de Presupuesto y Planificación del Instituto Peruano del Deporte, para los fines correspondientes.
Artículo 5º.- PUBLICACIÓN
Publicar la presente resolución en la sede digital del Instituto Peruano del Deporte (www.gob.pe/ipd), y en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
SERGIO LUIS LUDEÑA VISALOT
Presidente
Instituto Peruano del Deporte
2530541-1

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