SERNANP aprueba la adecuación del Plan Maestro del Parque Nacional Yanachaga-Chemillén 2022-2026

RESOLUCIÓN 000153-2026-SERNANP/PE · El Peruano · 1 de agosto de 2026

Aprueban la adecuación del Plan Maestro del Parque Nacional Yanachaga-Chemillén, para el periodo 2022-2026

Resumen

Reemplaza el plan maestro anterior del Parque Nacional Yanachaga-Chemillén. Optimiza estrategias, indicadores y metas sin cambiar zonificación ni objetivos; rige desde su publicación en El Peruano.

A quién impacta

Jefatura del Parque Nacional y SERNANP: velar por implementación del plan adecuado e informarse de cambios operativos del documento de planificación vigente.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

San Isidro, 31 de julio del 2026
VISTOS:
El Informe Nº 000163-2026-SERNANP/DDE-SPPB del 24 de junio de 2026 de la Subdirección de Políticas, Prospectiva y Base Física de la Dirección de Desarrollo Estratégico, el Memorando Nº 002069-2026-SERNANP/DGTANP del 28 de mayo del 2026 de la Dirección de Gestión Territorial de Áreas Naturales Protegidas, el Memorando Nº 002162-2026-SERNANP/DURSN del 22 de mayo del 2026 de la Dirección de Uso Sostenible de Recursos Naturales, y el Informe Nº 000317-2026-SERNANP/OAJ de fecha 03 de julio de 2026 emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica de la institución;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 68 de la Constitución Política del Perú, establece que es obligación del Estado promover la conservación de la diversidad biológica y de las Áreas Naturales Protegidas;
Que, mediante el numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, se crea el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP), como organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio del Ambiente; ente rector del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SINANPE), el mismo que se constituye en su autoridad técnico-normativa;
Que, de conformidad con el literal g) del artículo 8 de la Ley Nº 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, es función del SERNANP aprobar los Planes Maestros de las Áreas Naturales Protegidas;
Que, el artículo 18 de la precitada Ley, establece que las Áreas Naturales Protegidas contarán con documentos de planificación de carácter general y específicos, por tipo de recurso y actividad, aprobados por el SERNANP con la participación de los sectores competentes correspondientes, los mismos que una vez aprobados constituyen normas de observancia obligatoria para cualquier actividad que se desarrolle dentro de las áreas;
Que, el artículo 20 de la precitada Ley, establece que la misma Autoridad Nacional aprobará un Plan Maestro por cada Área Natural Protegida, el cual constituye el documento de planificación de más alto nivel con el que cuenta cada ANP y serán elaborados bajo procesos participativos y revisados cada cinco (5) años;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2009-MINAM, se establecen las Disposiciones para la elaboración de los Planes Maestros de las Áreas Naturales Protegidas;
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 068-1986-AG, se estableció como Parque Nacional Yanachaga-Chemillén, la superficie de ciento veintidós mil hectáreas (122 000.00 ha), ubicada en los distritos de Oxapampa, Villa Rica, Huancabamba y Pozuzo de la provincia de Oxapampa del departamento de Pasco;
Que, mediante Resolución Presidencial Nº 202-2021-SERNANP, se aprueban las Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas en materia de Planes Maestros;
Que, mediante Resolución Directoral Nº 005-2022-SERNANP-DDE se aprueban los formatos que permitirán la implementación de las Disposiciones Complementarias para el Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas en materia de Planes Maestros aprobadas mediante Resolución Presidencial Nº 202-2021-SERNANP;
Que, mediante la Resolución Presidencial Nº 011-2022-SERNANP, se aprobó el Plan Maestro del Parque Nacional Yanachaga-Chemillén, para el periodo 2022-2026, como documento de planificación de más alto nivel de dicha área natural protegida;
Que, teniendo en cuenta que en el Informe Nº 000100-2026-SERNANP/DDE-SPPB, se concluye que la propuesta de adecuación del Plan Maestro del Parque Nacional Yanachaga Chemillén (2022–2026), se encuentra sustentada en los resultados de la Evaluación de Medio Término, en información técnica validada generada durante su implementación y en metodologías institucionales vigente, las cuales fortalecen la coherencia interna del Plan Maestro mediante la optimización de estrategias, resultados intermedios, actividades, indicadores, líneas base, metas y supuestos; asimismo, el proceso contó con mecanismos de participación y validación por parte del Comité de Gestión del ANP, fortaleciendo la legitimidad de la propuesta y que dicha propuesta de adecuación no modifica la zonificación, visión, los objetivos estratégicos ni la orientación general de gestión del Plan Maestro, encontrándose orientadas a mejorar su implementación, seguimiento y evaluación; en consecuencia, la propuesta cumple con los criterios técnicos, metodológicos y participativos establecidos para los procesos de adecuación de Planes Maestros de Áreas Naturales Protegidas, por lo que resulta viable su aprobación, contando con la respectiva conformidad y visto bueno de la Dirección de Gestión Territorial de Áreas Naturales Protegidas y de la Dirección de Uso Sostenible de los Recursos Naturales, solicita su aprobación;
Que, en el Informe Nº 000317-2026-SERNANP/OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica concluye que atendiendo al informe emitido por la Dirección de Desarrollo Estratégico y la conformidad de la Dirección de Gestión Territorial de Áreas Naturales Protegidas y de la Dirección de Uso Sostenible de los Recursos Naturales, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 46 de las Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas en materia de Planes Maestros, aprobadas a través de la Resolución Presidencial Nº 202-2021-SERNANP, corresponde emitir el acto resolutivo que apruebe la adecuación del Plan Maestro del Parque Nacional Yanachaga-Chemillén, para el periodo 2022-2026;
Con las visaciones de la Dirección de Desarrollo Estratégico, de la Dirección de Gestión Territorial de Áreas Naturales Protegidas, de la Dirección de Uso Sostenible de los Recursos Naturales, de la Oficina de Asesoría Jurídica, y de la Gerencia General, y;
De conformidad con las atribuciones conferidas en el literal f) del artículo 10 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000012-2025-SERNANP y en el artículo 46 de las Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas en materia de Planes Maestros, aprobadas a través de la Resolución Presidencial Nº 202-2021-SERNANP;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la adecuación del Plan Maestro del Parque Nacional Yanachaga-Chemillén, para el periodo 2022-2026, como documento de planificación de más alto nivel de la referida Área Natural Protegida, cuyo texto se encuentra contenido en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Encargar a la Jefatura del Parque Nacional Yanachaga-Chemillén, velar por la implementación del referido Plan Maestro.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano y en la sede digital del SERNANP: https://www.gob.pe/sernanp, en el cual, además deberá publicarse el texto del Plan Maestro.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
José Carlos Nieto Navarrete
Presidente Ejecutivo del SERNANP
2539185-1

medio ambienteáreas protegidasgestión ambiental

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