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Universidad Nacional del VRAEM reduce presupuesto en S/ 32,18 millones para 2026

RESOLUCIÓN N° 012-2026-UNAVRAEM · INSTITUCIONES EDUCATIVAS · El Peruano · 12 de junio de 2026

Aprueban reducción del Presupuesto Institucional de la Universidad Nacional del VRAEM, correspondiente al Año Fiscal 2026

Resumen

Autoriza reducción del Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos en la fuente de Recursos Determinados (canon y sobrecanon). Rige desde su publicación en El Peruano.

A quién impacta

Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación: elaborar Notas de Modificación Presupuestaria y remitir copia de la Resolución a organismos de control dentro de cinco días calendario de aprobada.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Pichari, 9 de junio de 2026
VISTO:
El Informe Nº 036-2026-UNAVRAEM/OPPC, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación, de fecha 8 de junio de 2026; y con cargo a dar cuenta al colegiado;
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 18º establece que “cada Universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y las Leyes”;
Que, mediante Ley Nº 32075 se crea la Universidad Nacional del VRAEM como persona jurídica de derecho público interno; Que, el artículo 29º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria señala que: “aprobada la ley de creación de una universidad pública, el Ministerio de Educación (MINEDU) constituye una Comisión Organizadora, tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que, de acuerdo a la presente ley, le correspondan”;
Que, por Resolución Viceministerial Nº 244-2021-MINEDU, se aprobó el documento normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”; el cual tiene por finalidad establecer las disposiciones que orientan la constitución y funcionamiento de las Comisiones Organizadoras, hasta la conformación de órganos de gobierno de las universidades públicas, en el marco de lo dispuesto por el artículo 29º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria. Dentro del cuerpo legal mencionado, establece, en su numeral 6.1.5), que es función del Presidente de la Comisión Organizadora: “a) Ejercer la representación legal de la universidad y de la Comisión Organizadora”, “b) Aprobar el presupuesto general de la universidad, el Plan Anual de Contrataciones, autorizar los actos y contratos que atañen a la universidad y resolver todo lo pertinente a su economía y finanzas”; “d) Emitir resoluciones en los ámbitos de su competencia”;
Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 112-2024-MINEDU, de fecha 15 de octubre de 2024, se constituye la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional del VRAEM, integrada por: Dr. William Elmer Zelada Estraver, Presidente; Dr. Haiber Policarpo Echevarría Rodríguez, Vicepresidente Académico; y, Dr. Nelson Palemón Meza Peña, Vicepresidente de Investigación;
Que, mediante Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, se aprueba el Presupuesto Anual de Gastos para el Año Fiscal 2026 por el monto de S/257 561 619 143,00 (doscientos cincuenta y siete mil quinientos sesenta y un millones seiscientos diecinueve mil ciento cuarenta y tres y 00/100 soles), entre los cuales se encuentran contemplados los créditos presupuestarios iniciales, para el Año Fiscal 2026, de la Universidad Nacional del VRAEM;
Que, con Resolución Presidencial Nº 016-2025-UNAVRAEM, de fecha 19 de diciembre de 2025, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2026 del Pliego 567. Universidad Nacional de VRAEM, por el monto total de S/35 680 113,00 (treinta y cinco millones seiscientos ochenta mil ciento trece y 00/100 soles);
Que, la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, establece en su Segunda Disposición Complementaria Transitoria que “De producirse una modificación en las estimaciones de ingresos que determine una variación en los recursos correspondientes a las fuentes de financiamiento Recursos Directamente Recaudados y Recursos Determinados, se autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, para modificar su presupuesto institucional aprobado por las fuentes de financiamiento antes mencionadas. (...) La modificación del presupuesto institucional autorizada en la presente disposición se aprueba mediante resolución del titular de la entidad para el caso de las entidades del Gobierno Nacional, y mediante acuerdo del consejo regional o concejo municipal para el caso de los gobiernos regionales y los gobiernos locales, respectivamente. La resolución del titular de la entidad y el acuerdo de consejo regional se publica en el diario oficial El Peruano, y el acuerdo del concejo municipal se publica en la sede digital del gobierno local. Copia de la resolución, del acuerdo de consejo regional y del acuerdo de concejo municipal, según corresponda, se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público”;
Que, con Informe Nº 036-2026-UNAVRAEM/OPPC, de fecha 8 de junio de 2026, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación sustenta la reducción del Presupuesto Institucional del Pliego 567. Universidad Nacional del VRAEM para el año fiscal 2026, en la fuente de financiamiento 5 Recursos Determinados, rubro 18 Canon y Sobrecanon, Regalías, Renta de Aduanas y Participaciones, hasta por el monto de S/32 183 402,00 (treinta y dos millones ciento ochenta y tres mil cuatrocientos dos y 00/100 soles), en aplicación de la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, y sustentado en un análisis técnico que incluye, entre otros, los factores coyunturales, la capacidad operativa de la entidad, el comportamiento de la recaudación, el Marco Macroeconómico Multianual 2026-2029 y el Informe de Actualización de Proyección Macroeconómicas 2026-2029 que publica el Ministerio de Economía y Finanzas;
Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar la reducción del Presupuesto Institucional de la Universidad Nacional del VRAEM, según lo requerido por la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación y la normatividad vigente;
De conformidad con la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 30220, Ley Universitaria; la Ley Nº 32075; la Resolución Viceministerial Nº 244-2021-MINEDU; la Resolución Viceministerial Nº 112-2024-MINEDU; la Ley Nº 32513; y demás normas aplicables
SE RESUELVE:
Artículo 1.- APROBAR, la reducción del Presupuesto Institucional del Pliego 567. Universidad Nacional del VRAEM, correspondiente al Año Fiscal 2026, en aplicación a la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2026, hasta por la suma de S/32 183 402,00 (treinta y dos millones ciento ochenta y tres mil cuatrocientos dos y 00/100 soles), en la fuente de financiamiento 5 Recursos Determinados, rubro: 18 Canon y Sobrecanon, Regalías, Renta de Aduanas y Participaciones.
Artículo 2.- DISPONER, que la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación para que elabore las correspondientes “Notas de Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 3.- PUBLICAR, la presente Resolución Presidencial en el Diario Oficial “El Peruano”.
Artículo 4.- REMITIR, copia de la presente Resolución, dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada, a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
Regístrese y comuníquese.
William Elmer Zelada Estraver
Presidente de la Comisión Organizadora
José Luis Carrasco Chávez
Secretario General
2523956-1

presupuesto públicoeducación superiorfinanciamiento

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