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IMPLA aprueba su Texto Único de Procedimientos Administrativos

RESOLUCION N° 014-2025-DIR.IMPLA · MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AREQUIPA · El Peruano · 26 de abril de 2026

Aprueban Texto Único De Procedimientos Administrativos (TUPA) del Instituto Municipal de Planeamiento de Arequipa

Resumen

Aprueba el TUPA del Instituto Municipal de Planeamiento de Arequipa conforme a su Estatuto. Formaliza los procedimientos, requisitos y plazos administrativos del instituto; rige desde su emisión (15 de mayo de 2025).

A quién impacta

Usuarios del IMPLA: informarse de los procedimientos, requisitos y costos disponibles en el TUPA publicado en El Peruano a partir del 26 de abril de 2026.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Arequipa, 15 de mayo de 2025
VISTO:
El Informe Legal Nº 109-2025-IMPLA-GAL/ASE-ARK y el Acuerdo del Acta de Sesión de Ordinaria Nº 021-2025-IMPLA de fecha 14 de mayo del 2025.
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Peru, en su artículo 194º señala que las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de Gobierno Local, con personería Jurídica de derecho público y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con lo dispuesto en el Título Preliminar artículo II de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidad. La autonomía en las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, en mérito al párrafo precedente la Municipalidad Provincial de Arequipa a través de la Ordenanza Nº 875, del 03 de julio de 2014, crea el Instituto Municipal de Planeamiento de Arequipa, en adelante IMPLA, el cual es un Organismo Público Descentralizado de la Municipalidad Provincial, otorgándole como uno de sus principios, el de la supremacía de la planificación y como uno de sus objetivos organizar, dirigir, orientar, promover, conducir y evaluar en forma integral el proceso de planificación de la Provincia de Arequipa;
Que, de acuerdo al artículo 17º del Estatuto del Instituto Municipal de Planeamiento, aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 1347, el Directorio, es el órgano colegiado de mayor jerarquía del Instituto Municipal de Planeamiento - IMPLA y goza de las facultades de gestión necesaria para el cumplimiento de los objetivos del organismo conforme al Estatuto y al ordenamiento jurídico vigente. Tiene naturaleza profesional multidisciplinaria y ejerce sus funciones a través de la participación colegiada de sus miembros, quienes, a su vez, deben proceder cumpliendo sus obligaciones y ejerciendo las facultades individuales que les corresponde;
Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 229-2024-MPA de fecha 12 de junio del 2024, se designa a los Representantes de la Municipalidad Provincial de Arequipa ante el Directorio del Instituto Municipal de Planeamiento de Arequipa - IMPLA y mediante acuerdo de Sesión Extraordinaria Nº 001-2024 (II) de Directorio IMPLA de fecha 17 de junio del 2024, se acuerda por mayoría elegir como presidente del Directorio IMPLA a la Arq. Sonia Hildaura Matta Zegarra;
Que, en cumplimiento a los lineamientos normativos, el artículo 18º de los Estatutos del Instituto Municipal de Planeamiento de Arequipa - IMPLA, aprobado mediante ordenanza Municipal Nº 1347 de fecha 23 de octubre del 2024, establece en el numeral 18.20 que, es función del Directorio “Aprobar el TUPA (…) del Instituto Municipal de Planeamiento - IMPLA conforme a las disposiciones legales vigentes”.
Que, mediante Informe Legal Nº 109-2025-IMPLA-GAL/ASE-ARK, la Gerenta encargada de Asesoría Legal, la Abog. Kelly Acosta Rios concluye que; “2.14 Conforme a la revisión de actuados la propuesta del TUPA IMPLA cumple con los lineamientos establecidos en la Resolución de secretaria de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP respecto a los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del TUPA, así como la Resolución de secretaria de Gestión Publica Nº 002-2019-PCM-SGP para la adecuación al nuevo formato del TUPA. 2.15 Se apruebe la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Instituto Municipal de Planeamiento de Arequipa - IMPLA por el Directorio conforme el numeral 18.20 del artículo 18 del Estatuto aprobado por Ordenanza Municipal Nº 1347”.
Por lo que, mediante Acta de la Sesión Ordinaria Nº 021-2025 de Directorio del Instituto Municipal de Planeamiento de Arequipa - IMPLA, de fecha catorce de mayo del 2025, en su segundo acuerdo los miembros del Directorio acuerdan por UNANIMIDAD, APROBAR EL Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA).
Que, en mérito a lo expuesto y de conformidad con el informe Nº 0139-2025-IMPLA/GG de Gerencia General, Informe Nº 107-2025-IMPLA/GAL-ASE/ARK de la Gerencia de Asesoría Legal y Acta de Sesión Ordinaria Nº 019-2025- de Directorio del IMPLA de fecha 29 de abril del 2025 y en uso de las atribuciones conferidas al Instituto Municipal de Planeamiento - IMPLA, por las Ordenanzas Nº 875, del 03 de julio de 2014, Nº 954, del 30 de diciembre de 2015, y Nº 961, del 03 de febrero de 2016;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR, el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Instituto Municipal de Planeamiento de Arequipa, en mérito al Ítem 18.20 del Estatuto.
Artículo Segundo.- ENCOMENDAR al Gerente General, las acciones competentes que conllevan la presente.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
Sonia Hildaura Matta Zegarra
Presidente de Directorio
Instituto Municipal de Planemiento
IMPLA
* El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.
2506246-1

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