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Chincha, 14 de mayo de 2026
LA COMISIÓN ORGANIZADORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL TECNOLÓGICA DE CHINCHA
VISTOS:
El Acuerdo de Sesión Extraordinaria de Comisión Organizadora de fecha 11 de mayo de 2026; MEMORANDO N° 224-2026-PCO-UNATECH de fecha 11 de mayo de 2026 emitido por la Presidencia de la Comisión Organizadora; CARTA N° 001-2026-OPP-UNATECH de fecha 11 de mayo de 2026 emitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 18º prevé que cada Universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, y el artículo 8º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, establece que la referida autonomía inherente a las Universidades, se ejerce de conformidad con la Constitución y las Leyes de la República e implica las organizaciones de su sistema académico, económico y administrativo, así como la administración de sus bienes y rentas, elaborar su presupuesto y aplicar sus fondos con la responsabilidad que impone la Ley;
Que, mediante la Ley Nº 32020, publicada en el Diario “El Peruano” el 10.05.2024, en el artículo primero se dispone: “Créase la Universidad Nacional Tecnológica de Chincha en la provincia de Chincha del departamento de Ica, como persona jurídica de derecho público interno con sede principal en dicha provincia”; siendo que, con la Ley N° 32149, se constituye como pliego presupuestario;
Que, el artículo 29° de la Ley Universitaria, Ley N° 30220, establece que, aprobada la ley de creación de una universidad pública, el Ministerio de Educación (MINEDU), constituye una Comisión Organizadora integrada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector (…). Esta Comisión tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que, de acuerdo a la presente Ley, le correspondan;
Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 026-2026-MINEDU del 17.02.2026, se reconformó la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Tecnológica de Chincha, integrada por los académicos: Dr. Gregorio Meza Marocho, como Presidente de la Comisión Organizadora; Dr. Marco Antonio Añaños Bedriñana, como Vicepresidente Académico y Dr. Walter Orestes Antezana Julián, como Vicepresidente de Investigación;
Que, el artículo 56° de la Ley Universitaria, Ley Nº 30220, establece que la Asamblea Universitaria es un órgano colegiado que representa a la comunidad universitaria, se encarga de dictar las políticas generales de la universidad. En el caso de la Universidad Nacional Tecnológica de Chincha, dada su condición y naturaleza, corresponde ejercer dicha atribución a la Comisión Organizadora quien hace las veces de Asamblea Universitaria, disposición relacionada con el Documento Normativo denominado: “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, aprobado por la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU y modificatorias (en adelante el Documento Normativo), el cual tiene por finalidad establecer las disposiciones que orientan la constitución y funcionamiento de las Comisiones Organizadoras, hasta la conformación de órganos de gobierno de las universidades públicas, en el marco de lo dispuesto por el artículo 29º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria;
Que, el literal a) del numeral 6.1.4 del Acápite VI del Documento Normativo, dispone que la Comisión Organizadora, tiene entre otras funciones, la de elaborar o modificar, según corresponda, y aprobar los estatutos de la universidad, así como remitir el nuevo estatuto de la universidad a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - SUNEDU;
Que, en ese marco, se tiene que mediante Resolución de Comisión Organizadora N° 012-2025-CO-UNATECH de fecha 08.08.2025, se dispuso entre otros, aprobar el Estatuto de la Universidad Nacional Tecnológica de Chincha, que representa el máximo instrumento de gestión normativo de la UNATECH y norma su funcionamiento para el cumplimiento de sus principios y fines, de conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú, Ley Universitaria, Ley N° 30220; Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU y demás normas que le son aplicables;
Que, durante el proceso de implementación de lo dispuesto en el Estatuto de la Universidad Nacional Tecnológica de Chincha, se han identificado necesidades de mejora y precisiones en algunos articulados, por lo que, el Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto con Carta N° 001-2026-OPP-UNATECH del 11.05.2026, presenta y sustenta el informe para la aprobación del nuevo Estatuto Universitario de la UNATECH, precisando que su elaboración se ha realizado bajo el acompañamiento técnico de la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria - DICOPRO del Ministerio de Educación, quien mediante correo electrónico de fecha 08.05.2026 informa que se ha realizado la subsanación de las ultimas observaciones realizadas, confirmando que este documento de gestión se encuentra apto para proseguir con las siguientes etapas definidas por la Ley N° 30220, Ley Universitaria y los procedimientos internos de la universidad;
Que, el numeral 6.3.1 del Acápite VI del Documento Normativo establece que el Estatuto es el instrumento normativo de más alto nivel de la universidad, contiene las disposiciones generales respecto a la organización académica, la investigación, el Gobierno de la Universidad; sobre los docentes, estudiantes y graduados, de acuerdo a la Ley Universitaria, la Ley de Creación y otras normativas aplicables. Asimismo, el estatuto las disposiciones que permitirán a la Comisión Organizadora ejercer sus funciones hasta la culminación del proceso de constitución de los órganos de gobierno de la universidad;
Que, en virtud a lo expuesto, el Presidente de la Comision Organizadora mediante el Memorándum N° 224-2026-PCO-UNATECH del 11.05.2026, dispone a Secretaría General agendar en Sesión Extraordinaria N° 007-2026-UANTECH de fecha 11.05.2026, como punto de agenda la aprobación del nuevo Estatuto de la Universidad Nacional Tecnológica de Chincha, con el propósito de dar el correcto cumplimiento a las atribuciones y competencias asignadas por la Constitución, la Ley N° 30220, Ley Universitaria y la Ley Resolución Viceministerial Nº 244-2021-MINEDU a la Comisión Organizadora de la UNATECH;
Que, se ha establecido como atribución de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Tecnológica de Chincha, la facultad de elaborar o modificar, según corresponda, y aprobar los estatutos de la universidad, así como remitir el nuevo estatuto de la universidad a la SUNEDU, por lo que, en mérito al pedido del Presidente de la Comisión Organizadora y debatido el caso en Sesión Extraordinaria N° 007-2026-UNATECH de fecha 11.05.2026, se acordó por unanimidad los acuerdos contenidos en la parte resolutiva de la presente resolución;
Estando a lo expuesto y de conformidad a las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 18° de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 30220, Ley Universitaria; el Documento Normativo denominado: “Disposiciones para la Constitución y Funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de las Universidades Públicas en proceso de Constitución”, aprobado mediante la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU y sus modificatorias; Resolución Viceministerial Nº 026-2026-MINEDU, así como en el Estatuto de la Universidad Nacional Tecnológica de Chincha y demás normas concordantes;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR, el Estatuto de la Universidad Nacional Tecnológica de Chincha - UNATECH, el mismo que consta de cuatro (4) Títulos, doce (12) Capítulos, ciento noventa y seis (196) Artículos y ocho (8) Disposiciones Complementarias y Transitorias, conforme al anexo que forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo Segundo.- El Estatuto de la Universidad Nacional Tecnológica de Chincha entrará en vigencia desde el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO, la Resolución de Comisión Organizadora N° 012-2025-CO-UNATECH, así como toda disposición que se oponga a la presente resolución.
Artículo Cuarto.- REMITIR, la presente resolución a la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria - DICOPRO del Ministerio de Educación y a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - SUNEDU, para su conocimiento y demás fines de Ley.
Artículo Quinto.- NOTIFICAR, la presente resolución a todas las instancias y dependencias administrativas y académicas de la Universidad Nacional Tecnológica de Chincha, para su conocimiento, cumplimiento y demás fines pertinentes.
Artículo Sexto.- DISPONER, a Secretaría General la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Oficina de Tecnologías de la Información la publicación de dicha resolución y su anexo en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en el Portal de Transparencia Estándar (PTE) y en el Portal Institucional (www.unatech.edu.pe) de la Universidad Nacional Tecnológica de Chincha.
Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.
GREGORIO MEZA MAROCHO
Presidente de la Comisión Organizadora
KEVIN YUVER CHIHUAN QUISPE
Secretario General
2515859-1