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SENAMHI transfiere S/ 79,749.00 a la Contraloría para auditoría externa 2026

RESOLUCIÓN N° 099-2026-SENAMHI/PREJ · AMBIENTE · El Peruano · 18 de junio de 2026

Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República

Resumen

Autoriza la transferencia de fondos del presupuesto 2026 del SENAMHI a la Contraloría General para financiar la retribución y el IGV de la Sociedad de Auditoría Externa. Rige desde su publicación en El Peruano.

A quién impacta

Oficina de Planeamiento y Presupuesto y Oficina de Administración del SENAMHI: registrar la transferencia en el SIAF contra la Categoría Presupuestal 9001, Actividad 5000003.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Lima, 17 de junio de 2026
VISTOS:
El Oficio N° 001209-2026-CG/GAD, de la Gerencia de Administración de la Contraloría General de la República; el Memorando N° D000719-2026-SENAMHI-OA, de la Oficina de Administración; la Nota de Elevación N° D000159-2026-SENAMHI-OPP y el Memorando N° D000604-2026-SENAMHI-OPP, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Legal N° D000186-2026-SENAMHI-OAJ, de la Oficina de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 24031, Ley del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología, modificada por la Ley N° 27188, establece que, el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHI es un organismo público descentralizado, con personería jurídica de derecho público interno y autonomía técnica, administrativa y económica, el cual se encuentra adscrito como organismo público ejecutor al Ministerio del Ambiente, conforme con la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013;
Que, mediante la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, se aprobó el Presupuesto del Sector Público correspondiente al Año Fiscal 2026;
Que, con la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 294-2025-SENAMHI/PREJ, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2026 del Pliego 331. SERVICIO NACIONAL DE METEOROLOGÍA E HIDROLOGÍA;
Que, el segundo y tercer párrafo del artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, señala que, las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras, con cargo a su presupuesto institucional, a favor de la Contraloría General de la República, para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del Titular del Pliego así como del jefe de la Oficina de Administración y del jefe de la Oficina de Presupuesto o las que hagan sus veces en el Pliego; asimismo, se establece que las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo que la resolución del titular del pliego se publica en el diario oficial “El Peruano”;
Que, el artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del SENAMHI, aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-2016-MINAM, señala que, el Presidente Ejecutivo es Titular del Pliego;
Que, mediante la Resolución de Contraloría N° 237-2021-CG, se aprueba el Tarifario que establece el monto de la retribución económica de las Sociedades de Auditoría, así como, el Impuesto General a las Ventas (IGV) y el derecho de designación y supervisión de las Sociedades de Auditoría por el periodo a auditar, que las entidades del Gobierno Nacional, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las Sociedades de Auditoría;
Que, a través del Oficio N° 001209-2026-CG/GAD, la Gerencia de Administración de la Contraloría General de la República solicitó al SENAMHI realizar la transferencia financiera correspondiente al periodo 2026, en el marco de lo establecido en la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, y la Resolución de Contraloría N° 237-2021-CG;
Que, con el Memorando N° D000719-2026-SENAMHI-OA, la Oficina de Administración en virtud a lo comunicado por la Contraloría General de la República solicitó se gestione la transferencia de la retribución económica mediante el SIAF, seleccionando el tipo de operación TF (Transferencia Financiera Otorgada) a favor de la Unidad Ejecutora 001-196: Contraloría General;
Que, mediante la Nota de Elevación N° D000159-2026-SENAMHI-OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto con sustento en el Informe N° D000085-2026-SENAMHI-UP, de la Unidad de Presupuesto, emitió opinión favorable y otorgó disponibilidad presupuestal por el monto de S/ 79 749,00 (SETENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, destinada a financiar el 100% de la retribución económica más el IGV, que se deriven de la contratación de la Sociedad de Auditoría, periodo auditado 2026 del Pliego 331. SERVICIO NACIONAL DE METEOROLOGÍA E HIDROLOGÍA, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, y en la Resolución de Contraloría N° 237-2021-CG; asimismo, a través del Memorando N° D000604-2026-SENAMHI-OPP, realiza precisiones al Informe N° D000085-2026-SENAMHI-UP;
Que, mediante el Informe Legal de los vistos, la Oficina de Asesoría Jurídica opinó que, resulta viable legalmente emitir el acto resolutivo para efectuar la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República;
Con los vistos de la Oficina de Administración, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 24031, Ley del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología - SENAMHI, modificada por la Ley N° 27188; la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; el Decreto Supremo N° 003-2016-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHI; y la Resolución de Contraloría N° 237-2021-CG.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- AUTORIZAR la transferencia financiera del Pliego 331. SERVICIO NACIONAL DE METEOROLOGÍA E HIDROLOGÍA, hasta por la suma de S/ 79 749,00 (SETENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON 00/100 SOLES), a favor de la Contraloría General de la República, para financiar el 100% de la retribución económica que incluye el Impuesto General a las Ventas (IGV) por el periodo auditado 2026, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, destinado a la contratación de la Sociedad de Auditoría Externa, correspondiente al periodo 2026.
Artículo 2.- ESTABLECER que la transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente resolución, se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal 2026, del Pliego 331. SERVICIO NACIONAL DE METEOROLOGÍA E HIDROLOGÍA, Categoría Presupuestal 9001: “Acciones Centrales”, Producto: 3.999999 “Sin Producto”, Actividad 5000003: “Gestión Administrativa”, Específica del Gasto 2.4.1.3.1.1 “A OTRAS UNIDADES DEL GOBIERNO NACIONAL”, Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios.
Artículo 3.- DISPONER que los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución, bajo responsabilidad, no podrán ser destinados a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- NOTIFICAR la presente resolución a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y a la Oficina de Administración, para los fines pertinentes.
Artículo 5.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano” y en el Portal Web Institucional del SENAMHI (www.senamhi.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDGAR ANDDY SÁNCHEZ DE LA CRUZ
Presidente Ejecutivo (e)
Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología
del Perú - SENAMHI
2527000-1

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