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Ministerio Público nombra fiscal adjunto provisional en Zarumilla, Tumbes

RESOLUCION N° 1265-2026-MP-FN · MINISTERIO PÚBLICO · El Peruano · 5 de mayo de 2026

Nombran fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Tumbes

Resumen

Designa a Yefri Leyter Morales Cerna como fiscal adjunto provincial provisional en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Zarumilla, Distrito Fiscal de Tumbes. Rige desde su publicación en El Peruano (5 de mayo de 2026).

A quién impacta

Órganos del Ministerio Público y Junta Nacional de Justicia deben registrar y comunicar la designación conforme a protocolos administrativos internos.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Lima, 4 de mayo del 2026
VISTOS:
El oficio Nº 001538-2025-MP-FN-PJFSTUMBES, e informe Nº 0057-2026-MP-FN-OREF-EJVP, y;
CONSIDERANDO:
Mediante el oficio de vistos, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Tumbes, eleva propuesta en terna para cubrir la plaza de fiscal adjunto provincial en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Zarumilla.
Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo.
El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modificada por la Ley Nº 31718, señala que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa.
Al respecto, el Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse indefinidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria.
En ese sentido, es necesario emitir el acto resolutivo correspondiente a fin de nombrar y designar al abogado Yefri Leyter Morales Cerna, para que ocupe provisionalmente el cargo de fiscal adjunto provincial en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Zarumilla; en atención al marco normativo, previa verificación del cumplimiento de los requisitos de ley y según el informe Nº 0057-2026-MP-FN-OREF-EJVP, de fecha 29 de abril de 2026.
De conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Nombrar al abogado Yefri Leyter Morales Cerna, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Tumbes, designándolo en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Zarumilla.
Artículo Segundo.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Tumbes, Coordinador Nacional de las Fiscalías Penales de competencia de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “A” y encargado de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “B”, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Imagen Institucional y al abogado mencionado.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Tomás Aladino Gálvez Villegas
Fiscal de la Nación
2512017-8

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