Aceptan renuncia de fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Puno
RESOLUCIÓN 2578-2026-MP-FN
Aceptación de renuncia de fiscal provincial provisional en Puno. Acto administrativo de término de relación funcional.
RESOLUCIÓN N° 1437-2026-MP-FN · MINISTERIO PÚBLICO · El Peruano · 23 de mayo de 2026
Nombran fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Piura y precisan que la plaza tiene condición de transitoria
Designa a Katterin Yireily Rios Nuñez como fiscal provincial provisional en la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Trata de Personas de Piura, con retención de su cargo de carrera. La plaza tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026.
La abogada nombrada debe asumir sus funciones conforme a la Directiva General N° 007-2002-MP-FN; el Ministerio Público notifica a la Junta Nacional de Justicia y autoridades indicadas.
Fuente oficial: texto completo en El Peruano
Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.
Lima, 21 de mayo de 2026 VISTOS: El oficio Nº 000435-2026-MP-FN-FSCN-FEDTP, de fecha 8 de abril de 2026, el oficio Nº 001946-2026-MP-FN-PJFSPIURA, de fecha 29 de abril de 2026, e informe Nº 0322-2026-MP-FN-OREF-MYGL, de fecha 19 de mayo de 2026; y, CONSIDERANDO: Mediante el oficio Nº 000435-2026-MP-FN-FSCN-FEDTP, la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Trata de Personas, eleva propuesta en terna para cubrir la plaza de fiscal provincial en la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Trata de Personas de Piura. Con oficio Nº 001946-2026-MP-FN-PJFSPIURA, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Piura, remite el oficio Nº 000586-2026-MP-FN-UEDFPIUR, de fecha 29 de abril de 2026, suscrito por la Unidad Ejecutora del Distrito Fiscal de Piura, mediante el cual informa que la plaza mencionada en el párrafo precedente cuenta con registro en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) Nº 000496 y con disponibilidad presupuestal para ser ocupada. A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 096-2026-MP-FN, de fecha 13 de enero de 2026, se resolvió designar a la abogada Katterin Yireily Rios Nuñez, fiscal adjunta provincial titular penal de Piura, Distrito Fiscal de Piura, en la 3º Fiscalía Provincial Penal de Flagrancia Delictiva del Distrito Fiscal de Piura. Posteriormente, con Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 521-2026-MP-FN, de fecha 23 de febrero de 2026, se resolvió destacar a la referida abogada a la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Trata de Personas de Piura. Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo. El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modificada por la Ley Nº 31718, señala que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa. El artículo 65 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modificada por la Ley Nº 31718, establece que el fiscal llamado a cubrir provisionalmente una plaza superior es aquel que ocupe el puesto más alto en el cuadro de méritos de su nivel, como consecuencia del proceso de evaluación del desempeño parcial. En defecto de ello, el nombramiento se realiza respetando el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. El Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse indefinidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria. En ese sentido, es necesario emitir el resolutivo correspondiente a fin de nombrar y designar a la abogada Katterin Yireily Rios Nuñez, para que ocupe provisionalmente el cargo de fiscal provincial en la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Trata de Personas de Piura, con retención de su cargo de carrera, para lo cual previamente se deberán concluir su designación y destaque señalados en el tercer párrafo de la parte considerativa de la presente resolución; en atención al marco normativo, previa verificación del cumplimiento de los requisitos de ley y según el informe Nº 0322-2026-MP-FN-OREF-MYGL, de fecha 19 de mayo de 2026. Es de precisar que la plaza señalada en el párrafo precedente —con carácter transitorio— corresponde a las creadas mediante Resolución de Junta de Fiscales Supremos Nº 009-2020-MP-FN-JFS, de fecha 24 de febrero de 2020, cuya vigencia fue prorrogada del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026, por Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 068-2025-MP-FN-JFS, de fecha 30 de diciembre de 2025. De conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada con el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación de la abogada Katterin Yireily Rios Nuñez, fiscal adjunta provincial titular penal de Piura, Distrito Fiscal de Piura, en la 3º Fiscalía Provincial Penal de Flagrancia Delictiva del Distrito Fiscal de Piura, así como su destaque en la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Trata de Personas de Piura, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 096-2026-MP-FN y 521-2026-MP-FN, de fechas 13 de enero de 2026 y 23 de febrero de 2026, respectivamente. Artículo Segundo.- Nombrar a la abogada Katterin Yireily Rios Nuñez, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Piura, designándola en la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Trata de Personas de Piura (AIRHSP Nº 000496), con retención de su cargo de carrera Artículo Tercero.- Precisar que la plaza señalada en el artículo segundo, tiene la condición de transitoria en mérito a lo dispuesto con la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 009-2020-MP-FN-JFS, de fecha 24 de febrero de 2020, cuya vigencia fue prorrogada del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026, por Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 068-2025-MP-FN-JFS, de fecha 30 de diciembre de 2025. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento a la abogada Katterin Yireily Rios Nuñez que debe efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Quinto.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Piura, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Trata de Personas, Coordinador Nacional de las Fiscalías Penales de competencia de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “A” y encargado de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “B”, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Integridad Institucional, Oficina de Imagen Institucional y a la fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. Tomás Aladino Gálvez Villegas Fiscal de la Nación 2518080-6
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