JNE da por concluida la designación de Carmen Rosa Pariona Villaverde en Jurado Electoral de Cañete

RESOLUCIÓN Nº 1605-2026-JNE · JURADO NACIONAL DE ELECCIONES · El Peruano · 2 de julio de 2026

Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de tercer miembro titular del Jurado Electoral Especial de Cañete hasta el cierre del mismo, en el marco de las Elecciones Generales 2026

Resumen

Cesa la participación de doña Carmen Rosa Pariona Villaverde como tercer miembro del Jurado Electoral Especial de Cañete desde el 1 de julio de 2026 y convoca a su suplente, don Javier Francisco García Paz, para asumir la titularidad hasta el cierre del proceso electoral.

A quién impacta

Don Javier Francisco García Paz debe asumir como tercer miembro titular del Jurado Electoral Especial de Cañete a partir del 1 de julio de 2026 hasta el cierre de las Elecciones Generales 2026.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Lima, 30 de junio de 2026
VISTO: El Oficio Nº 000619-2026-JEECAÑETE-EG2026/JNE, del 26 de junio de 2026, presentado por don Jacinto Arnaldo Cama Quispe, presidente del Jurado Electoral Especial de Cañete (en adelante, JEE de Cañete), instalado en el marco de las Elecciones Generales 2026 (EG 2026), mediante el cual comunica que la licencia sin goce de haber otorgada por su centro de labores a doña Carmen Rosa Pariona Villaverde, tercer miembro del JEE, finiquita el 30 del mes y año en curso.
CONSIDERANDO QUE:
1. Conforme a lo establecido en el artículo 33, de la Ley Nº 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones (LOJNE), los Jurados Electorales Especiales (JEE) son órganos temporales de administración de justicia electoral, presididos por un juez superior designado por la Corte Superior de Justicia del respectivo distrito judicial, un miembro designado por el Ministerio Público; y, un tercer miembro designado por el Jurado Nacional de Elecciones mediante sorteo en acto público de una lista de veinticinco ciudadanos que residan en la sede del jurado electoral especial y que se encuentren inscritos en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil.
2. A través del Decreto Supremo Nº 039-2025-PCM, se convocaron las EG 2026, disponiéndose la instalación progresiva de sesenta JEE, conforme a lo previsto en la Resolución Nº 0128-2025-JNE, del 3 de abril de 2025, modificada por la Resolución Nº 0237-2025-JNE, del 19 de junio de 2025.
En ese marco, el 30 de setiembre de 2025, se instalaron treinta y un JEE, cuya conformación –incluyendo los miembros titulares y suplentes– fue declarada mediante la Resolución Nº 0452-2025-JNE, del 25 de setiembre de 2025, entre ellos el JEE de Cañete, designándose a doña Carmen Rosa Pariona Villaverde y a don Javier Francisco García Paz, como tercer miembro titular y suplente, respectivamente.
3. Por medio del Oficio citado en el visto, el presidente del JEE de Cañete puso en conocimiento de la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones que la licencia sin goce de haber otorgada a doña Carmen Rosa Pariona Villaverde, mediante Resolución Directoral Ugel Nº 08 Nº 005956-2026, del 23 de diciembre de 2026, culmina el 30 de junio de 2026, por lo que se reincorporará a sus labores en su Institución.
4. Al respecto, es necesario precisar que el cargo es de naturaleza irrenunciable. No obstante, considerando que el proceso electoral se encuentra en su etapa final y que doña Carmen Rosa Pariona Villaverde se reincorporará a sus funciones como docente, corresponde -de manera excepcional y por única vez-, dar por concluida su designación como tercer miembro del JEE a partir del 1 de julio de 2026, expresándole el debido agradecimiento institucional por los servicios prestados.
5. En ese sentido, a efectos de garantizar la continuidad de funciones y asegurar el quorum mínimo requerido para la emisión de pronunciamientos, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 9.7 del Reglamento de Gestión de los Jurados Electorales Especiales para Procesos Electorales, aprobado por la Resolución Nº 0162-2025-JNE, corresponde convocar a don Javier Francisco García Paz, primer suplente, a fin de que asuma el cargo de tercer miembro del JEE de Cañete, en calidad de titular.
Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE:
1. DAR POR CONCLUIDA, con efectividad desde el 1 de julio de 2026, la participación de doña Carmen Rosa Pariona Villaverde, como tercer miembro del Jurado Electoral Especial de Cañete, expresándosele las gracias por los servicios prestados en la impartición de justicia electoral.
2. CONVOCAR de manera permanente a don Javier Francisco García Paz para que asuma, el cargo de tercer miembro titular del Jurado Electoral Especial de Cañete hasta el cierre del mismo, en el marco de las Elecciones Generales 2026.
3. PONER la presente resolución en conocimiento del Poder Judicial, la Presidencia del Consejo de Ministros, el Ministerio Público, la Oficina Nacional de Procesos Electorales, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, la Defensoría del Pueblo, la Contraloría General de la República, el Ministerio de Economía y Finanzas, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Defensa, la Corte Superior de Justicia de Cañete, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Cañete, el presidente del Jurado Electoral Especial de Cañete, a doña Carmen Rosa Pariona Villaverde y a don Javier Francisco García Paz, para los fines pertinentes.
4. DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones y en el panel del Jurado Electoral Especial de Cañete.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
BURNEO BERMEJO
MAISCH MOLINA
GONZALES BARRON
TORRES CORTEZ
OYARCE YUZZELLI
Clavijo Chipoco
Secretaria General
2530795-1

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