Aceptan renuncia de fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Puno
RESOLUCIÓN 2578-2026-MP-FN
Aceptación de renuncia de fiscal provincial provisional en Puno. Acto administrativo de término de relación funcional.
RESOLUCIÓN N° 1613-2026-MP-FN · MINISTERIO PÚBLICO · El Peruano · 6 de junio de 2026
Aceptan renuncia de fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Norte
Se acepta la renuncia del abogado Luis Alberto Alvarez Aguayo como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Norte, con eficacia a partir del 19 de mayo de 2026. Las acciones legales por quejas en trámite continúan sin afectación.
Oficina General de Potencial Humano y Junta de Fiscales Superiores de Lima Norte: gestionar entrega de cargo conforme directiva vigente e inscribir al renunciante como personal administrativo en SIGA.
Fuente oficial: texto completo en El Peruano
Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.
Lima, 5 de junio de 2026 VISTOS: Los oficios Nºs. 004992 y 005318-2026-MP-FN-PJFSLIMANORTE, de fechas 14 y 25 de mayo de 2026, respectivamente, e informe Nº 0091-2026-MP-FN-OREF-MGAS, de fecha 26 de mayo de 2026, y; CONSIDERANDO: Mediante los oficios de vistos, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Norte, remite y expresa conformidad a la carta y escrito complementario presentados en fechas 13 y 22 de mayo de 2026, respectivamente, suscritos por el abogado Luis Alberto Alvarez Aguayo, fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Norte, designado en la Décima Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Lima Norte, quien presenta su renuncia al cargo por motivos estrictamente profesionales. En su carta de renuncia y escrito complementario, el citado abogado solicita la exoneración del plazo de anticipación previsto en la ley, para que su renuncia se haga efectiva a partir del 19 de mayo de 2026, e informa el haber comunicado sobre la misma a su entonces jefe inmediato, por lo que cumple con los lineamientos establecidos en el oficio circular Nº 001-2022-MP-FN-PJFS, de fecha 20 de abril de 2022. Mediante Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 549-2020-MP-FN y 707-2020-MP-FN, de fechas 11 de marzo de 2020 y 17 de junio de 2020, respectivamente, se resolvió nombrar al abogado Luis Alberto Alvarez Aguayo como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Norte, designado en la Décima Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Lima Norte, con reserva de su plaza de origen; vigencia sujeta a lo dispuesto en la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024. Del reporte de quejas y denuncias Nº 01294-2026-202000500, de fecha 20 de mayo de 2026, emitido por la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, se advierte que el citado abogado registra once (11) quejas en trámite. El numeral 3 del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, prevé que el cargo de fiscal termina, entre otros, por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece que “el término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma” (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fiscales). El numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 006-2026-JUS, establece lo siguiente: “ La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción”. En virtud de la facultad concedida al Fiscal de la Nación, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a lo señalado en el informe Nº 0091-2026-MP-FN-OREF-MGAS, de fecha 26 de mayo de 2026, resulta necesario emitir el acto resolutivo que acepte la renuncia del abogado Luis Alberto Alvarez Aguayo, con eficacia anticipada a partir del 19 de mayo de 2026. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052, y modificada por el único artículo de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado Luis Alberto Alvarez Aguayo, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Norte, y a su designación en la Décima Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Lima Norte, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 549-2020-MP-FN, 707-2020-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 11 de marzo y 17 de junio de 2020, y 30 de diciembre de 2024, respectivamente, con eficacia anticipada a partir del 19 de mayo de 2026; sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento al abogado Luis Alberto Alvarez Aguayo que debe efectuar la entrega de cargo, conforme a lo dispuesto en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Tercero.- Disponer que la Oficina General de Potencial Humano y/o Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal respectivo, realice la gestión correspondiente en relación al abogado Luis Alberto Alvarez Aguayo, quien se encuentra con reserva de su plaza como personal administrativo registrado en el Sistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA). Artículo Cuarto.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Norte, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva, Oficina de Integridad Institucional, Oficina de Imagen Institucional y al abogado mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. Tomás Aladino Gálvez Villegas Fiscal de la Nación 2522965_1
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