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Ministerio Público acepta renuncia de fiscal provisional en Huánuco con eficacia desde el 29 de mayo de 2026

RESOLUCIÓN N° 1617-2026-MP-FN · MINISTERIO PÚBLICO · El Peruano · 6 de junio de 2026

Aceptan renuncia de fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Huánuco

Resumen

Formaliza la salida del abogado Luis Alberto Meza Espinoza del cargo de fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Huánuco. La renuncia tiene eficacia anticipada al 29 de mayo de 2026, aunque la resolución se publica el 6 de junio de 2026.

A quién impacta

Luis Alberto Meza Espinoza debe efectuar entrega de cargo conforme a la Directiva General N° 007-2002-MP-FN. El Ministerio Público notifica a la Junta Nacional de Justicia y oficinas vinculadas. Acciones legales pendientes no se extinguen.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Lima, 5 de junio de 2026
VISTOS:
Los oficios N°s. 002962 y 003024-2026-MP-FN-PJFSHUANUCO, de fechas 2 y 3 de junio de 2026, respectivamente, e informe N° 0347-2026-MP-FN-OREF-MYGL, de fecha 4 de junio de 2026, y;
CONSIDERANDO:
Mediante los oficios de vistos, cursados por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huánuco, se remite la carta presentada en fecha 28 de mayo de 2026, suscrita por el abogado Luis Alberto Meza Espinoza, fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Huánuco, designado en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Leoncio Prado-Aucayacu, quien presenta su renuncia al cargo por motivos laborales.
En su carta de renuncia, el citado abogado solicita la exoneración del plazo de anticipación previsto en la ley, para que su renuncia se haga efectiva a partir del 29 de mayo de 2026, ante lo cual la precitada Presidencia otorga conformidad, por lo que cumple con los lineamientos establecidos en el oficio circular N° 001-2022-MP-FN-PJFS, de fecha 20 de abril de 2022.
Por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 031-2021-MP-FN, de fecha 12 de enero de 2021, se resolvió nombrar al abogado Luis Alberto Meza Espinoza, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Huánuco, designándolo en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Leoncio Prado-Aucayacu; vigencia sujeta a lo dispuesto en la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.
Del reporte de quejas y denuncias N° 01413-2026-202000500, de fecha 3 de junio de 2026, emitido por la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, se advierte que el citado abogado registra una (1) queja en trámite.
El numeral 3 del artículo 106 de la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, prevé que el cargo de fiscal termina, entre otros, por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-90-PCM, establece que “el término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma” (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fiscales).
El numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 006-2026-JUS, establece que “la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción”.
En virtud de la facultad concedida al Fiscal de la Nación, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a lo señalado en el informe N° 0347-2026-MP-FN-OREF-MYGL, de fecha 4 de junio de 2026, resulta necesario emitir el resolutivo que acepte la renuncia del abogado Luis Alberto Meza Espinoza, con eficacia anticipada a partir del 29 de mayo de 2026.
De conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo N° 052;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado Luis Alberto Meza Espinoza, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Huánuco, y a su designación en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Leoncio Prado-Aucayacu, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N°s. 031-2021-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 12 de enero de 2021 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente; con eficacia anticipada a partir del 29 de mayo de 2026, sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite.
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento al abogado Luis Alberto Meza Espinoza que debe efectuar la entrega de cargo, conforme a lo dispuesto en la Directiva General N° 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.
Artículo Tercero.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huánuco, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Integridad Institucional, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva, Oficina de Imagen Institucional y al abogado mencionado.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Tomás Aladino Gálvez Villegas
Fiscal de la Nación
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