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Ministerio Público nombra fiscal adjunta provincial provisional en Ayacucho

RESOLUCIÓN N° 1649-2026-MP-FN · MINISTERIO PÚBLICO · El Peruano · 10 de junio de 2026

Nombran fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Ayacucho

Resumen

Designa a Gabriela Quispe Rojas como fiscal adjunta provincial provisional de la Primera Fiscalía Provincial de Familia del Distrito Fiscal de Ayacucho. El nombramiento produce efectos desde su emisión y notificación del 9 de junio de 2026.

A quién impacta

Oficinas del Ministerio Público deben notificar a la Junta Nacional de Justicia, Junta de Fiscales Superiores de Ayacucho y demás instancias indicadas; la designada asume funciones conforme al régimen laboral aplicable.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Lima, 9 de junio de 2026
VISTOS:
El oficio Nº 001949-2026-MP-FN-PJFSAYACUCHO, e informe Nº 0136-2026-MP-FN-OREF-JJCP, y;
CONSIDERANDO:
Mediante el oficio de vistos, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ayacucho, eleva propuesta en terna para cubrir la plaza de fiscal adjunto provincial en la Primera Fiscalía Provincial de Familia de Huamanga.
Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo.
El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modificada por la Ley Nº 31718, señala que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa.
Al respecto, el Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse indefinidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria.
En ese sentido, es necesario emitir el resolutivo correspondiente a fin de nombrar y designar a la abogada Gabriela Quispe Rojas, para que ocupe provisionalmente el cargo de fiscal adjunta provincial en la Primera Fiscalía Provincial de Familia de Huamanga; en atención al marco normativo, previa verificación del cumplimiento de los requisitos de ley y según el informe Nº 0136-2026-MP-FN-OREF-JJCP, de fecha 3 de junio de 2026.
De conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Nombrar a la abogada Gabriela Quispe Rojas, como fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Ayacucho, designándola en la Primera Fiscalía Provincial de Familia de Huamanga.
Artículo Segundo.- Disponer que la Oficina General de Potencial Humano y/o Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal respectivo, realice las acciones que correspondan en el marco de sus competencias y/o delegación de funciones, considerando el régimen laboral en el que se encuentra sujeta la abogada Gabriela Quispe Rojas.
Artículo Tercero.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ayacucho, Coordinadora Nacional de las Fiscalías Superiores de Familia y Provinciales de Familia, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Integridad Institucional, Oficina de Imagen Institucional y a la abogada mencionada.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Tomás Aladino Gálvez Villegas
Fiscal de la Nación
2523943-10

ministerio públicoayacucho

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