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Ministerio Público acepta renuncia de fiscal adjunta provincial del Cusco

RESOLUCIÓN N° 1980-2026-MP-FN · MINISTERIO PÚBLICO · El Peruano · 14 de julio de 2026

Aceptan renuncia de fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal del Cusco

Resumen

Se acepta la renuncia de la abogada Yesika Palmira Tinta Chuquirimay, fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal del Cusco, efectiva desde el 27 de julio de 2026. La renuente debe realizar entrega de cargo conforme a procedimientos administrativos vigentes.

A quién impacta

La renuente debe efectuar la entrega de cargo conforme a la Directiva General N° 007-2002-MP-FN; la Oficina General de Potencial Humano debe gestionar la reserva de su plaza administrativa.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Lima, 7 de julio de 2026
VISTOS:
El oficio Nº 001725-2026-MP-FN-PJFSCUSCO, de fecha 30 de junio de 2026, e informe Nº 0082-2026-MP-FN-OREF-EBRV, de fecha 3 de julio de 2026, y;
CONSIDERANDO:
Mediante el oficio de vistos, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Cusco, remite y otorga conformidad a la carta de renuncia presentada en fecha 26 de junio de 2026, suscrita por la abogada Yesika Palmira Tinta Chuquirimay, fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal del Cusco, designada en la Fiscalía Provincial Penal de Canas, quien presenta su renuncia al cargo por motivo de salud de familiar directo.
En la carta de renuncia, la citada abogada solicita que su renuncia se haga efectiva a partir del 27 de julio de 2026, para lo cual presenta la misma considerando el plazo de anticipación previsto en la ley, advirtiéndose que cuenta con el visto bueno de su jefe inmediato, por lo que cumple con los lineamientos establecidos en el oficio circular Nº 001-2022-MP-FN-PJFS, de fecha 20 de abril de 2022.
Con Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 845-2024-MP-FN, de fecha 26 de marzo de 2024, se resolvió nombrar a la abogada Yesika Palmira Tinta Chuquirimay, como fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal del Cusco, designándola en la Fiscalía Provincial Penal de Canas, con reserva de su plaza de origen; vigencia sujeta a lo dispuesto en la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.
El numeral 3 del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, prevé que el cargo de fiscal termina, entre otros, por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece que “el término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien este facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma” (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fiscales).
En virtud de la facultad concedida al Fiscal de la Nación, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a lo señalado en el informe Nº 0082-2026-MP-FN-OREF-EBRV, de fecha 3 de julio de 2026, resulta necesario emitir el resolutivo que acepte la renuncia de la abogada Yesika Palmira Tinta Chuquirimay, a partir del 27 de julio de 2026.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052, y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por la abogada Yesika Palmira Tinta Chuquirimay, como fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal del Cusco, y a su designación en la Fiscalía Provincial Penal de Canas, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 845-2024-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 26 de marzo y 30 de diciembre de 2024, respectivamente; a partir del 27 de julio de 2026.
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento a la abogada Yesika Palmira Tinta Chuquirimay que debe efectuar la entrega de cargo, conforme a lo dispuesto en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.
Artículo Tercero.- Disponer que la Oficina General de Potencial Humano y/o Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal respectivo, de ser el caso, realice la gestión correspondiente en relación a la abogada Yesika Palmira Tinta Chuquirimay, quien se encuentra con reserva de su plaza como personal administrativo registrado en el Sistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA).
Artículo Cuarto.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Cusco, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Integridad Institucional, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva, Oficina de Imagen Institucional y a la abogada mencionada.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS
Fiscal de la Nación
2534590-8

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