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Fiscal de la Nación concluye designaciones provisionales y designa fiscales titulares en Lavado de Activos

RESOLUCIÓN N° 2208-2026-MP-FN · MINISTERIO PÚBLICO · El Peruano · 26 de julio de 2026

Designan fiscales en fiscalías corporativas especializada en delitos de Tráfico Ilícito de Drogas y de Lavado de Activos y en fiscalías corporativas penales y fiscalías penales corporativas de los Distritos Fiscales de Lima Norte y Lima Centro

Resumen

Cesa designaciones provisionales de cinco fiscales y designa titulares y provisionales en Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos y Tráfico Ilícito de Drogas. Rige desde su publicación en El Peruano.

A quién impacta

Fiscales afectados: informarse de cambio de cargo y sede; efectuar entrega conforme a Directiva N° 007-2002-MP-FN. Junta Nacional de Justicia: registrar nuevas designaciones.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Lima, 20 de julio de 2026
VISTOS:
El oficio Nº 305-2026-MP-FN-FSCN-FEDLA y el informe Nº 001-2026-MP-FN-FSCN-FEDLA, ambos de fecha 26 de junio de 2026, respectivamente; e informe Nº 0187-2026-MP-FN-OREF-JJCP, de fecha 20 de julio de 2026, y;
CONSIDERANDO:
El artículo 158 de la Constitución Política del Estado establece que el Ministerio Público es un organismo constitucional autónomo presidido por el Fiscal de la Nación; asimismo, conforme se desprende del artículo 5 de su Ley Orgánica, aprobada por Decreto Legislativo Nº 052, se estructura como un cuerpo jerárquicamente organizado en virtud del cual los fiscales deben sujetarse a las instrucciones que pudieren impartirles sus superiores.
El Ministerio Público es un organismo del Estado constitucionalmente autónomo, encargado de defender la legalidad y los intereses públicos tutelados por la Ley, prevenir y perseguir el delito, además de defender a la sociedad. Así, el Fiscal de la Nación como titular del Ministerio Público es el responsable de dirigir, orientar y formular la política institucional y con tal fin, debe adoptar las medidas necesarias a fin de brindar un servicio eficiente y oportuno, cumpliendo un rol fundamental en la sociedad en la lucha contra la criminalidad.
Mediante el oficio de vistos y el informe Nº 001-2026-MP-FN-FSCN-FEDLA, la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado Activos, solicita reestructurar determinadas Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos, dicha medida buscaría garantizar la probidad y eficacia en la conducción de investigaciones por delitos de lavado de activos.
Por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 883-2025-MP-FN, de fecha 21 de marzo de 2025, se resolvió nombrar al abogado Angel Bladimir Astocondor Villalobos, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en la Primera Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos; laborando actualmente en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.
Con Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 2745-2018-MP-FN, 834-2021-MP-FN y 007-2026-MP-FN, de fechas 2 de agosto de 2018, 8 de junio de 2021 y 5 de enero de 2026, respectivamente, se resolvió, entre otros, nombrar a la abogada Norma Geovana Mori Gómez, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándola en la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios y destacada para que preste apoyo a la Primera Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos, hasta el 31 de diciembre de 2026 u otra disposición, con retención de su cargo de carrera; laborando actualmente en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.
Asimismo, con Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 1380-2020-MP-FN, 834-2021-MP-FN y 007-2026-MP-FN, de fechas 9 de diciembre de 2020, 8 de junio de 2021 y 5 de enero de 2026, respectivamente, se resolvió, entre otros, nombrar a la abogada Diana Liz Canchihuamán Castañeda, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándola en la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, con retención de su cargo de carrera, y destacada para que preste apoyo a la Primera Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos, hasta el 31 de diciembre de 2026 u otra disposición; laborando actualmente en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.
A través de la Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 985-2024-MP-FN y 414-2026-MP-FN, de fechas 11 de abril de 2024 y 13 de febrero de 2026, respectivamente, se resolvió, entre otros, nombrar al abogado Alexander Daniel Taboada Guardián, como fiscal provincial provisional transitorio del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, con retención de su cargo de carrera, y destacado para que preste apoyo a la Primera Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos, hasta el 31 de diciembre de 2026 u otra disposición; laborando actualmente en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.
Por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2508-2025-MP-FN, de fecha 19 de agosto de 2025, se resolvió nombrar a la abogada Josselin Yajahira Osores Nicho, como fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Norte, designándola en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Carabayllo; laborando actualmente en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.
Con Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1744-2026-MP-FN, de fecha 16 de junio de 2026, se resolvió, entre otros, designar al abogado Germán Juárez Atoche, fiscal provincial titular especializado en delitos de lavado de activos y pérdida de dominio (supraprovincial – corporativo) de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en la Segunda Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos.
Asimismo, con Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 1858-2017-MP-FN, 1947-2019-MP-FN y 304-2022-MP-FN, de fechas 2 de junio de 2017, 25 de julio de 2019 y 10 de marzo de 2022, respectivamente, se resolvió, entre otros, designar al abogado Eduardo Vladimir Cueva Poma, fiscal provincial titular especializado en delitos de lavado de activos y pérdida de dominio (supraprovincial – corporativo) de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en la Segunda Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos.
Por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2796-2023-MP-FN, de fecha 25 de octubre de 2023, se resolvió nombrar al abogado Alan Aristoteles Aguilar Mejia, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en el 2º Despacho Provincial Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de San Isidro-Lince; laborando actualmente en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.
Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo.
Según el numeral 64.1 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modificada por la Ley Nº 31718, los fiscales titulares son aquellos a quienes se nombra de manera permanente para el ejercicio de la función fiscal en el nivel que corresponde.
El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modificada por la Ley Nº 31718, señala que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa.
En esa línea, la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN fijó las condiciones resolutorias para la vigencia de los nombramientos de fiscales provisionales. Dicha norma establece que podrá concluirse el nombramiento y designación, entre otros supuestos, cuando se presente: “(ii) La designación del fiscal titular en la plaza ocupada por el fiscal provisional” y “(v) La afectación al principio de probidad que se erige como componente esencial del fiscal desde su nombramiento y designación; u otro motivo que termine dañando la imagen institucional”.
Al respecto, el Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC) y asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse indefinidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria.
Por su parte, el artículo 80 del Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece que “el destaque consiste en el desplazamiento temporal de un servidor a otra entidad a pedido de ésta debidamente fundamentado, para desempeñar funciones asignadas por la entidad de destino dentro de su campo de competencia funcional”. Asimismo, el artículo 85 del referido reglamento indica que “el desplazamiento por destaque, permuta o transferencia, procede excepcionalmente dentro de la misma entidad cuando las condiciones geográficas de lejanía o las de orden presupuestal lo requieran”.
El numeral 3.4.2 del apartado III del Manual Normativo de Personal Nº 002-92-DNP, aprobado con la Resolución Directoral Nº 013-92-INAP/DNP, de fecha 2 de setiembre de 1992, emitido por el Instituto Nacional de Administración Pública, precisa que “el destaque no será menor de treinta (30) días ni excederá del período presupuestal vigente, debiendo contar con el consentimiento previo del servidor”.
De la información que obra en el Sistema Integrado de Gestión, Registro y Evaluación de Fiscales (SIGREF), se advierte la existencia de tres plazas libres de fiscal adjunto provincial pendientes de cubrir, en la Segunda Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas – Sede Callao; en el 2º Despacho Provincial Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de San Isidro-Lince y en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Carabayllo.
El Ministerio Público —en atención a sus funciones generales y específicas en el Plan Estratégico Institucional 2023-2030— ha definido como Objetivo Estratégico Institucional (OEI.01): “Incrementar la persecución penal, la prevención del delito y la defensa de los derechos ciudadanos en beneficio de la sociedad”, objetivo que se orienta a mejorar la celeridad del servicio fiscal que ofrece el Ministerio Público, con especial énfasis en su función constitucional como titular de la acción penal. Por tanto, resulta relevante la intervención del fiscal como ente encargado de conducir jurídicamente la investigación del delito y como partícipe directo de la celeridad procesal.
En ese sentido, conforme a las prerrogativas y a la facultad concedida al Fiscal de la Nación para dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público, con la finalidad de alcanzar los objetivos establecidos en el Plan Estratégico Institucional (PEI), y las metas institucionales y al haberse configurado las condiciones resolutorias previstas en los numerales (ii) y (v) de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024 y a lo informado en el oficio Nº 305-2026-MP-FN-FSCN-FEDLA e informe Nº 001-2026-MP-FN-FSCN-FEDLA, emitidos por el Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos, se ha considerado oportuno emitir el resolutivo a fin de efectuar la reorganización de determinadas Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado Activos, para lo cual se deberá designar al abogado Germán Juárez Atoche en su condición de magistrado titular, en la Primera Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos; previamente será necesario dar por concluida su designación señalada en el noveno párrafo de la parte considerativa de la presente resolución; en consecuencia, será necesario dar por concluido el nombramiento y designación del abogado Angel Bladimir Astocondor Villalobos, quien ocupa provisionalmente la plaza donde será designado el fiscal titular.
Asimismo, conforme al oficio e informe señalado en el párrafo precedente, será necesario designar al abogado Eduardo Vladimir Cueva Poma, en la Primera Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos, por consiguiente será necesario dar por concluida su designación señalada en el décimo párrafo de la parte considerativa de la presente resolución; además, se deberá dar por concluidos el nombramiento, designación y destaque de la abogada Norma Geovana Mori Gómez, señalados en el quinto párrafo de la parte considerativa de la presente resolución; y, consecuentemente, advirtiéndose que el nombramiento y designación de la abogada Norma Geovana Mori Gómez, se efectuó con retención de su cargo de carrera, corresponde designarla en su condición de magistrada titular en la Segunda Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas – Sede Callao, la cual se encuentra pendiente de ser cubierta.
Por otro lado, será necesario dar por concluidos los nombramientos y designaciones de los abogados Diana Liz Canchihuamán Castañeda y Alexander Daniel Taboada Guardián, señalados en el sexto y séptimo párrafo de la parte considerativa de la presente resolución; por ende, atendiendo a que los nombramientos y designaciones de los citados abogados, se efectuaron con retención de su cargo de carrera, corresponde designarlos en su condición de magistrados titulares en los despachos respectivos; debiéndose previamente dar por concluida la designación de la abogada Josselin Yajahira Osores Nicho —descrito en el octavo párrafo de la parte considerativa de la presente resolución—, quien ocupa provisionalmente la plaza fiscal en la cual será designado el fiscal titular Alexander Daniel Taboada Guardián, de conformidad al título que ostenta; además, dar por concluida la designación del abogado Alan Aristoteles Aguilar Mejia —descrito en el undécimo párrafo de la parte considerativa de la presente resolución—, quien ocupa provisionalmente la plaza fiscal en la cual será designada la fiscal titular Diana Liz Canchihuamán Castañeda.
Además, con la finalidad de alcanzar los objetivos establecidos en el Plan Estratégico Institucional (PEI), así como las metas institucionales, y conforme a lo indicado, sobre la existencia de 2 plazas libres de fiscal adjunto provincial, pendientes de ser cubiertas, se deberá designar al abogado Alan Aristoteles Aguilar Mejia, fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, en el 2º Despacho Provincial Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de San Isidro-Lince, precisándose que la plaza que ocupará, es de carácter transitorio; y a la abogada Josselin Yajahira Osores Nicho, fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Norte, designándola en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Carabayllo; previa verificación del cumplimiento de los requisitos de ley y según el informe Nº 0187-2026-MP-FN-OREF-JJCP, de fecha 20 de julio de 2026.
Del reporte de quejas y denuncias Nº 01744-2026-202000500, emitido por la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, de fecha 6 de julio de 2026, se advierte que el abogado Angel Bladimir Astocondor Villalobos registra cuatro (4) quejas en trámite.
De conformidad con lo establecido por los artículos 64 y 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Angel Bladimir Astocondor Villalobos, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro y su designación en la Primera Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 2956-2024-MP-FN y 883-2025-MP-FN, de fechas 30 de diciembre de 2024 y 21 de marzo de 2025, respectivamente; sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite.
Artículo Segundo.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Norma Geovana Mori Gómez, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro y su designación en la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, así como su destaque en la Primera Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 2745-2018-MP-FN, 834-2021-MP-FN, 2956-2024-MP-FN y 007-2026-MP-FN, de fechas 2 de agosto de 2018, 8 de junio de 2021, 30 de diciembre de 2024 y 5 de enero de 2026, respectivamente.
Artículo Tercero.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Diana Liz Canchihuamán Castañeda, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro y su designación en la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, así como su destaque en la Primera Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 1380-2020-MP-FN, 834-2021-MP-FN, 2956-2024-MP-FN y 007-2026-MP-FN, de fechas 9 de diciembre de 2020, 8 de junio de 2021, 30 de diciembre de 2024 y 5 de enero de 2026, respectivamente.
Artículo Cuarto.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Alexander Daniel Taboada Guardián, como fiscal provincial provisional transitorio del Distrito Fiscal de Lima Centro y su designación en la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, así como su destaque en la Primera Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 985-2024-MP-FN, 2956-2024-MP-FN y 414-2026-MP-FN, de fechas 11 de abril y 30 de diciembre de 2024, y, 13 de febrero de 2026, respectivamente.
Artículo Quinto.- Dar por concluida la designación de la abogada Josselin Yajahira Osores Nicho, fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Norte, en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Carabayllo, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2508-2025-MP-FN, de fecha 19 de agosto de 2025.
Artículo Sexto.- Dar por concluida la designación del abogado Alan Aristoteles Aguilar Mejia, fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, en el 2º Despacho Provincial Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de San Isidro-Lince, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2796-2023-MP-FN, de fecha 25 de octubre de 2023.
Artículo Séptimo.- Dar por concluida la designación del abogado Germán Juárez Atoche, fiscal provincial titular especializado en delitos de lavado de activos y pérdida de dominio (supraprovincial – corporativo) de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en la Segunda Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1744-2026-MP-FN, de fecha 16 de junio de 2026.
Artículo Octavo.- Dar por concluida la designación del abogado Eduardo Vladimir Cueva Poma, fiscal provincial titular especializado en delitos de lavado de activos y pérdida de dominio (supraprovincial – corporativo) de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en la Segunda Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 1858-2017-MP-FN, 1947-2019-MP-FN y 304-2022-MP-FN, de fechas 2 de junio de 2017, 25 de julio de 2019 y 10 de marzo de 2022, respectivamente.
Artículo Noveno.- Designar a la abogada Norma Geovana Mori Gómez, fiscal adjunta provincial titular especializada en delitos de tráfico ilícito de drogas de Lima (competencia a nivel nacional), en la Segunda Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas – Sede Callao.
Artículo Décimo.- Designar a la abogada Diana Liz Canchihuamán Castañeda, fiscal adjunta provincial titular penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en el 2º Despacho Provincial Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de San Isidro-Lince.
Artículo Décimo Primero.- Designar al abogado Alexander Daniel Taboada Guardián, fiscal adjunto provincial titular mixto de Carabayllo, Distrito Fiscal de Lima Norte, en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Carabayllo.
Artículo Décimo Segundo.- Designar al abogado Germán Juárez Atoche, fiscal provincial titular especializado en delitos de lavado de activos y pérdida de dominio (supraprovincial – corporativo) de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en la Primera Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos.
Artículo Décimo Tercero.- Designar al abogado Eduardo Vladimir Cueva Poma, fiscal provincial titular especializado en delitos de lavado de activos y pérdida de dominio (supraprovincial – corporativo) de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en la Primera Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos.
Artículo Décimo Cuarto.- Designar al abogado Alan Aristoteles Aguilar Mejia, fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, en el 2º Despacho Provincial Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de San Isidro-Lince.
Artículo Décimo Quinto.- Designar a la abogada Josselin Yajahira Osores Nicho, fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Norte, en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Carabayllo.
Artículo Décimo Sexto.- Precisar que la plaza señalada en el artículo décimo cuarto tiene la condición de transitoria.
Artículo Décimo Séptimo.- Hacer de conocimiento a los abogados mencionados en la presente resolución que deben efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.
Artículo Décimo Octavo.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales del Callao, Lima Centro y Lima Norte, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado Activos, Jefe de la Oficina de Coordinación y Enlace de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Integridad Institucional, Oficina de Imagen Institucional, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva y a los abogados mencionados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Tomás Aladino Gálvez Villegas
Fiscal de la Nación
2538185-4

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