JNJ reemplaza tablas de puntaje para concursos de jueces y fiscales

RESOLUCION Nº 249-2026-JNJ · JUNTA NACIONAL DE JUSTICIA · El Peruano · 17 de abril de 2026

Modifican el Reglamento de concursos para la selección y nombramiento de jueces y fiscales; y de jueces y fiscales de control – acceso abierto, y aprueban Tablas de puntaje para la evaluación curricular

Resumen

Modificación de criterios y ponderación curricular en procesos de selección abierta. Rige desde 18 de abril de 2026; modifica Resolución 146-2025-JNJ del 10 de abril de 2025.

A quién impacta

JNJ debe publicar actualizaciones en El Peruano y Boletín de Magistratura; próximas convocatorias aplican desde 18/abr/2026.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Lima, 10 de abril de 2026
VISTOS:
El proyecto de modificación al Reglamento de concursos para la selección y nombramiento de jueces y fiscales; y de jueces y fiscales de control - acceso abierto y sus respectivas tablas de evaluación curricular, presentado por la Comisión Permanente de Selección y Nombramiento y; el acuerdo del pleno de la Junta Nacional de Justicia del 18 de marzo del 2026; y,
CONSIDERANDO:
1. Por Resolución N° 146-2025-JNJ del 10 de abril de 2025, la Junta Nacional de Justicia (JNJ) aprobó el vigente Reglamento de concursos para la selección y nombramiento de jueces y fiscales; y de jueces y fiscales de control - acceso abierto, publicado en el diario oficial El Peruano el 15 de abril de 2025.
2. El pleno de la JNJ estima necesario adecuar el marco normativo que rige los procedimientos de selección y nombramiento a fin de fortalecer la transparencia, eficacia, celeridad y predictibilidad administrativa, y consolidar un sistema de acceso a la carrera judicial y fiscal dinámico y optimizado. En esa medida, la presente modificación reglamentaria se sustenta en la necesidad de perfeccionar los procedimientos de los concursos públicos, permitiendo una mejor evaluación de los postulantes y mecanismos más ágiles que maximicen la eficiencia operativa de la Junta Nacional de Justicia.
3. Las referidas disposiciones se orientan a fortalecer la certidumbre jurídica y el principio de meritocracia en el sistema de justicia, logrando la congruencia de las etapas del concurso con las exigencias del perfil de jueces y fiscales. Mediante la reestructuración de los porcentajes de valoración de las etapas y la precisión de los criterios de evaluación curricular, se busca dotar a la Junta Nacional de Justicia de un instrumento normativo más idóneo para seleccionar postulantes con una alta especialización, garantizando que el proceso de selección no solo verifique los conocimientos, sino también la probidad y excelencia para la función jurisdiccional y fiscal.
Por lo que de conformidad con las facultades conferidas por los artículos 2° literal i y 24° literales b) y e) de la Ley N° 30916 - Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia y, estando a lo cordado por el pleno de la Junta Nacional de Justicia en su sesión del 18 de marzo de 2026;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Modificar el artículo V. de las Disposiciones Generales, los artículos 26°, 28°, 35°, 40°, 51°, 64°, 71°, 72°, 73°, 74°, 75°, 76°, 77°, 81°, 90°, 91° y 92°, así como la denominación del Título V, del Reglamento de concursos para la selección y nombramiento de jueces y fiscales; y de jueces y fiscales de control - acceso abierto.
Artículo Segundo.- Derogar los Anexos 1, 2, 3, 4, 5 y 6, correspondientes a las Tablas de puntaje para la evaluación curricular del Reglamento de concursos para la selección y nombramiento de jueces y fiscales; y de jueces y fiscales de control - acceso abierto.
Artículo Tercero.- Aprobar las Tablas de puntaje para la evaluación curricular (Anexos 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7), de conformidad con las modificaciones efectuadas al artículo 35° del Reglamento de concursos para la selección y nombramiento de jueces y fiscales; y de jueces y fiscales de control - acceso abierto.
Artículo Cuarto.- Lo dispuesto en la presente resolución rige desde el día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano y se aplica para los concursos de selección y nombramiento de jueces y fiscales, y de jueces y fiscales de control - acceso abierto, que se convoquen a partir de su vigencia.
Artículo Quinto.- Publicar la presente resolución en el diario oficial El Peruano. Los artículos modificados del presente reglamento y sus anexos se publican en el Boletín Oficial de la Magistratura (BOM), sito en la sede digital de la Junta Nacional de Justicia: http://www.gob.pe/jnj
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARÍA TERESA CABRERA VEGA
Presidenta
2506577-1

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