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Lima, 23 de abril del 2026
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo dispuesto en numeral 2.8 del artículo 2 de las Resoluciones N° 189-2022-OS/CD y 187-2023-OS/CD, mediante los cuales se fijaron los Valores Agregados de Distribución, Cargos Fijos y Parámetros de Cálculo Tarifario a que se refiere el artículo 43, incisos b) y d), y el artículo 44 del Decreto Ley 25844, Ley de Concesiones Eléctricas para el periodo 2022 - 2026 y el periodo 2023 - 2027, respectivamente, los Factores de Ponderación del Precio de la Energía (“factores Ep”) son parámetros tarifarios que se calculan anualmente a nivel de empresas de distribución eléctrica para los sistemas de distribución eléctrica interconectados y para los sistemas de distribución eléctrica aislados con demanda máxima superior a 12 MW. Los factores Ep tendrán vigencia a partir del 01 de mayo de cada año;
Que, de acuerdo con las resoluciones citadas en el considerando precedente, los factores Ep se aplican para calcular el precio ponderado de la energía en barra equivalente de media tensión de las opciones tarifarias MT4, BT4, BT5B, BT5C, BT5D, BT5E, BT6 y BT7, y son iguales al promedio de los valores de los últimos dos años calendarios;
Que, cumpliendo con lo establecido en las mencionadas resoluciones de fijación del VAD, las empresas de distribución eléctrica han proporcionado la información correspondiente para la fijación de los nuevos factores Ep, habiendo Osinergmin efectuado las observaciones del caso y los cálculos correspondientes a cada una de las empresas;
Que, mediante Resolución N° 055-2025-OS/CD se establecieron los factores Ep aplicables al periodo del 01 de mayo de 2025 hasta el 30 de abril de 2026, siendo por tanto necesaria la fijación del Ep para el periodo siguiente del 01 mayo de 2026 al 30 de abril de 2027;
Que, se ha emitido el Informe Técnico N° 250-2026-GRT/OS y el Informe Legal N° 246-2026-GRT/OS de la División de Distribución Eléctrica y de la Asesoría Legal de la Gerencia de Regulación de Tarifas de Osinergmin, respectivamente, los cuales complementan y contienen con mayor detalle técnico y jurídico la motivación que sustenta la decisión del Consejo Directivo de Osinergmin, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el numeral 4 del artículo 3, del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS;
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; en el Reglamento General de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; y, en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; así como en sus normas modificatorias, complementarias y conexas; y,
Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión N° 14-2026, de fecha 23 de abril de 2026.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación de los Factores de Ponderación del Precio de la Energía (Ep)
Aprobar los Factores de Ponderación del Precio de la Energía (Ep) por empresa de distribución eléctrica, aplicables para el cálculo del cargo de energía de las opciones tarifarias MT4, BT4, BT5B, BT5C, BT5D, BT5E, BT6 y BT7, desde el 01 mayo de 2026 al 30 de abril de 2027.
Empresa
Ep
Acciona.org
0,350
Adinelsa
0,229
CVC Energía
0,228
Edelsa
0,223
Egepsa
0,230
Eilhicha
0,350
Electro Dunas
0,215
Electro Oriente
0,243
Electro Pangoa
0,222
Electro Puno
0,241
Electro Sur Este
0,236
Electro Tocache
0,237
Electro Ucayali
0,224
Electrocentro
0,247
Electronoroeste
0,231
Electronorte
0,230
Electrosur
0,227
Emsemsa (administrado por Adinelsa)*
0,216
Emseusac
0,217
Esempat
0,204
Hidrandina
0,234
Luz del Sur
0,219
Pluz Energía Perú
0,224
Proyecto Especial Chavimochic
0,261
Seal
0,230
Sersa
0,253
(*) Mediante R.M. N° 232-2023-MINEM/DM, la concesión de Emsemsa ha sido declarada caducada, habiéndose designado a Adinelsa como Interventor mediante R.M. N° 315-2023-MINEM/DM. El valor de EP considerado para el Sistema Eléctrico Paramonga (SE0154) corresponde al determinado en la Resolución 066-2024-OS/CD.
Artículo 2.- Publicación de la Resolución
Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional: https://www.gob.pe/osinergmin, y consignarla, conjuntamente con los Informes N° 246-2026-GRT/OS y N° 250-2026-GRT/OS, que forman parte integrante de esta resolución, en el portal de internet de Osinergmin: https://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2026.aspx
AURELIO OCHOA ALENCASTRE
Presidente del Consejo Directivo (e)
2509342-1