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CONADIS aprueba directiva actualizada para gestión de discapacidad en gobiernos regionales y locales

RESOLUCIÓN N° D000132-2026-CONADIS-PRE · MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES · El Peruano · 10 de julio de 2026

Aprueban la Directiva N° D000003-2026-CONADIS-PRE denominada “Directiva que Regula la Gestión de los Gobiernos Regionales y de los Gobiernos Locales en Materia de Discapacidad”

Resumen

Aprueba la Directiva N° D000003-2026-CONADIS-PRE que regula la gestión en materia de discapacidad por gobiernos regionales y locales, derogando la directiva de 2021. Rige desde su publicación en El Peruano.

A quién impacta

Gobiernos regionales y locales: adecuar su gestión de discapacidad conforme a los lineamientos de la nueva directiva, en particular respecto a presupuesto (Ley N° 32139) e Instancias de Diálogo del SINAPEDIS.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Lince, 7 de julio del 2026
VISTOS:
El Memorando N° D000411-2026-CONADIS-DPSGE, sustentado en la Nota N° D000693-2026-CONADIS-SDPP, ampliado con el Memorando N° D000555-2026-CONADIS-DPSGE, sustentado en la Nota N° D000894-2026-CONADIS-SDPP; de la Dirección de Políticas, Seguimiento y Generación de Evidencia; el Memorando N° D001032-2026-CONADIS-OPPM, sustentado en el Informe N° D000011-2026-CONADIS-OPPM-LECM, ampliado con el Memorando N° D001379-2026-CONADIS-OPPM, sustentado en el Informe N° D000033-2026-CONADIS-OPPM-LECM, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° D000514-2026-CONADIS-OAJ, ampliado mediane la Nota N° D000365-2026-CONADIS-OAJ, de la Oficina de Asesoría Jurídica; la Nota N° D000594-2026-CONADIS-GG, de la Gerencia General; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 63 de la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad (en adelante LGPCD) establece que el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis) es el órgano especializado en cuestiones relativas a la discapacidad, constituido como un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, con autonomía técnica, administrativa, de administración, económica y financiera;
Que, el numeral 4.2) del artículo 4 de la LGPCD establece que los distintos sectores y niveles de gobierno incluyen la perspectiva de discapacidad en todas sus políticas y programas de manera transversal. La incorporación de esta perspectiva constituye una herramienta que permite evaluar las relaciones sociales considerando las necesidades e intereses de las personas con discapacidad y, a la vez, identificar las barreras del entorno y actitudinales que limitan el ejercicio de sus derechos, de tal manera que se adopten las medidas correspondientes para eliminarlas y garantizar sus derechos humanos;
Que, de conformidad con el artículo 72 de la LGPCD, el Sistema Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (SINAPEDIS) es el sistema funcional encargado de asegurar el cumplimiento de las políticas públicas que orientan la intervención del Estado en materia de discapacidad en los niveles de gobierno nacional, gobierno regional y gobierno local; siendo el Conadis, según lo estipulado en el artículo 73 de la misma norma, el ente rector del SINAPEDIS, con atribuciones para ejercer la autoridad técnico-normativa a nivel nacional, dictar normas, establecer procedimientos para el accionar del sistema y proponer normas reglamentarias y complementarias que lo regulen;
Que, mediante Resolución de Presidencia N° D000037-2021-CONADIS-PRE se aprueba la Directiva N° D000001-2021-CONADIS-PRE - “Directiva que Regula y Orienta la Gestión de los Gobiernos Regionales y Locales en Materia de Discapacidad”, con la finalidad de estandarizar la provisión de servicios en materia de discapacidad de los gobiernos regionales y locales para responder y satisfacer a las necesidades y expectativas actuales y futuras de las personas con discapacidad, promoviendo su desarrollo integral, y garantizando el pleno goce de sus derechos y libertades fundamentales;
Que, el 22 de octubre de 2024 se publica en el diario oficial El Peruano la Ley N° 32139, Ley que establece un porcentaje del presupuesto institucional de los gobiernos regionales y de los gobiernos locales para actividades y proyectos orientados a la atención de personas con discapacidad; asimismo, el 8 de abril del 2026 se publica en el diario oficial El Peruano el Decreto Supremo N° 001-2026-MIMP, que modifica el Reglamento de la LGPCD, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2014-MIMP, creando las Instancias de Diálogo del SINAPEDIS a cargo de los gobiernos regionales y locales, en coordinación con el Conadis;
Que, la Directiva N° D000007-2025-CONADIS-GG denominada “Gestión del Documento Normativo Institucional en el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis)”, aprobada mediante la Resolución de Gerencia General N° D000108-2025-CONADIS-GG (en adelante la Directiva de Documentos Normativos del CONADIS), regula los criterios y acciones para las etapas de formulación, modificación, actualización, revisión, aprobación, publicación, difusión, implementación y derogación de los documentos normativos en la entidad
Que, la Directiva referida en el párrafo anterior, en su numeral 7.2.2 precisa que se considera actualización de un documento normativo cuando la propuesta modifica más de dos de sus elementos o si el citado documento fue modificado en una ocasión previa. En ambos casos, se constituye una nueva versión del documento normativo, dejando sin efecto la versión anterior;
Que, asimismo, la Directiva de Documentos Normativos del CONADIS dispone en su numeral 6.8 que los documentos normativos que regulan el cumplimiento de las funciones, procesos, procedimiento o actividades que desarrollan los órganos de línea, son aprobados por Resolución de Presidencia; igualmente, su numeral 7.6.1 establece que la derogación del documento normativo se da cuando este pierde vigencia como consecuencia de un cambio en la legislación, la derogación de la norma de origen, obsolescencia, duplicidad, pérdida de vigencia o por modificaciones tecnológicas u organizacionales en la entidad;
Que, en esa línea la Dirección de Políticas, Seguimiento y Generación de Evidencia, mediante el Memorando N° D000411-2026-CONADIS-DPSGE, sustentado en la Nota N° D000693-2026-CONADIS-SDPP, la cual a su vez se sustenta en el Informe N° D000058-2026-CONADIS-SDPP-ACFH, propone la actualización de la Directiva N° D000001-2021-CONADIS-PRE “Directiva que regula y Orienta la Gestión de los Gobiernos Regionales y Locales en Materia de Discapacidad”, a fin de adecuar sus disposiciones al marco normativo vigente; asimismo, en dicha propuesta recoge aportes emitidos por diversos órganos;
Que, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, mediante el Memorando N° D001032-2026-CONADIS-OPPM, sustentado en el Informe N° D000011-2026-CONADIS-OPPM-LECM, ampliado con el Memorando N° D001379-2026-CONADIS-OPPM, sustentado en el Informe N° D000033-2026-CONADIS-OPPM-LECM, emite pronunciamiento favorable respecto de la propuesta de actualización de Directiva efectuada por la Dirección de Políticas, Seguimiento y Generación de Evidencia;
Que, la Oficina de Asesoría Jurídica mediante el Informe N° D000514-2026-CONADIS-OAJ, ampliado mediante la Nota N° D000365-2026-CONADIS-OAJ, concluye que resulta jurídicamente viable aprobar la propuesta de actualización de Directiva, esto mediante resolutivo emitido por la Presidencia; siendo así, corresponde derogar la Directiva vigente aprobada mediante resolución de Presidencia N° D000037-2021-CONADIS-PRE;
Con los vistos de la Dirección de Políticas, Seguimiento y Generación de Evidencia; la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; la Oficina de Asesoría Jurídica; la Gerencia General; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad; su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2014-MIMP; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad, aprobado por Resolución de Presidencia N° D000119-2024-CONADIS-PRE; y, la Directiva N° D000007-2025-CONADIS-GG denominada “Gestión del Documento Normativo Institucional en el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis)” aprobada mediante la Resolución de Gerencia General N° D000108-2025-CONADIS-GG;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- APROBAR la Directiva N° D000003-2026-CONADIS-PRE denominada “Directiva que Regula la Gestión de los Gobiernos Regionales y de los Gobiernos Locales en Materia de Discapacidad”, que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- DEROGAR la Resolución de Presidencia N° D000037-2021-CONADIS-PRE, la cual aprueba la Directiva N° D000001-2021-CONADIS-PRE denominada “Directiva que regula y orienta la gestión de los Gobiernos Regionales y Locales en materia de Discapacidad”.
Artículo 3.- DISPONER que la presente Resolución y su anexo sean publicados en la sede digital del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (www.gob.pe/conadis) el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLGA MERCEDES VILLALOBOS MANRIQUE
Presidente (DT)
Consejo Nacional para la Integración de
la Persona con Discapacidad - CONADIS
2533005-1

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