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Municipalidad de Las Amazonas expropía predio para proyecto de electrificación rural

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 079-2026-A-MDLA · MUNICIPALIDAD DE LAS AMAZONAS · El Peruano · 20 de junio de 2026

Aprueban norma que permite la ejecución de expropiación de predio destinado al proyecto de creación del servicio de suministro eléctrico domiciliario en zonas rurales en SER Francisco de Orellana, distrito de Las Amazonas, provincia de Maynas, departamento de Loreto

Resumen

Aprueba la expropiación del predio «Lote Matriz Energética» en el sector Francisco de Orellana, necesario para ejecutar el proyecto de suministro eléctrico domiciliario en zonas rurales. Rige desde su publicación en El Peruano (20 de junio de 2026).

A quién impacta

Propietario Ángel Gilberto Montenegro Pérez debe desocupar y entregar el inmueble dentro de diez días hábiles de notificada; Municipalidad debe inscribir el predio a su favor e inscribir el levantamiento de cargas ante SUNARP.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Francisco de Orellana, 10 de junio de 2026
VISTO:
El Acuerdo N° 007-2026-SE-MDLA, de fecha 08 de mayo de 2026, que aprueba la ejecución de la expropiación del predio denominado LOTE MATRIZ ENERGETICA (A INDEPENDIZAR) que forma parte del predio rustico denominado FUNDO PINOCHITO II. Ubicación rural sector de Francisco de Orellana, UC 0066611; distrito de Las Amazonas, Provincia Maynas, departamento de Loreto; inscrito en la Partida Literal N° 11119447 del registro públicos de Loreto, siendo este predio por expropiarse, necesario para la ejecución del proyecto de inversión pública “CREACIÓN DEL SERVICIO DE SUMINISTRO ELÉCTRICO DOMICILIARIO EN ZONAS RURALES EN SER FRANCISCO ORELLANA DISTRITO DE LAS AMAZONAS DE LA PROVINCIA DE MAYNAS DEL DEPARTAMENTO DE LORETO”, con CUI N° 2664828.
CONSIDERANDO:
Que, las Municipalidades son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia como lo establece el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, en concordancia con el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú;
Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 06 del artículo N° 20, en concordancia con el artículo 43 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala como una de las atribuciones del Alcalde la de Dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas, con las cuales resuelve asuntos de caracter administrativo;
Que, de acuerdo con el artículo 28.1 del Decreto Legislativo N° 1192, modificado por el Decreto Legislativo N° 1559, del 25 mayo de 2023 establece que: La norma que aprueba la ejecución de la Expropiación será a través de ACUERDO DE CONCEJO EN CASO DE LOS GOBIERNOS LOCALES;
Que, en ese sentido, se acordó por unanimidad APROBAR la Ejecución de la Expropiación del predio denominado LOTE MATRIZ ENERGÉTICA (A INDEPENDIZAR) que forma parte del predio rustico denominado FUNDO PINOCHITO II. Ubicación rural sector de Francisco de Orellana, UC 0066611; distrito de Las Amazonas, Provincia Maynas, departamento de Loreto; inscrito en la Partida Literal N° 11119447 del registro públicos de Loreto, siendo este predio por expropiarse, necesario para la ejecución del proyecto de inversión pública “CREACIÓN DEL SERVICIO DE SUMINISTRO ELÉCTRICO DOMICILIARIO EN ZONAS RURALES EN SER FRANCISCO ORELLANA DISTRITO DE LAS AMAZONAS DE LA PROVINCIA DE MAYNAS DEL DEPARTAMENTO DE LORETO”, con CUI N° 2664828;
Que, asimismo, se precisa que los sujetos intervinientes en este acto de expropiación del predio denominado “LOTE MATRIZ ENERGÉTICA (A INDEPENDIZAR) que forma parte del predio rustico denominado FUNDO PINOCHITO II”, son:
SUJETO ACTIVO: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LAS AMAZONAS.
SUJETO PASIVO: Sr: ANGEL GILBERTO MONTENEGRO PEREZ con DNI 43637385.
Que, se precisan los linderos, medidas perimétricas y el área del predio a expropiar denominado “LOTE MATRIZ ENERGÉTICA (A INDEPENDIZAR) que forma parte del predio rustico denominado FUNDO PINOCHITO II”; datos que han sido determinados en el INFORME TÉCNICO LEGAL N° 001-2026-GIDU-MDLA y en los planos y memorias, fueron firmadas por el Gerente de Infraestructura y Desarrollo Urbano junto con el verificador catastral:
INSCRIPCIÓN A FAVOR: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LAS AMAZONAS.
PREDIO RÚSTICO: LOTE MATRIZ ENERGETICA (A INDEPENDIZARSE).
UBICACIÓN GEOGRÁFICA
a) Sector: Francisco de Orellana, distrito Las Amazonas, Provincia: Maynas; Región Loreto, U.C. 066611.
b) Predio: A INDEPENDIZARSE.
c) Distrito: Las Amazonas.
d) Provincia: Maynas.
e) Región: Loreto.
SUPERFICIE: Presenta una Superficie de: 1 Ha + 2,800.00 m2.
PERÍMETRO: Presenta un Perímetro de: 480.00 m.
LIMITES Y COLINDANTES DEL
PREDIO RÚSTICO A INDEPENDIZAR
PREDIO RUSTICO A INDEPENDIZAR
CUADRO DE MEDIDAS, LINDEROS Y COLINDANCIAS
LADO
LINDEROS
DISTANCIA (m)
COLINDANCIAS
D--A
Frente
80.00
Lote Fundo Pinochito II- Remanente
A--B
Izquierda Entrando
160.00
Lote Fundo Pinochito II- Remanente
B--C
Fondo
80.00
Lote Fundo Pinochito II- Remanente
C--D
Derecha Entrando
160.00
Lote Fundo Pinochito II- Remanente
CUADRO DE DATOS TÉCNICOS
(COORDENADAS UTM VÉRTICES)
PREDIO RUSTICO A INDEPENDIZAR
CUADRO DE DATOS TÉCNICOS- COORDENADAS UTM EN SISTEMA WSG 84
VÉRTICE
COORDENADAS UTM
ESTE (X)
NORTE (Y)
A
748214.4000
9622388.5900
B
748081.5700
9622477.8000
C
748126.1800
9622544.2100
D
748259.0000
9622455.0000
Que, Se aprueba el MONTO DEL VALOR DE TASACIÓN COMERCIAL DEL PREDIO RÚSTICO A EXPROPIAR denominado LOTE MATRIZ ENERGÉTICA (A INDEPENDIZARSE) es de S/. 11,957.09 soles (once mil novecientos cincuenta y siete con 09/100) la cual fue aprobada por la Entidad - Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Urbano; asimismo, también se aprueba la ORDEN DE CONSIGNAR en el Banco de la Nación a favor del sujeto pasivo SR. ANGEL GILBERTO MONTENEGRO PEREZ con DNI 43637385 el monto de S/. 11,957.09 soles correspondiente al valor de tasación comercial del predio rustico a expropiarse denominado LOTE MATRIZ ENERGÉTICA (A INDEPENDIZARSE);
Que, Se aprueba la orden de inscribir el bien inmueble (predio rustico) denominado LOTE MATRIZ ENERGÉTICA (A INDEPENDIZARSE) a favor del beneficiario que en este caso es la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LAS AMAZONAS, ante el Registro de Predios de la Oficina Registral de Maynas - Zona Registral N° IV - Sede Iquitos de la SUNARP bajo responsabilidad y sanción de destitución, asimismo, se ordena el levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la partida registral del predio afectado, Partida Literal N° 11119447. En estos casos, el Registrador debe procede a su levantamiento, bajo responsabilidad;
Así mismo se ordena el levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral del predio afectado, partida literal N° 11119447;
Que, Se aprueba la orden de notificar al sujeto pasivo, el señor ANGEL GILBERTO MONTENEGRO PEREZ con N° de DNI 43637385 propietario del bien inmueble (predio rustico a expropiar) denominado LOTE MATRIZ ENERGÉTICA (A INDEPENDIZAR), en dicha notificación se le debe requerir al SUJETO PASIVO la desocupación y entrega del bien inmueble expropiado dentro de un plazo máximo de diez días hábiles siguientes de notificada la norma (acuerdo de concejo), bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del bien inmueble materia de Expropiación;
Estando a los Considerandos precedentes y contando con las visaciones de Gerencia Municipal y Gerencia de Asesoría Juridica y Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Organización;
SE RESUELVE:
Artículo Uno.- APROBAR la Norma que permita la ejecución de la EXPROPIACIÓN del predio rustico denominado LOTE MATRIZ ENERGÉTICA (A INDEPENDIZAR) que forma parte del predio rustico denominado FUNDO PINOCHITO II. Ubicación rural sector de Francisco de Orellana, UC 0066611; distrito de Las Amazonas, Provincia Maynas, departamento de Loreto; inscrito en la Partida Literal N° 11119447 del registro públicos de Loreto, siendo este predio por expropiarse, necesario para la ejecución del proyecto de inversión pública “CREACIÓN DEL SERVICIO DE SUMINISTRO ELÉCTRICO DOMICILIARIO EN ZONAS RURALES EN SER FRANCISCO ORELLANA DISTRITO DE LAS AMAZONAS DE LA PROVINCIA DE MAYNAS DEL DEPARTAMENTO DE LORETO” , con CUI N° 2664828.
• Se precisa que el SUJETO ACTIVO es la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LAS AMAZONAS y el SUJETO PASIVO de la Expropiación es el Sr. ANGEL GILBERTO MONTENEGRO PEREZ con DNI 43637385.
1. Se precisan que los linderos, medidas perimétricas y el área del predio a expropiarse denominado LOTE MATRIZ ENERGÉTICA (A INDEPENDIZAR); datos que han sido determinados en el INFORME TECNICO LEGAL N° 001-2026-GIDU-MDLA y en los planos y memorias, fueron firmadas por el Gerente de Infraestructura y Desarrollo Urbano junto con el verificador catastral.
INSCRIPCIÓN A FAVOR: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LAS AMAZONAS.
PREDIO RÚSTICO: LOTE MATRIZ ENERGÉTICA (A INDEPENDIZARSE)
UBICACIÓN GEOGRÁFICA
f) Sector: Francisco de Orellana, distrito Las Amazonas, Provincia: Maynas; Región Loreto, U.C. 066611.
g) Predio: A INDEPENDIZARSE.
h) Distrito: Las Amazonas.
i) Provincia: Maynas.
j) Región: Loreto.
SUPERFICIE: Presenta una Superficie de: 1 Ha + 2,800.00 m2.
PERIMETRO: Presenta un Perímetro de: 480.00 m.
LIMITES Y COLINDANTES DEL
PREDIO RÚSTICO A INDEPENDIZAR
PREDIO RÚSTICO A INDEPENDIZAR
CUADRO DE MEDIDAS, LINDEROS Y COLINDANCIAS
LADO
LINDEROS
DISTANCIA (m)
COLINDANCIAS
D--A
Frente
80.00
Lote Fundo Pinochito II- Remanente
A--B
Izquierda Entrando
160.00
Lote Fundo Pinochito II- Remanente
B--C
Fondo
80.00
Lote Fundo Pinochito II- Remanente
C--D
Derecha Entrando
160.00
Lote Fundo Pinochito II- Remanente
CUADRO DE DATOS TÉCNICOS
(COORDENADAS UTM VÉRTICES)
PREDIO RÚSTICO A INDEPENDIZAR
CUADRO DE DATOS TÉCNICOS- COORDENADAS UTM EN SISTEMA WSG 84
VÉRTICE
COORDENADAS UTM
ESTE (X)
NORTE (Y)
A
748214.4000
9622388.5900
B
748081.5700
9622477.8000
C
748126.1800
9622544.2100
D
748259.0000
9622455.0000
• Se aprueba el MONTO DEL VALOR DE TASACIÓN COMERCIAL DEL PREDIO RÚSTICO A EXPROPIAR denominado LOTE MATRIZ ENERGÉTICA (A INDEPENDIZARSE) es de S/. 11,957.09 soles (once mil novecientos cincuenta y siete con 09/100) la cual fue aprobada por la Entidad - Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Urbano; asimismo, también se aprueba la ORDEN DE CONSIGNAR en el Banco de la Nación a favor del sujeto pasivo SR. ANGEL GILBERTO MONTENEGRO PEREZ con DNI 43637385 el monto de S/. 11,957.09 soles correspondiente al valor de tasación comercial del predio rustico a expropiarse denominado LOTE MATRIZ ENERGETICA (A INDEPENDIZARSE)
• Se aprueba la orden de inscribir el bien inmueble (predio rustico) denominado LOTE MATRIZ ENERGÉTICA (A INDEPENDIZARSE) a favor del beneficiario que en este caso es la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LAS AMAZONAS, ante el Registro de Predios de la Oficina Registral de Maynas - Zona Registral N° IV - Sede Iquitos de la SUNARP bajo responsabilidad y sanción de destitución, asimismo, se ordena el levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la partida registral del predio afectado, Partida Literal N° 11119447. En estos casos, el Registrador debe procede a su levantamiento, bajo responsabilidad.
• Se aprueba la orden de notificar al sujeto pasivo, el señor ANGEL GILBERTO MONTENEGRO PEREZ con N° de DNI 43637385 propietario del bien inmueble (predio rustico a expropiar) denominado LOTE MATRIZ ENERGÉTICA (A INDEPENDIZAR), en dicha notificación se le debe requerir al SUJETO PASIVO la desocupación y entrega del bien inmueble expropiado dentro de un plazo máximo de diez días hábiles siguientes de notificada la norma (acuerdo de concejo), bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del bien inmueble materia de Expropiación.
Artículo Dos.- El gasto que irrogue el presente proceso de expropiación, deberá ser afectada a la siguiente estructura funcional programática y la especifica de gasto que se detalla en el siguiente cuadro:
Detalle de Gasto
SECUENCIA
PRG PROD/PRY ACT/AI/OBR FN DVF GRPF
META FF RB CG TT G SG SGD ESP ESPD
Monto
0001 OP.INICIAL
9001 399 9999 5000003 03 03 006 0008 ASESORAMIENTO Y APOYO
11,957.09
0019 GESTION ADMINISTRATIVA
11,957.09
5 18 CANON Y SOBRECANON, REGALIAS, RENTA DE ADUANAS Y PARTICIPACIONES
11,957.09
6 GASTOS DE CAPITAL
11,957.09
2.6 ADQUISICION DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
11,957.09
2.6.5 ADQUISICION DE ACTIVOS NO PRODUCIDOS
11,957.09
2.6.5 1 ACTIVOS NO PRODUCIDOS
11,957.09
2.6.5 1.1 TERRENOS
11,957.09
2.6.5 1.1 2 TERRENOS RURALES
11,957.09
TOTAL:
11,957.09
TOTAL NOTA:
11,957.09
Artículo Tres.- ENCARGAR a SECRETARÍA GENERAL la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Las Amazonas.
Regístrese, comuníquese, publíquese, cúmplase y archívese.
JOSÉ EBER ALMEIDA VASQUEZ
Alcalde de la Municipalidad
Distrital de Las Amazonas
2526681-1

expropiacióninfraestructuraservicios públicos

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