Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.
Lima, 19 de junio de 2026
VISTA: el Acta General de Proclamación de Resultados de la Elección de Representantes Peruanos ante el Parlamento Andino de las Elecciones Generales 2026, cuyo acto electoral se realizó el 12 de abril de 2026, habiéndose dispuesto la ampliación del horario de instalación y emisión del voto en trece (13) locales de votación hasta el 13 de abril del presente año, la cual fue suscrita el 19 de junio de 2026; y
CONSIDERANDO QUE:
1. Mediante el Decreto Supremo Nº 039-2025-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, el 26 de marzo de 2025, se convocó a elecciones generales para la elección de Presidente de la República, Vicepresidentes, así como de los Senadores, Diputados y de los representantes peruanos ante el Parlamento Andino; para tal efecto, a través de la Resolución Nº 0744-2025-JNE, se aprobó el padrón electoral definitivo con un total de 27 325 432 electores, que comprende a los electores con domicilio dentro del territorio nacional y a los electores residentes en el extranjero.
2. De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 28360, Ley de Elecciones de Representantes ante el Parlamento Andino, la elección de los citados representantes se realiza bajo el sistema de distrito electoral único, que comprende los votos emitidos por todos los peruanos que figuran en el padrón electoral definitivo.
3. Llevado a cabo el acto de sufragio el domingo 12 de abril de 2026, en horario ampliado hasta el 13 de abril de 2026 para un grupo de mesas de sufragio ubicadas en siete (7) locales de votación del distrito de Lurín, tres (3) locales de votación del distrito de Pachacamac y tres (3) locales de votación del distrito de San Juan de Miraflores, provincia y departamento de Lima, en virtud del Acuerdo del Pleno del 12 de abril de 2026, los sesenta (60) Jurados Electorales Especiales resolvieron la totalidad de observaciones a las actas electorales formuladas por los centros de cómputo de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, correspondientes a la elección de representantes ante el Parlamento Andino, efectuado el recuento de votos en los casos en que así lo dispusieron dichos órganos de justicia electoral.
4. Las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales culminaron el cómputo y emitieron los reportes correspondientes, sobre los cuales los Jurados Electorales Especiales proclamaron los resultados descentralizados de sus respectivos ámbitos de competencia territorial y publicaron las actas descentralizadas.
5. Con el Oficio Nº 002205-2026-SG/JNE, suscrito por el secretario general de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, recibido el 16 de junio de 2026, se remite el cómputo de resultados de la elección de representantes peruanos ante el Parlamento Andino al 100 %, con el respectivo cálculo de aplicación de la barrera electoral y la distribución de escaños.
6. Para este tipo de elección, aplica la barrera electoral a que se refiere en el artículo 1 de la Ley Nº 28360, Ley de Elecciones de Representantes ante el Parlamento Andino, modificado por la Ley Nº 28643, según el cual, para acceder al procedimiento de distribución de escaños se requiere que las organizaciones políticas hayan obtenido al menos el cinco por ciento (5 %) de los votos válidos a nivel nacional, en este tipo de elección.
7. Al efectuar el cálculo del porcentaje indicado en el numeral precedente, sobre la votación obtenida por todas las organizaciones políticas participantes en este tipo de elección, se adquiere el siguiente resultado:
ORGANIZACIÓN POLÍTICA
VOTOS EMITIDOS A NIVEL NACIONAL
(EN TERRITORIO NACIONAL Y EN EL EXTRANJERO)
CÁLCULO DEL PORCENTAJE
ALCANZÓ O SUPERÓ LA BARRERA ELECTORAL
SOBRE LOS VOTOS VÁLIDOS
SOBRE LOS VOTOS EMITIDOS
FUERZA POPULAR
2040116
15.252%
10.105%
SÍ
JUNTOS POR EL PERU
1652937
12.357%
8.187%
SÍ
PARTIDO DEL BUEN GOBIERNO
1618210
12.097%
8.015%
SÍ
RENOVACION POPULAR
1535706
11.481%
7.606%
SÍ
PARTIDO CIVICO OBRAS
1274086
9.525%
6.311%
SÍ
AHORA NACION - AN
1117450
8.354%
5.535%
SÍ
PARTIDO PAIS PARA TODOS
818526
6.119%
4.054%
SÍ
PRIMERO LA GENTE – COMUNIDAD, ECOLOGIA, LIBERTAD Y PROGRESO
482572
3.608%
2.390%
NO
FRENTE POPULAR AGRICOLA FIA DEL PERU
297584
2.225%
1.474%
NO
PODEMOS PERU
282349
2.111%
1.398%
NO
ALIANZA PARA EL PROGRESO
256189
1.915%
1.269%
NO
PARTIDO APRISTA PERUANO
237763
1.777%
1.178%
NO
PARTIDO DEMOCRATICO SOMOS PERU
196974
1.473%
0.976%
NO
PARTIDO POLITICO COOPERACION POPULAR
149303
1.116%
0.740%
NO
PARTIDO POLITICO PERU PRIMERO
148154
1.108%
0.734%
NO
ALIANZA ELECTORAL VENCEREMOS
138833
1.038%
0.688%
NO
PARTIDO POLITICO NACIONAL PERU LIBRE
128420
0.960%
0.636%
NO
UN CAMINO DIFERENTE
126899
0.949%
0.629%
NO
PROGRESEMOS
120275
0.899%
0.596%
NO
PARTIDO PATRIOTICO DEL PERU
111229
0.832%
0.551%
NO
PARTIDO DEMOCRATA UNIDO PERU
100514
0.751%
0.498%
NO
PARTIDO MORADO
93528
0.699%
0.463%
NO
LIBERTAD POPULAR
71541
0.535%
0.354%
NO
PARTIDO DEMOCRATA VERDE
66695
0.499%
0.330%
NO
AVANZA PAIS - PARTIDO DE INTEGRACION SOCIAL
65170
0.487%
0.323%
NO
PARTIDO POLITICO INTEGRIDAD DEMOCRATICA
57356
0.429%
0.284%
NO
UNIDAD NACIONAL
55319
0.414%
0.274%
NO
FUERZA Y LIBERTAD
36023
0.269%
0.178%
NO
FE EN EL PERU
25783
0.193%
0.128%
NO
PARTIDO POLITICO PRIN
23235
0.174%
0.115%
NO
SALVEMOS AL PERU
21136
0.158%
0.105%
NO
PERU MODERNO
13375
0.100%
0.066%
NO
PARTIDO DE LOS TRABAJADORES Y EMPRENDEDORES PTE - PERU
13171
0.098%
0.065%
NO
TOTAL DE VOTOS VÁLIDOS
13376421
100.000%
66.254%
VOTOS EN BLANCO
3884546
19.240%
VOTOS NULOS
2928494
14.505%
TOTAL DE VOTOS EMITIDOS
20189461
100.000%
8. Como resultado del cálculo que exige la norma para acceder a la distribución de escaños, las siguientes organizaciones políticas superaron la barrera electoral:
Nº
ORGANIZACIÓN POLÍTICA
1
FUERZA POPULAR
2
JUNTOS POR EL PERU
3
PARTIDO DEL BUEN GOBIERNO
4
RENOVACION POPULAR
5
PARTIDO CIVICO OBRAS
6
AHORA NACION - AN
7
PARTIDO PAIS PARA TODOS
9. Definidas las organizaciones que participan en la distribución de los cinco (5) escaños del Parlamento Andino, se procedió a la distribución aplicando el método de la cifra repartidora descrito en el artículo 30 de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, sobre la base de los votos obtenidos a nivel nacional por las siete organizaciones políticas que lograron superar la barrera electoral. Asimismo, se procedió a definir los nombres de los candidatos de las organizaciones políticas a ser proclamados, de acuerdo con el orden de prelación establecido según la votación preferencial obtenida.
10. En este estado del proceso electoral, al contar con los resultados de la votación de la elección de representantes ante el Parlamento Andino de las Elecciones Generales 2026, corresponde al Jurado Nacional de Elecciones, en ejercicio de su función establecida en el artículo 178, numeral 5, de la Constitución Política del Perú, y el artículo 5, literal i, de su ley orgánica, Ley Nº 26486, proclamar los resultados del cómputo y a los candidatos que resultaron electos para ejercer dichos cargos y sus respectivos suplentes, en el periodo 2026-2031.
Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE:
1. DECLARAR que, en la elección de representantes ante el Parlamento Andino del proceso de Elecciones Generales 2026, las organizaciones políticas que se indican a continuación superaron la barrera electoral dispuesta en el artículo 1 de la Ley Nº 28360, Ley de Elecciones de Representantes ante el Parlamento Andino, y, en consecuencia, participan en la distribución de los cinco escaños del Parlamento Andino para el periodo 2026-2031:
Nº
ORGANIZACIÓN POLÍTICA
1
FUERZA POPULAR
2
JUNTOS POR EL PERU
3
PARTIDO DEL BUEN GOBIERNO
4
RENOVACION POPULAR
5
PARTIDO CIVICO OBRAS
6
AHORA NACION - AN
7
PARTIDO PAIS PARA TODOS
2. DECLARAR que, como resultado de la distribución de escaños, de acuerdo con el método de la cifra repartidora, la representación por organización política para el cargo de representantes ante el Parlamento Andino para el periodo 2026-2031 es la siguiente:
ORGANIZACIÓN POLÍTICA
CANTIDAD ESCAÑOS OBTENIDOS
FUERZA POPULAR
1
JUNTOS POR EL PERU
1
PARTIDO DEL BUEN GOBIERNO
1
RENOVACION POPULAR
1
PARTIDO CIVICO OBRAS
1
TOTAL
5
3. PROCLAMAR representantes peruanos ante el Parlamento Andino para el periodo 2026-2031, titulares y sus respectivos suplentes, a los candidatos electos que se indican a continuación, a quienes se otorgará la credencial que los acredita en el cargo en el que han sido elegidos:
VOTOS
CONDICIÓN
FUERZA POPULAR
1. LUIS FERNANDO GALARRETA VELARDE
255909
TITULAR
ROSARIO DE LAS NIEVES GUEVARA BADILLO
84848
PRIMER SUPLENTE
PEDRO CARLOS CASANOVA SAAVEDRA
48603
SEGUNDO SUPLENTE
JUNTOS POR EL PERU
2. PAUL PERCY FERNANDEZ BRAVO
197497
TITULAR
ROSARIO DEL CARMEN MORI ISUISA
170949
PRIMER SUPLENTE
JORGE EUSEBIO MANCO ZACONETTI
40834
SEGUNDO SUPLENTE
PARTIDO DEL BUEN GOBIERNO
3. MARCIO MARINO BENDEZU ECHEVARRIA
132139
TITULAR
PAMELA ERIKA OSORIO ESPINOZA
68350
PRIMER SUPLENTE
MARIA LUISA ÑAÑEZ MILLONES
66458
SEGUNDO SUPLENTE
RENOVACION POPULAR
4. MAALI OLGA BETTY DEL POMAR SAETTONE
277252
TITULAR
GUILLERMO HUMBERTO VALDIVIESO MENDEZ
148097
PRIMER SUPLENTE
LEONCIO CARLOS MERINO DURAN
48483
SEGUNDO SUPLENTE
PARTIDO CIVICO OBRAS
5. JAHN CLERK NICANOR TOLEDO PALOMINO
73685
TITULAR
ERNESTO RAUL LEON DIAZ
27061
PRIMER SUPLENTE
CONSTANTINO LOA ORTIZ
20581
SEGUNDO SUPLENTE
4. DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
BURNEO BERMEJO
MAISCH MOLINA
GONZALES BARRÓN
TORRES CORTEZ
OYARCE YUZZELLI
Clavijo Chipoco
Secretaria General
2528736-1