Ministerio de Cultura retira condición de patrimonio cultural al Antiguo Cine de Caraz

RESOLUCIÓN VICE MINISTERIAL N° 000161-2026-VMPCIC/MC · CULTURA · El Peruano · 8 de junio de 2026

Retiran la condición cultural de monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación a inmueble ubicado en el distrito de Caraz, provincia de Huaylas y departamento de Áncash

Resumen

El inmueble ubicado en jirón José Gálvez N° 422, Caraz (Áncash), cesa su condición de monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación. La Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural evaluará responsabilidades administrativas, penales o civiles por pérdida de valores culturales. Rige desde el 9 de junio de 2026.

A quién impacta

Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural: evaluar y determinar responsabilidades administrativas, penales o civiles conforme al numeral 10.2 del artículo 10 del Reglamento de la Ley N° 28296, sin plazo explícito fijado.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

San Borja, 5 de junio del 2026
VISTOS: los Informes N° 000045-2026-DGPC-VMPCIC/MC y N° 000306-2026-DGPC-VMPCIC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; la Hoja de Elevación N° 000301-2026-OGAJ-SG/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución Directoral Nacional N° 857/INC emitida por el Instituto Nacional de Cultura con fecha 13 de setiembre de 2001, se declara monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación al inmueble denominado “ANTIGUO CINE”, ubicado en el jirón José Gálvez N° 422, distrito de Caraz, provincia de Huaylas, departamento de Áncash;
Que, el señor Paul Cárdenas Camacho, en su condición de presidente del Consejo Directivo de la Asociación Peruana de la Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días solicita el retiro de la condición de monumento del citado inmueble, el cual se encuentra inscrito en la Partida Registral N° P37012305 de la Oficina Registral de Huaraz;
Que, el numeral 10.1 del artículo 10 del Reglamento de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2006-ED, establece que el retiro de la condición de bien cultural, ya sea éste mueble o inmueble, es de carácter excepcional y su requerimiento de parte implica un previo proceso de evaluación respecto a las causales por las cuales el peticionario considera que el bien cultural ha perdido los valores culturales que motivaron su declaración como bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nación;
Que, la norma agrega que el retiro de la condición cultural no exime de la responsabilidad administrativa, penal o civil que se determine en el ámbito administrativo o judicial, respecto a la desaparición de valores culturales del bien materia de petición o destrucción de este;
Que, mediante los Informes N° 000039-2025-DPHI-DGPC-VMPCIC-GDI/MC, N° 000128-2025-DPHI-DGPC-VMPCIC-GDI/MC y N° 000137-2025-DPHI-DGPC-VMPCIC-GDI/MC, la Dirección de Patrimonio Histórico Inmueble de la Dirección General de Patrimonio Cultural advierte que la edificación efectivamente ha perdido valores culturales, importancia y significado, referidas al valor arquitectónico como tal, los mismos que se plasmaban en la materialidad de estructuras demolidas.
Que, estando al sustento brindado y atendiendo a que el análisis y evaluación del retiro de condición ha sido desarrollado en los informes descritos, estos constituyen parte integrante de la presente resolución y se adjuntan como anexos, conforme a lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2026-JUS;
Que, además, conlleva disponer las acciones que correspondan con el fin de determinar las responsabilidades que se pudieran suscitar como consecuencia de la pérdida del bien, tal como lo dispone expresamente el numeral 10.2 del artículo 10 del Reglamento de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2006-ED;
Con los vistos de la Dirección General del Patrimonio Cultural, de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Áncash y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2006-ED;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Retirar la condición cultural de monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación al inmueble ubicado en jirón José Gálvez N° 422 (Antiguo Cine), distrito de Caraz, provincia de Huaylas y departamento de Áncash.
Artículo 2.- Disponer que la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural de la Nación evalúe las acciones que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 10.2 del artículo 10 del Reglamento de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2006-ED.
Artículo 3.- Notificar esta resolución y los informes que se citan en la parte considerativa al señor Paul Cárdenas Camacho, en su condición de Presidente del Consejo Directivo de la Asociación Peruana de la Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días, así como a la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural, a la Dirección General de Patrimonio Cultural y a la Dirección Desconcentrada de Cultura de Áncash.
Artículo 4.- Disponer la publicación de esta resolución en el diario oficial El Peruano y su difusión en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), en este último caso, conjuntamente con sus anexos.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GISELLA MARIELL ESCOBAR ROZAS
Viceministra de Patrimonio Cultural
e Industrias Culturales
2522867-1

patrimonio culturalbienes inmuebles

Normas relacionadas

relevanteregistro públicoEl Peruano

Ministerio de Cultura inicia saneamiento físico legal de Paredones de Nasca – Sector 1

RESOLUCIÓN DIRECTORAL 000032-2026-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC

Inscribe carga cultural sobre predios privados e independiza predios estatales a favor del Ministerio de Cultura en la zona arqueológica. Rige desde su publicación en El Peruano; propietarios privados tienen 30 días para oponerse.

relevanteculturaEl Peruano

Ministerio de Cultura declara patrimonio cultural inmaterial la Fiesta del agua y culto al Apu Komayle

RESOLUCIÓN VICE MINISTERIAL 000231-2026-VMPCIC/MC

Reconoce como Patrimonio Cultural de la Nación la manifestación cultural del distrito de Ticaco, Tacna, con prohibición expresa de prácticas de maltrato animal. Rige desde su publicación el 21 de agosto de 2026.

informativogobiernoEl Peruano

Declaran Patrimonio Cultural de la Nación al Carnaval de Candarave vigente en el ámbito del distrito y provincia de Candarave, departamento de Tacna

RESOLUCIÓN VICE MINISTERIAL 000225-2026-VMPCIC/MC

Declara el Carnaval de Candarave (Tacna) como Patrimonio Cultural de la Nación.

informativogobiernoEl Peruano

Ministerio de Cultura declara Patrimonio Cultural de la Nación las Memorias de Presidentes de la Corte Suprema 1888-1895

RESOLUCIÓN VICE MINISTERIAL 000226-2026-VMPCIC/MC

Incorpora al catálogo nacional de Patrimonio Cultural un conjunto documental de la Corte Suprema custodiado por el Centro de Investigaciones Judiciales del Poder Judicial. Rige desde su publicación en El Peruano del 19 de agosto de 2026.

informativogobiernoEl Peruano

Designan Asesora II del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales

RESOLUCIÓN MINISTERIAL 000281-2026-MC

Designación de Asesora II en el Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural. Es un cambio en la estructura administrativa del sector cultura.