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MTC incorpora plan de frecuencias para radiodifusión en Nueva Arequipa-Sarayacu

RESOLUCIÓN VICE MINISTERIAL N° 0030-2026-MTC/03 · TRANSPORTES Y COMUNICACIONES · El Peruano · 30 de mayo de 2026

Modifican R.VM. N° 269-2004-MTC/03, que aprobó los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en VHF de las localidades del departamento de Madre de Dios

Resumen

Modifica la asignación de frecuencias VHF para servicio de televisión en Nueva Arequipa-Sarayacu, Madre de Dios. Especifica cinco canales (3, 6, 8, 10, 12) con potencia máxima de 0.25 kW; rige desde el día siguiente de su publicación en El Peruano.

A quién impacta

Solicitantes de autorización para radiodifusión en Nueva Arequipa-Sarayacu: cumplir con los parámetros técnicos y frecuenciales establecidos en el plan al presentar solicitud ante la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Lima, 26 de mayo de 2026
VISTOS, el Memorando N° 0798-2026-MTC/28 e Informe N° 1124-2026-MTC/28.01 de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 11 de la Ley N° 28278, Ley de Radio y Televisión, concordado con el artículo 6 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC y sus modificatorias, en adelante el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, establece que es competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administración, atribución, asignación, control y en general cuanto concierne a la gestión del espectro radioeléctrico atribuido al servicio de radiodifusión;
Que, el artículo 7 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión dispone que toda asignación de frecuencias para el servicio de radiodifusión se realiza en base al Plan Nacional de Asignación de Frecuencias, el cual comprende los Planes de Canalización y de Asignación de Frecuencias correspondientes a cada localidad y banda de frecuencias atribuidas al servicio de radiodifusión y determina las frecuencias técnicamente disponibles; asimismo, establece que los Planes de Asignación de Frecuencias son aprobados por Resolución Viceministerial;
Que, el Plan Maestro para la Implementación de la Televisión Digital Terrestre en el Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 017-2010-MTC y sus modificatorias, establece en su Primera Disposición Complementaria Final que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones no otorgará nuevas autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión por televisión basado en la tecnología analógica a partir de la entrada en vigencia de la citada norma, salvo los supuestos de excepción previstos en el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión;
Que, en forma concordante, el numeral 40.2 del artículo 40 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión establece que excepcionalmente, siempre que no hubiera restricciones de espectro, se puede otorgar a pedido de parte nuevas autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión por televisión, cuando esta decisión promueva el desarrollo del servicio en áreas rurales, de preferente interés social o en zonas de frontera o en localidades donde no exista alguna estación de televisión autorizada, de acuerdo a las condiciones, plazos y en las localidades que establezca el Ministerio de Transportes y Comunicaciones;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 245-2017-MTC/01.03 se Aprueban criterios para la determinación de Áreas Rurales y Lugares de Preferente Interés Social para los servicios de radiodifusión;
Que, con Resolución Viceministerial N° 269-2004-MTC/03 y sus respectivas modificatorias se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en VHF para diversas localidades del departamento de Madre de Dios;
Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones mediante Memorando N° 0798-2026-MTC/28 e Informe N° 1124-2026-MTC/28.01 propone la modificación de los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en VHF de las localidades del departamento de Madre de Dios, a fin de incorporar el plan de la localidad de NUEVA AREQUIPA - SARAYACU; e indica que en la elaboración de su propuesta, ha observado lo dispuesto en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobado por Resolución Ministerial N° 358-2003-MTC/03 y sus modificatorias, así como lo establecido por el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, por lo que corresponde la modificación del artículo 1 de la Resolución Viceministerial N° 269-2004-MTC/03; y;
De conformidad con la Ley N° 28278, Ley de Radio y Televisión y sus modificatorias, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC y sus modificatorias, las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial N° 358-2003-MTC/03 y sus modificatorias, el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por la Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar el artículo 1 de la Resolución Viceministerial N° 269-2004-MTC/03, que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en VHF de las localidades del departamento de Madre de Dios, a fin de incorporar el plan de la localidad de NUEVA AREQUIPA - SARAYACU; conforme se indica a continuación:
Localidad: NUEVA AREQUIPA-SARAYACU
Plan de Asignación de Frecuencias
Plan de Canalización
Plan de Asignación
Canales
Frec. Video (MHz)
Frec. Audio (MHz)
3
61.25
65.75
6
83.25
87.75
8
181.25
185.75
10
193.25
197.75
12
205.25
209.75
Total de canales: 5
La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será: 0.25 kW.
Artículo 2.- La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones debe considerar las condiciones técnicas previstas en los Planes de Asignación de Frecuencias aprobados, en la evaluación de las solicitudes de autorización y de modificación de características técnicas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RAÚL MARCO GARCÍA LOLI
Viceministro de Comunicaciones
2520088-1

telecomunicacionesradiodifusiónespectro radioeléctrico

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