MTC incorpora cinco canales FM en Luque-Yalagua, Moquegua

RESOLUCIÓN VICE MINISTERIAL N° 0035-2026-MTC/03 · TRANSPORTES Y COMUNICACIONES · El Peruano · 5 de julio de 2026

Modifican el artículo 1 de la Resolución Viceministerial Nº 083-2004-MTC/03, que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) de las localidades del departamento de Moquegua

Resumen

Incorpora al Plan Nacional de Asignación de Frecuencias cinco canales FM (89.3, 90.9, 94.1, 98.1 y 98.9 MHz) para la localidad de Luque-Yalagua, Moquegua, con potencia máxima de 0.05 kW. Rige desde el día siguiente de su publicación en El Peruano.

A quién impacta

Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones: evaluar solicitudes de estaciones FM secundarias en esa localidad conforme a los parámetros técnicos aprobados.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Lima, 1 de julio de 2026
VISTO, el Memorando N° 0972-2026-MTC/28 e Informe N° 1521-2026-MTC/28.01 de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 11 de la Ley Nº 28278, Ley de Radio y Televisión, concordado con el artículo 6 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC y sus modificatorias, en adelante el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, establece que es competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administración, atribución, asignación, control y en general cuanto concierne a la gestión del espectro radioeléctrico atribuido al servicio de radiodifusión;
Que, el artículo 7 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, dispone que toda asignación de frecuencias para el servicio de radiodifusión se realiza en base al Plan Nacional de Asignación de Frecuencias, el cual comprende los Planes de Canalización y de Asignación de Frecuencias correspondientes a cada localidad y banda de frecuencias atribuidas al servicio de radiodifusión y determina las frecuencias técnicamente disponibles; asimismo, establece que los Planes de Asignación de Frecuencias son aprobados por Resolución Viceministerial;
Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 083-2004-MTC/03 y sus modificatorias, se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) para diversas localidades del departamento de Moquegua;
Que, con Memorando N° 0972-2026-MTC/28 e Informe Nº 1521-2026-MTC/28.01, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones propone la modificación de los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) del departamento de Moquegua, a fin de incorporar el plan de la localidad de LUQUE (LUCO) - YALAGUA, indicando que en la elaboración de su propuesta, ha observado lo dispuesto en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobado por Resolución Ministerial N° 358-2003-MTC/03 y sus modificatorias, así como lo establecido por el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, por lo que corresponde la modificación del artículo 1 de la Resolución Viceministerial Nº 083-2004-MTC/03; y,
De conformidad con la Ley Nº 28278, Ley de Radio y Televisión y sus modificatorias, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias, las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modificatorias, el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por la Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar el artículo 1 de la Resolución Viceministerial Nº 083-2004-MTC/03 que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) de las localidades del departamento de Moquegua, a fin de incorporar el plan de la localidad de LUQUE (LUCO) - YALAGUA, conforme se indica a continuación:
Localidad: LUQUE (LUCO) - YALAGUA
Plan de Asignación de Frecuencias
Plan de Canalización
Canales
Plan de Asignación
Frecuencia (MHz)
207
89.3
215
90.9
231
94.1
251
98.1
255
98.9
Total de canales: 5
La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será de 0.05 kW.
Las estaciones a instalarse en esta localidad son secundarias de acuerdo a lo previsto en el artículo 16 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y están sujetas a los parámetros técnicos establecidos en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas con Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modificatorias.
Artículo 2.- La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones debe considerar las condiciones técnicas previstas en los Planes de Asignación de Frecuencias aprobados, en la evaluación de las solicitudes de autorización y de modificación de características técnicas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RAUL MARCO GARCIA LOLI
Viceministro de Comunicaciones
2531920-1

radiodifusiónespectro radioeléctricomoquegua

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