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MINEDU aprueba bases del concurso de buenas prácticas de gestión educativa 2026

RESOLUCIÓN VICE MINISTERIAL N° 118-2026-MINEDU · EDUCACIÓN · El Peruano · 25 de junio de 2026

Aprueban Bases del Concurso de Buenas Prácticas de Gestión Educativa en las Direcciones Regionales de Educación o las que hagan sus veces y las Unidades de Gestión Educativa Local 2026 – “Gestión que transforma la escuela”

Resumen

Aprueba las Bases del Concurso de Buenas Prácticas de Gestión Educativa denominado "Gestión que transforma la escuela" para identificar y reconocer prácticas de gestión en Direcciones Regionales de Educación y Unidades de Gestión Educativa Local. Rige desde su publicación en El Peruano.

A quién impacta

Direcciones Regionales de Educación y UGEL: participar en el concurso conforme a las Bases anexas, presentando buenas prácticas que cumplan criterios técnicos establecidos.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Lima, 24 de junio de 2026
VISTOS, el Expediente Nº DIFOCA2026-INT-0530574, el Informe Nº 00126-2026-MINEDU/VMGI-DIGEGED-DIFOCA de la Dirección de Fortalecimiento de Capacidades de la Dirección General de Gestión Descentralizada, el Informe Nº 01157-2026-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, el Informe Nº 00961-2026-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, en adelante, la Ley Nº 28044, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;
Que, conforme con lo dispuesto en el artículo 63 de la Ley Nº 28044, la gestión del sistema educativo nacional es descentralizada, simplificada, participativa y flexible; siendo el Estado, a través del Ministerio de Educación, el responsable de preservar la unidad de este sistema;
Que, el artículo 65 de la Ley Nº 28044 establece que las instancias de gestión educativa descentralizada son: la Institución Educativa, la Unidad de Gestión Educativa Local, la Dirección Regional de Educación y el Ministerio de Educación;
Que, el artículo 141 del Reglamento de la Ley Nº 28044, aprobado por el Decreto Supremo Nº 011-2012-ED, dispone, entre otros aspectos, que la Unidad de Gestión Educativa Local es la instancia de ejecución del Gobierno Regional, dependiente de la Dirección Regional de Educación, responsable de brindar asistencia técnica y estrategias formativas, así como supervisar, y evaluar la gestión de las instituciones educativas públicas y privadas de Educación Básica y Centros de Educación Técnico- Productiva de su jurisdicción, en lo que corresponda, para la adecuada prestación del servicio educativo;
Que, el artículo 146 del precitado Reglamento, establece que la Dirección Regional de Educación es el órgano del Gobierno Regional que, en concordancia con la política educativa nacional, implementa y supervisa el desarrollo de la política educativa regional en el ámbito de su jurisdicción; en el marco de las disposiciones normativas y técnicas sobre la materia establecidos por el Ministerio de Educación; adicionalmente, evalúa los resultados de la gestión educativa para la mejora continua de sus procesos y servicios de acuerdo a las características de su territorio, considerando los estándares de calidad en el servicio educativo establecidos por el Ministerio de Educación en ejercicio de su rectoría;
Que, mediante la Resolución Viceministerial Nº 185-2021-MINEDU, se aprueba el documento normativo denominado “Disposiciones que regulan el fomento, fortalecimiento y promoción de las buenas prácticas de gestión educativa”; cuyo numeral 5.1.1 establece que, el Ministerio de Educación implementa, anualmente, el Concurso de Buenas Prácticas de Gestión Educativa en las Direcciones Regionales de Educación y las Unidades de Gestión Educativa Local, con el objeto de identificar, reconocer y premiar las buenas prácticas de gestión educativa que evidencian una ruta sostenida de implementación y con posibilidad de transferencia, considerando los criterios técnicos establecidos por la Dirección de Fortalecimiento de Capacidades y los parámetros definidos en coordinación con las unidades orgánicas competentes del Ministerio de Educación;
Que, en el marco de las disposiciones antes señaladas, la Dirección General de Gestión Descentralizada remite al Despacho Viceministerial de Gestión Institucional, el Informe Nº 00126-2026-MINEDU/VMGI-DIGEGED-DIFOCA, elaborado por la Dirección de Fortalecimiento de Capacidades, dependiente de la referida Dirección General, a través del cual se propone y sustenta la necesidad de aprobar las Bases del Concurso de Buenas Prácticas de Gestión Educativa en las Direcciones Regionales de Educación o las que hagan sus veces y las Unidades de Gestión Educativa Local 2026 – “Gestión que transforma la escuela”, con el objetivo de identificar, reconocer y premiar las buenas prácticas de gestión educativa que evidencian una ruta sostenida de implementación e institucionalización y con posibilidad de ser transferidas a otras instancias de gestión educativa descentralizada en contextos similares para incrementar su alcance, las cuales son lideradas y desarrolladas por las Direcciones Regionales de Educación y las Unidades de Gestión Educativa Local a nivel nacional, y cuyos resultados contribuyen a la mejora de los procesos de la gestión del servicio educativo;
Que, mediante el Informe Nº 01157-2026-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica, emite opinión favorable para continuar con el trámite de aprobación de la propuesta, por cuanto, desde el punto de vista de la planificación, se encuentra alineada a los instrumentos institucionales y estratégicos del sector Educación y, desde el punto de vista presupuestal, se ejecutará con los recursos asignados a la Dirección de Fortalecimiento de Capacidades para el Año Fiscal 2026, no generando gastos adicionales al Pliego 010: M. de Educación;
Que, mediante el Informe Nº 00961-2026-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, emite opinión favorable a la propuesta;
De conformidad con la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, la Ley Nº 28044, Ley General de Educación; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar las Bases del Concurso de Buenas Prácticas de Gestión Educativa en las Direcciones Regionales de Educación o las que hagan sus veces y las Unidades de Gestión Educativa Local 2026 – “Gestión que transforma la escuela”, las mismas que, como anexo, forman parte de la presente Resolución.
Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de Gestión Descentralizada, a través de la Dirección de Fortalecimiento de Capacidades, la difusión y promoción del concurso al que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución, a través de la sede digital del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), la Plataforma Edutalentos Regiones: (https://edutalentos.pe/buenaspracticas) y las redes sociales oficiales del Ministerio de Educación.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Sandra Inés Ramírez Méndez
Viceministra de Gestión Institucional
2529200-1

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