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MINEDU aprueba bases del Encuentro Nacional Estudiantil Tinkuy 2026

RESOLUCIÓN VICE MINISTERIAL N° 141-2026-MINEDU · EDUCACIÓN · El Peruano · 26 de julio de 2026

Aprueban las Bases del Encuentro Nacional Estudiantil de Reconocimiento y Valoración de la Diversidad Cultural y Lingüística “Tinkuy” 2026

Resumen

Aprueba las Bases del Encuentro Nacional Estudiantil de Reconocimiento y Valoración de la Diversidad Cultural y Lingüística 'Tinkuy' 2026. Rige desde su publicación en El Peruano (26 de julio de 2026).

A quién impacta

Direcciones Regionales, Unidades de Gestión Educativa Local e Instituciones Educativas: implementar las bases aprobadas; DIGEIBIRA: difundir y publicar en SIJE el mismo día de publicación en El Peruano.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Lima, 24 de julio de 2026
VISTOS, el Expediente N° DIGEIBIRA2026-INT-0611368; el Informe N° 00159-2026-MINEDU/VMGP-DIGEIBIRA de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural; el Informe N° 01366-2026-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto; el Informe N° 01141-2026-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme con lo dispuesto en el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;
Que, el artículo 9 de la Ley N° 28044 establece que son fines de la educación peruana los siguientes: a) formar personas capaces de lograr su realización ética, intelectual, artística, cultural, afectiva, física, espiritual y religiosa, promoviendo la formación y consolidación de su identidad y autoestima y su integración adecuada y crítica a la sociedad para el ejercicio de su ciudadanía en armonía con su entorno, así como el desarrollo de sus capacidades y habilidades para vincular su vida con el mundo del trabajo y para afrontar los incesantes cambios en la sociedad y el conocimiento, y; b) contribuir a formar una sociedad democrática, solidaria, justa, inclusiva, próspera, tolerante y forjadora de una cultura de paz que afirme la identidad nacional sustentada en la diversidad cultural, étnica y lingüística, supere la pobreza e impulse el desarrollo sostenible del país y fomente la integración latinoamericana teniendo en cuenta los retos de un mundo globalizado;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 590-2014-MINEDU, se instituye el Encuentro Nacional Tinkuy como actividad de la modalidad de Educación Básica Regular, el cual es un espacio de fomento del respeto y la valoración por la diversidad cultural en los estudiantes del país, y de escucha para las voces y demandas de los estudiantes destinatarios de la Educación Intercultural y Bilingüe; tiene como finalidad promover en los estudiantes de los pueblos originarios y afrodescendientes procesos de interaprendizaje, generando espacios que permitan identificar sus demandas y necesidades a efectos de asegurarles una educación culturalmente pertinente, democrática y con igualdad de oportunidades; asimismo, promueve en los estudiantes que no pertenecen a los citados pueblos, el conocimiento, respeto y valor de la diversidad cultural existente en el país;
Que, mediante el Informe N° 00159-2026-MINEDU/VMGP-DIGEIBIRA, la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural (DIGEIBIRA) sustenta la necesidad de aprobar las Bases del Encuentro Nacional Tinkuy, cuya denominación para el año 2026 es: “Encuentro Nacional Estudiantil de Reconocimiento y Valoración de la Diversidad Cultural y Lingüística “Tinkuy” 2026”, con el objetivo general de fomentar aprendizajes significativos en estudiantes de pueblos originarios, afroperuanos y de otras comunidades nacionales que fortalezcan la afirmación de sus identidades, el reconocimiento y la valoración de la diversidad cultural y lingüística, la participación democrática y el ejercicio pleno de sus derechos en un marco de diálogo de saberes, reflexión crítica y convivencia intercultural;
Que, las referidas Bases cuentan con la opinión favorable de la Dirección General de Educación Básica Regular, la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar, la Dirección General de Gestión Descentralizada, la Dirección General de Servicios Educativos Especializados, la Dirección General de Desarrollo Docente, Dirección de Innovación Tecnológica en Educación y la Oficina General de Transparencia, Ética Pública y Anticorrupción;
Que, mediante el Informe N° 01366-2026-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica, en el ámbito de sus funciones, considera que resulta técnicamente viable continuar con el trámite de aprobación de las Bases del mencionado Encuentro; por cuanto, desde el punto de vista de planificación, se encuentra alineada con los objetivos estratégicos e institucionales del sector Educación; y, desde el punto de vista presupuestal, no irroga gastos adicionales a los programados por la DIGEIBIRA en el Pliego 010: M. de Educación para el Año Fiscal 2026;
Que, a través del Informe N° 01141-2026-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable respecto de la aprobación de las Bases;
Que, de acuerdo con el literal a) del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 008-2026-MINEDU, se delega en el Viceministro de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los documentos normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; en la Ley N° 28044, Ley General de Educación, y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar las Bases del Encuentro Nacional Estudiantil de Reconocimiento y Valoración de la Diversidad Cultural y Lingüística “Tinkuy” 2026, las mismas que, como anexo, forman parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, así como a las Direcciones Regionales de Educación o las que hagan sus veces, las Unidades de Gestión Educativa Local y las Instituciones Educativas, en el marco de sus funciones, el cumplimiento de las Bases aprobadas mediante el artículo 1 de la presente Resolución.
Artículo 3.- Encargar a la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural la difusión y promoción de las Bases aprobadas en el artículo 1 de la presente Resolución, a través de la sede digital y en las redes sociales oficiales del Ministerio de Educación, a fin de garantizar la participación de los interesados.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución y de su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu) el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Gerber Sergio Pérez Postigo
Viceministro de Gestión Pedagógica
2538193-1

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