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ANA aprueba lineamientos para delimitar y actualizar sectores hidráulicos

RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 0122-2026-ANA · AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA · El Peruano · 24 de mayo de 2026

Aprueban el instrumento denominado “Lineamientos que establecen el procedimiento para delimitar y actualizar los Sectores y Subsectores Hidráulicos de los Sistemas Hidráulicos Comunes”

Resumen

Reemplaza el procedimiento vigente desde 2014. Establece nuevos lineamientos para delimitar y actualizar sectores y subsectores hidráulicos, incorporando participación de organizaciones de usuarios de agua; rige al día siguiente de su publicación.

A quién impacta

Órganos de línea y desconcentrados de la ANA, operadores de infraestructura y juntas de usuarios: aplicar los nuevos lineamientos en la gestión de sectores y subsectores hidráulicos desde su entrada en vigencia.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

San Isidro, 22 de mayo de 2026
VISTOS:
El Informe N° 0033-2024-ANA-DARH/LAAT y los Informes Nros. 0001 y 0034-2025-ANA-DARH/LAAT, emitidos por la Dirección de Administración de Recursos Hídricos; el Informe N° 0022-2026-ANA-OPP-UPM, de la Unidad de Planeamiento y Modernización; el Memorando N° 3435-2026-ANA-OPP, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Legal N° 0365-2026-ANA-OAJ, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, establece el marco para la gestión sostenible e integrada de estos recursos y designa a la Autoridad Nacional del Agua - ANA como máxima autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos y es responsable de dictar normas y establecer procedimientos para asegurar la gestión integral y sostenible de los recursos hídricos;
Que el artículo 21 de la mencionada norma, faculta a la ANA para normar, delimitar y organizar los sectores y subsectores hidráulicos, garantizando una administración eficiente y sostenible, basándose en criterios técnicos y sociales, con participación activa de los usuarios;
Que el Reglamento de la Ley, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, atribuye a la ANA la responsabilidad de delimitar y actualizar estos sectores, pudiendo hacerlo de oficio o a solicitud de las organizaciones de usuarios, asegurando su involucramiento;
Que la Ley N° 31801, Ley que regula las organizaciones de usuarios de agua para el fortalecimiento de su participación en la gestión multisectorial de los recursos hídricos y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N° 007-2024-MIDAGRI, refuerzan este esquema regulatorio, clasificando los sectores hidráulicos en mayor, menor y de aguas subterráneas, y estableciendo la titularidad y competencia técnica de la ANA, con la participación obligatoria y activa de las organizaciones de usuarios de agua;
Que estos sectores hidráulicos comprenden ámbitos territoriales específicos, que incluyen fuentes naturales, infraestructura hidráulica y unidades productivas, permitiendo un manejo diferenciado y especializado conforme a las características técnicas de cada uno; asimismo, la operación y mantenimiento de dichos sectores corresponde a los operadores de infraestructura hidráulica, quienes actúan coordinadamente con las juntas de usuarios para asegurar un suministro eficiente y conforme a los derechos legalmente otorgados, como se evidencia en los informes que respaldan la necesidad de aprobar los lineamientos que regulan estas actividades;
Que la Dirección de Administración de Recursos Hídricos, en los informes de vistos, resalta que la actualización oportuna del procedimiento para delimitar y actualizar sectores y subsectores hidráulicos contribuye a evitar conflictos, clarificar ámbitos de responsabilidad, mejorar la planificación y gestión del agua, y optimizar la prestación del servicio público, alineándose con las normativas vigentes, y en consecuencia, resulta necesaria la actualización del procedimiento aprobado mediante Resolución Jefatural N° 154-2014-ANA debiendo derogarse esta última;
Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Unidad de Planeamiento y Modernización han expresado su conformidad con la propuesta presentada;
Que, a través del Informe Legal de Vistos, la Oficina de Asesoría Jurídica opina que corresponde emitir el acto resolutivo de acuerdo a lo informado por la Dirección de Administración de Recursos Hídricos, como órgano competente;
Con los vistos de la Dirección de Administración de Recursos Hídricos, de la Dirección de Organizaciones de Usuarios de Agua, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General; y en uso de las atribuciones conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2017-MINAGRI;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación
Aprobar el instrumento denominado “Lineamientos que establecen el procedimiento para delimitar y actualizar los Sectores y Subsectores Hidráulicos de los Sistemas Hidráulicos Comunes”, que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Derogación
Derogar la Resolución Jefatural N° 154-2014-ANA en virtud del instrumento aprobado en el artículo precedente.
Artículo 3.- Notificación
Disponer a la Unidad de Archivo y Trámite Documentario notificar la presente resolución a todos los órganos de línea y órganos desconcentrados de la entidad.
Artículo 4.- Publicación
Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano” y en la misma fecha, en el portal institucional de la Autoridad Nacional del Agua (www.gob.pe/ana) incluyendo el anexo correspondiente.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MANUEL BARRENO RODRIGO
Jefe
Autoridad Nacional del Agua
LUIS ENRIQUE YAMPUFE MORALES
Director
Dirección de Administración de Recursos Hídricos
Autoridad Nacional del Agua
2518503-1

recursos hídricosgestión administrativa

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