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MIMP aprueba Plan de Trabajo de la Estrategia Nacional Mujer Emprendedora 2026

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 000308-2026-MIMP · MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES · El Peruano · 11 de junio de 2026

Aprueban el Plan de Trabajo de la Estrategia Nacional Mujer Emprendedora – 2026

Resumen

Se formaliza el Plan de Trabajo 2026 de la Estrategia Nacional Mujer Emprendedora como instrumento de política pública para promover la participación económica de mujeres emprendedoras. Rige desde el día siguiente de su publicación en El Peruano.

A quién impacta

MIMP y entidades participantes: implementar el Plan conforme al Anexo aprobado con financiamiento de presupuestos institucionales propios, sin recursos adicionales al Tesoro Público.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Lima, 9 de junio del 2026
VISTOS, el Proveído N° D007719-2026-MIMP-SG de la Secretaría General; el Memorándum N° D000797-2026-MIMP-DVMM del Despacho Viceministerial de la Mujer; la Nota N° D000244-2026-MIMP-DGPDAEM y el Informe N° D000075-2026-MIMP-DGPDAEM-ERFG de la Dirección General de Promoción y Desarrollo de la Autonomía Económica de las Mujeres; el Memorándum N° D000551-2026-MIMP-OGPPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° D000257-2026-MIMP-PRE de la Oficina de Presupuesto; el Informe N° D000090-2026-MIMP-OP de la Oficina de Planeamiento; la Nota N° D000213-2026-MIMP-OMI de la Oficina de Modernización Institucional; el Informe N° D000510-2026-MIMP-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2022-MIMP, se aprueba la Estrategia Nacional Mujer Emprendedora (ENME) con el objetivo de promover la participación plena y a todo nivel de la actividad económica de las mujeres en su diversidad que lideran emprendimientos, empresas y asociaciones empresariales, para contribuir al logro de una reactivación económica con igualdad, inclusión y sostenibilidad a nivel nacional a través de iniciativas y acciones articuladas;
Que, el artículo 9 del Decreto Supremo N° 012-2022-MIMP establece que la Estrategia Nacional Mujer Emprendedora es dirigida por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en tanto ente rector de políticas nacionales y sectoriales sobre mujer, para lo cual encarga a la Dirección General de Promoción y Desarrollo de la Autonomía Económica de las Mujeres o la que haga sus veces, del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, la formulación, conducción e implementación, supervisión y evaluación del Plan de Trabajo de la Estrategia Nacional Mujer Emprendedora, en coordinación con las entidades participantes enumeradas en el artículo 5 del Decreto Supremo N° 012-2022-MIMP;
Que, la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 012-2022-MIMP prevé que el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, mediante Resolución Ministerial, aprueba el Plan de Trabajo de la Estrategia Nacional Mujer Emprendedora;
Que, en ese marco, con Resolución Ministerial N° D000209-2025-MIMP-DM se aprueba el Plan de Trabajo de la Estrategia Nacional Mujer Emprendedora - 2026;
Que, de acuerdo con el artículo 83 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del MIMP, aprobado por Resolución Ministerial N° 000380-2025-MIMP, la Dirección General de Promoción y Desarrollo de la Autonomía Económica de las Mujeres depende del Despacho Viceministerial de la Mujer; y, es el órgano de línea responsable de dirigir, coordinar, articular y realizar el seguimiento y evaluación de las políticas públicas, normas, estrategias y compromisos del Estado en materia de los derechos económicos, laborales y productivos de las mujeres en su diversidad; así como sobre el desarrollo de su autonomía económica;
Que, en ese contexto, la Dirección General de Promoción y Desarrollo de la Autonomía Económica de las Mujeres, a través de la Nota N° D000244-2026-MIMP-DGPDAEM e Informe N° D000075-2026-MIMP-DGPDAEM-ERFG propone y sustenta la necesidad de la aprobación del Plan de Trabajo de la Estrategia Nacional Mujer Emprendedora - 2026, mediante Resolución Ministerial, para lo cual precisa que el citado documento ha sido compartido y validado con las entidades participantes de la mencionada Estrategia Nacional, conforme a las conformidades remitidas por las entidades participantes de la referida estrategia;
Que, mediante Memorándum N° D000551-2026-MIMP-OGPPM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, a través del Informe N° D000090-2026-MIMP-OP elaborado por la Oficina de Planeamiento, y el Informe N° D000257-2026-MIMP-PRE elaborado por la Oficina de Presupuesto emite opinión favorable al proyecto de Resolución Ministerial que aprueba el Plan de Trabajo de la Estrategia Nacional Mujer Emprendedora - 2026;
Que, mediante Informe N° D000510-2026-MIMP-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, en el marco de la normativa indicada y considerando lo sustentado por los órganos competentes del Ministerio, emite opinión favorable para continuar con el trámite de emisión de la presente Resolución Ministerial;
Con el visado de la Secretaría General, del Despacho Viceministerial de la Mujer, de la Dirección General de Promoción y Desarrollo de la Autonomía Económica de las Mujeres, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; el Decreto Supremo N° 012-2022-MIMP, Decreto Supremo que aprueba la Estrategia Nacional Mujer Emprendedora; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Resolución Ministerial N° 000380-2025-MIMP;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el Plan de Trabajo de la Estrategia Nacional Mujer Emprendedora - 2026, que como Anexo forma parte de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- La implementación del Plan de Trabajo de la Estrategia Nacional Mujer Emprendedora - 2026 se financia con cargo al presupuesto institucional de las entidades participantes, de acuerdo a sus competencias y en el marco de las leyes anuales de presupuesto, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.gob.pe/mimp), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDITH BETZABETH PARIONA VALER
Ministra
2523989-1

géneroemprendimientoempleo

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